SNR - Auto 74-2024090394048
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Auto 74-2024090394048
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Superintendencia de Notariado y Registro ES - 5 ME
OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE PASTO.
AUTO N? 44 de 21 de agosto de 2.024, “Por medio del cual se inicia la Actuación Administrativa No. 240-AA-2024-040”
EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CÍRCULO DE
PASTO. En el ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 del 2.012 y la Ley 1437 del 2.011, expide el siguiente Acto Administrativo por medio del cual se da inicio a una Actuación Administrativa. No, 240-AA-2024-040: CONSIDERANDO: Mediante solicitud de corrección incoada por la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO, quien se identificó con cédula de ciudadanía 59.122.264 de El Tambo, afirmó al Despacho del suscrito Registrador de instrumentos Públicos de Pasto, que solicitaba se lleve a cabo en la anotación 2, se corrija que es venta parcial y no total. Aunado a lo anterior, la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO mediante Derecho de Petición, solicitó a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pasto, que con ocasión de la escritura pública de liquidación de comunidad 145 de fecha 20 de mayo de 2.009, que fue suscrita entre el señor JOSE REINALDO ROSERO BURBANO y la misma peticionaria, en la notaria Única de El Tambo, el cual se encuentra registrado en la anotación 002 del folio de matrícula inmobiliaria 240-180514, se reconozca y se expida en favor de la petente, certificado
las matriculas 212439 y 212438, mismas que se crearon dentro de la anotación 002 del folio de matrícula inmobiliaria 240-180514; aunado a lo anterior la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO señaló que, con posterioridad a la venta parcial del lote identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 240-212438, que se realizó entre la misma peticionaria (vendedora) y AURA ELISA JARAMILLO GOMEZ, de acuerdo a la escritura pública 82 de fecha 02 de abril de 2.014 otorgada en la notaria Única de El Tambo, se lleve a cabo la respectiva anotación del señalado acto dentro del folio de matrícula ya señalado, y crear nueva matricula en favor de
AURA ELISA JARAMILLO GOMEZ.
La Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pasto, de conformidad con las disposiciones del Principio Registral de Prioridad o Rango, en concordancia con los numerales 12 y 13 del artículo 03 de la Ley 1437 de 2.011, procede a unificar al interior del turno de solicitud de corrección 2022-240-3-4365 de fecha 24 de noviembre de 2.022 el trámite identificado con la radicación 2023-240-3-4230 de fecha 27 de noviembre de 2.023; así entonces el presente proceso misional, se reflejará y desarrollará en el contexto de la radicación 2022-240-3-4365, expediente 240-AA-2024-040, De conformidad con lo expuesto por la peticionaria FANNY MARIELA ROSERO BURBANO, el Despacho procede a realizar un análisis y descripción de lo publicitado al interior de los folios de
Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
Dirección: Calle 26 N” 13 — 49 Interior 201 Versión: 05
Bogotá D.C., Colombia Fecha: 02 — 07 - 2024 Superintendencia de Notariado y Registro ES
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AUTO N? 44 de 21 de agosto de 2.024, “Por medio del cual se inicia la Actuación Administrativa No. 240-AA-2024-040” matrícula inmobiliaria 240-180514, 240-212438 y 240-212439, para llegar a la determinación del error existente en el folio de matrícula inmobiliaria 240-212438 referido por la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO, yerro atribuible a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pasto. Inicialmente, el folio de matrícula inmobiliaria 240-180514, de acuerdo al sistema de información registral SIR, a la fecha cuenta con estado CERRADO, lo anterior con ocasión del registro de la escritura pública 145 de fecha 20 de mayo de 2.009 otorgada en la notaria única de El tambo, la cual versó en el acto jurídico de ADJUDICACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD, de lo anterior se segregaron los folios de matrícula inmobiliaria 240-212438 y 240-212439: L_z A ; (Anotación: NO 2 del Folio 8240-180514 y B EAadicación -[n09-240-6-10639 [Del - [por/2000 E)boc ESCRITURA 145 [Del 20/5/2009
E) cscina de Origen ENOTARIA UNICA [De JELTAMBO Sator ] Jéstado > [VALIDA E) Especificación ADJUDICACION LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD Naturaleza Jurídica foro E)Hodaidad [ | Aconenaño DIVISION MATERIAL - - (HDUELAS PRIMY SEEGRUNDAA ] - MAFRICULAS 240-2424Y 38 240-212430len PREMISO 002 DE 16/5/2009 DE PLANEACION MUNICIPAL DE EL TAMBO) E) Personas que interyienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dorinio, I-Títular de dominio incompleto) [[DE [ROSERO BURBANO JOSÉ REINALDO - CC 98333119 ][L Jparticipación []DE [ROSERO BURBANO FANNY MARIELA - OC 59122264 ] . “| [Participación +: A 1ROSERO BURBANO FANNY MARIELA - CC 59122264 [[ JPerticipación A poso BURBANO JOSSEE RENALDOce 98333119 ][L [Particiración Consulta follo” Detalles roll. El dl Hab) Segregaines Al E Gravemenes La F Siezási [ contiadonesl a | , [€ Hno Jaso-18051a | (Hayor extensión ] o , . Ñ E [5] Matriculas ¿l. | O 240-92936: 2 í Folios segregados a ) Matriculas [ O 200-212438 :2 p O 240-212439 :2 (9 Coma 9 — Superintendencia de Notariado y Registro Código: 1M P - CNEA - PO - 02 - FR - 07
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Bogotá D.C., Colombia Fecha: 02 — 07 - 2024 Superintendencia de Notariado y Registro
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AUTO N? 44 de 21 de agosto de 2.024. “Por medio del cual se inicia la Actuación Administrativa No. 240-AA-2024-040” Al realizar una lectura del folio de matrícula inmobiliaria 240-212438, según lo publicitado en el sistema de información registral SIR, pretendido en corrección por parte de la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO, que el mismo cuenta con el registro de una enajenación en favor de AURA ELISA JARAMILLO GOMEZ, esto con ocasión de la escritura pública 82 de fecha 02 de abril de 2.014 corrida en la notaria única de El Tambo, y aunado a lo anterior, se vislumbra el registro de una medida cautelar de embargo, decretada en contra de la señora JARAMILLO GOMEZ, con ocasión del oficio JPMET-00963 de fecha 13 de agosto de 2.019 del Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo:
Í Arotación: NO 2 del Folío $240-212438 _ B E) Radicación [2014-240-6-5007 JDel Darsr014 ] 8) Do ESCRITURA 62 Del 0/4r7014
(8) Oficina de Origen NOTARIA UNICA De EL TAMBO [S) Valor [8,200,000 JEstado VALIDA ] 8) Esecficadón [COMPRAVENTA ]Naturaleza Juridica 05 ] 18) Modalicas [
E) Comentario Í 6) Personas que intervienen en el acto (La X indica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incompleto) DE [RosERO BURBANO FANNY MARICCE 5L912A226 4 IJTP artcipación A PARAMILLO GOMEZ AURA ELISA - 0C 27198501 [|x JParticipación
É Anotación: NO 3 del Folio 240-219438 o B EHradicación — - [Roio-240-6-15469 [Del Pai/8/2019
bo OFICIO JPMET-00963 ]pa Jiore/2019 (E) Oñidna de Orfgen [JuiZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE EL TAMBO [De ¡EL TAMBO Sel | JEstado VALICA E) Especificación [EMBARGO EJECUTIVO CON ACCION PERSONAL [Naturaleza Juridica 1427 Modalidad [ 1 Bkcomentario [PROCESO EJECUTIVO NO 20160015400 ] 5) Personas que intervienen en el acto (La Xindica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Titular de dominio incorspleto] DE fOJAZ CORDOBA FRANCO ANDRCC E083S338 60 IL Jrarticipación lA JARAMILLO GOMEZ AURA ELISA - CC 27198501 JIx Jrarticipación De acuerdo a lo señalado y pretendido por parte de la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO, el despacho considera acertado realizar un análisis de una serie de aspectos relevantes: (1). El folio de matrícula inmobiliaria 240-212438, en su Campo de Descripción de
Cabida y Linderos, refiere que el mismo cuenta con una cabida de 02 hectáreas más 7.500 metros cuadrados; (If). El tenor literal de la escritura pública 82 de fecha 02 de abril de 2.014 Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
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AUTO N? 44 de 21 de agosto de 2.024. “Por medio del cual se inicia la Actuación Administrativa No. 240-AA-2024-040” corrida en la notaria única de El Tambo, señala que la misma versó en una enajenación parcial sobre una cabida de 2.500 metros cuadrados en favor de AURA ELISA JARAMILLO GOMEZ; (111). El proceso de registro del instrumento público en mención, cuenta con un error en su fase misional, ya que la escritura pública 82 de fecha 02 de abril de 2.014 corrida en la notaria única de El Tambo, se inscribió como compraventa total, siendo esto contrario a la realidad, ya que la misma corresponde a una compraventa parcial; (IV). Con ocasión del error señalado en el literal precedente, se llevó a cabo la inscripción errada de una medida cautelar de embargo, decretada al interior del Proceso Ejecutivo 2019 — 00154 — 00, dirigida en contra de la señora AURA ELISA JARAMILLO GOMEZ, registro equivocado, ya que la enajenación hecha a la
ejecutada debió conllevar a la segregación de un folio de matrícula independiente al folio de matrícula inmobiliaria 240-212438. Lo expuesto en líneas precedentes, en contexto al folio de matricula inmobiliaria 240-212438, es óbice para el desarrollo de la presente actuación administrativa de conformidad con lo expuesto y pretendido por la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO. Por otro lado, el folio de matrícula inmobiliaria 240-212439 de acuerdo a lo expuesto en el sistema de información registral SIR, de acuerdo al acto jurídico llevado a cabo en la escritura pública 145 de fecha 20 de mayo de 2.009 corrida en la notaria única de EL Tambo, es propiedad de la peticionaria FANNY MARIELA ROSERO BURBANO y del señor JOSE REINALDO ROSERO BURBANO: É Anotación: N 1 del Folio 4240-212439 ! E ci 12009-240-6-10639 [Del ED6/7/2009
Doc FESCRITURA 145 ¡Del 10/5/2008
(Joficna de Origen [NOTARIA UNICA De LTAMBO var Í Estado JALIDA (E) Especificación ADJUDICACION LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD [Naturaleza Jurídica p0110 (E) Hotaldad l | (O) comentas DIVISION MATERIAL - (KIJUELA SEGUNDA) - (CON PREMISO 002 DE 16/5/2009 DE PLANEACION mentano HUNICIPAL DE EL TAMBO) : [E Personas que intervienen en el acto [La Xindica a la persona que figura como titular de derechos reales de dominio, I-Títular de dominio incompleto)
DE [ROSERO BURBANO FANNY MARIELA - CC 59122264 [participación A. [ROSERO BURBANO JOSE REINALDO - CC 98333119 A] Jrerticipación En ese orden de ideas, de acuerdo a lo esgrimido previamente, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pasto, frente a lo solicitado por la señora FANNY MARIELA ROSERO BURBANO, en aras de garantizar el Derecho al Debido Proceso y Propiedad que gozan los ciudadanos del servicio público registral, está obligado no solo a dar aplicación a lo Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
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AUTO N? 44 de 21 de agosto de 2.024. “Por medio del cual se inicia la Actuación Administrativa No. 240-AA-2024-040” dispuesto en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2,012 (Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos), sino también a lo reglado en el artículo 04 de la Ley 1437 de 2.011 (C.P.A,C.A.). El artículo 49 de la Ley 1579 de 2.012 (Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos) establece: “El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, y con
relación a los hechos expuestos anteriormente, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Pasto evidenciará la necesidad de iniciar la correspondiente Actuación Administrativa (artículo 34 C.P.A.C.A.) tendiente a demostrar la verdadera y real situación jurídica, los predios anteriormente identificados, siguiendo el procedimiento que señala el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para solicitudes particulares. En virtud de lo expuesto este Despacho, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa con el fin de determinar la real y actual situación jurídica del inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 240-212438.
ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar el contenido del presente AUTO a los señores: FANNY
MARIELA ROSERO BURBANO, AURA ELISA JARAMILLO GOMEZ y FRANCO ANDRES DIAZ CORDOBA ARTÍCULO TERCERO: Informar el contenido del presente AUTO al Juzgado Promiscuo Municipal de El Tambo.
ARTÍCULO CUARTO: BLOQUEAR el folio de matrícula inmobiliaria 240-2124385 con el fin de no expedir certificados o dar trámite al proceso registral de documentos, mientras no quede en firme la decisión que dé término a la presente actuación administrativa.
ARTÍCULO QUINTO: FORMAR el expediente de Actuación Administrativa No. 240-AA-2024040 correspondiente debidamente foliado, según lo establece el artículo 36 de la Ley 1437 de
2011.
ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente AUTO no procede recurso alguno.
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AUTO N? 44 de 21 de agosto de 2.024, _“Por medio del cual se inicia la Actus ión Administrativa No. 240-AA-2024-040” ¿ARTICULO SEPTIMO: Esta providencia rigé artir de su expedición. COMUNIA CÚMPLASE Dado en San Juan de Pasto, alos veintiú a del mes de agosto de 2.024. Registrador Principal.
Proyectó: Felipe A. Guevara €.
Coordinador del Grupo interno de Apoyo de Gestión Jurídica Registral. Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
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