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SNR - Auto 93-20240906151607

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Auto 93-20240906151607
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

DENOTARIADO

ADO FRSaLo a

AUTO N 08 -05 DE SEPTIEMBRE DE 2024Expediente N 118-A.A.2024-08

Por medio del cual se inicia una actuación administrativa para establecer la situación jurídica real del predio identificado con el Folio de Matricula Inmobiliaria N 118-7372 En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por (1) la Ley 1579 de 2012, por la cual se expide el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos, (ii) la Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y [ili) el Decreto 2723 de 2014, por la cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro y CONSIDERANDO QUE ANTECEDENTES PRIMERO: A través de escrito allegado a esta seccional el día 28 de agosto de 2024, la señora LAURA PAOLA GARCIA FORERO, identificada con la cédula de ciudadanía N 25112382, solicitó “cerrar folio de matrícula inmobiliaria N 118-7372, para así poder corregir el error que cometieron en la asignación de folios de matrícula inmobiliaria que identifica mi predio y el colindante” SEGUNDO: Se procedió por parte de esta seccional a verificar la carpeta misional del Folio de Matricula Inmobiliaria N 118-7372 y se observa que en la anotación N 12 y 13 se registró la Escritura Pública N 401 de 20 de mayo de 1989 Notaria Única de Salamina, a

través de la cual se realizó la venta de un apartamento o casa de habitación ([...), predio al cual se le apertura el Folio de Matricula Inmobiliaria N 118-10195 y a la parte que se reservó el vendedor señor Manuel María Gómez Ángel, se le abrió el Folio de Matricula Inmobiliaria N 118-10196. Sin embargo el Folio de Matricula Inmobiliaria N 118-7372, se dejó activo.

TERCERO: Esta circunstancia indica la necesidad de iniciar una actuación administrativa regida por el Código Contencioso Administrativo, con el objeto de establecer la situación jurídica real de la tradición del bien inmueble identificado con el Folio de Matricula

Inmobiliaria N 118-7372.

QUINTO: Que por lo tanto se procederá de conformidad a lo estipulado en el artículo 59 de la Ley 1579 de 2012, en el sentido que los errores que modifiquen “la situación jurídica del inmueble y que hubieren sido publicitados o que hayan surtido efectos entre tas partes o ante terceros, sólo podrán ser corregidos mediante actuación administrativa, cumpliendo con los requisitos y procedimientos establecidos en el Código «de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o de la norma que lo adicione o modifique y en esta ley".

Página | 1 Oficina de Registro de II. PP de Salamina Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03 Calle 6 N 6-29 Telefonos 9595358 y 9595694 Versión: 05 ofiregissalamina)supernotariado.gov.co Fecha: 02 — 07 - 2024

SUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO 8 REGISTRO a Lo puordo de la la pública En mérito de lo expuesto, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Salamina-Caldas RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Iniciar actuación administrativa para establecer la situación jurídica de la tradición del predio identificado con el Folio de Matricula Inmobiliaria N 118-7372.

ARTICULO SEGUNDO: Para el trámite y el procedimiento establecido en la Ley 1437 de 2011, téngase como pruebas la Escritura Pública N 401 de 20 de mayo de 1989 Notaria Única de Salamina y las de oficio que ordene el despacho necesarias para el perfeccionamiento de la presente actuación administrativa.

ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia del presente Auto a la señora Laura Paola García Forero al correo electrónico lauristacurasGoutlook.com y al señor Manuel! María Gómez Ángel, a terceros interesados e indeterminados a través de la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

ARTICULO CUARTO: Para darle curso legal a la actuación administrativa, fórmese el expediente correspondiente con sus foliaturas.

ARTICULO QUINTO: Contra la presente providencia no procede recurso alguno, ARTICULO SEXTO: El presente acto administrativo rige a partir de la techa de expedición.

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Salamina a los 05 días del mes de septiembre de 2024

LUZ ADRIANA ALZATE ECHEVERRI

Registradora de Instrumentos Públicos ORIP-Salamina-Caldas Página | 2 Oficina de Registro de Il. PP de Salamina Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Calle 6 N” 6-29 Telefonos 9595358 y 9595694 Versión: 05 ofiregissalamina>supernotariado.gov.co Fecha: 02 - 07 - 2024

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