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SNR - Circular 000280 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 000280 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2026-000280-4

DAN-310

Bogotá, D.C., 27 de julio de 2026

PARA: NOTARIOS DEL PAÍS

DE:

FRANCISCO JAVIER CAMARGO RAMOS

Director de Administración Notarial (E)

Asunto: RADICADO No. SNR2026ER-194395-2 NOTIFICACIÓN NOTARIOS DEL

PAIS DECISIÓN No. 5814 del 07 DE JULIO DE 2026

La Dirección de Administración Notarial, en desarrollo de las facultades previstas en el artículo 25 del Decreto 2723 de 2014, procede a informar a los notarios del país, petición con radicado No. SNR2026ER-194395-2, donde el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA, con oficio de notificación decisión No. 5814 de fecha 07 de julio de 2026, dentro del radicado No. 5400131210012023002530009.

“(…) REQUERIR a la Superintendencia de Notariado y Registro para que, dentro del término de diez (10) días hábiles, contados a partir del recibido de la correspondiente comunicación, mediante circular o el medio que estime pertinente, informe a los Notarios sobre el inicio de la presente acción y, de ser el caso, dispongan la suspensión o se abstengan de iniciar

mediante circular o el medio que estime pertinente, informe a los Notarios sobre el inicio de la presente acción y, de ser el caso, dispongan la suspensión o se abstengan de iniciar actuaciones que involucren el predio objeto de restitución (…)”

Respecto del predio urbano reconocido con la nomenclatura Diagonal 32B N° 2-11 Barrio San Jorge del Municipio de Saravena - Arauca, identificado registralmente con el folio de matrícula inmobiliaria N° 410-51649 y catastralmente con el número predial 81736010103200008000. Ahora bien, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015, se remite a los notarios del país, para que dentro del marco de sus competencias tengan en cuenta lo ordenado en la notificación decisión No 5814 por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO

EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE CÚCUTA.

Anexo ✓ oficio derecho de petición ✓ Auto Interlocutorio No. 401 CIR-2026-000280-4 CIR-2026-000280-4Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1010173399

FRANCISCO JAVIER CAMARGO RAMOS

Director de Administración Notarial (E) Direccion de Administracion Notarial

Documento Firmado Electrónicamente

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1010173399

FRANCISCO JAVIER CAMARGO RAMOS

Director de Administración Notarial (E) Direccion de Administracion Notarial

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia LIZ BALCERO

Elaboró: CARLOS ALBERTO CELY CHIVATA / DAN

Revisó: . MERCEDES CHIRIMUSCAY ULE / DAN

Aprobó: . FRANCISCO JAVIER CAMARGO RAMOS / DAN

CIR-2026-000280-4 CIR-2026-000280-4

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