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SNR - Circular 000321 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 000321 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2026-000321-4

DVC-320

Bogotá, D.C., 12 de agosto de 2026

PARA: NOTARIOS DEL PAÍS

DE:

GERMAN HUMBERTO MEDELLIN MORA

Director de Vigilancia y Control Notarial

Asunto: AUTO INTERLOCUTORIO No. 049 DEL 16 DE ENERO DE 2026 Y AUTO

INTERLOCUTORIO No. 378 DEL 23 DE FEBRERO DE 2026 DEL

JUZGADO TREINTA Y UNO CIVIL MUNICIPAL DE ORALIDAD DE

SANTIAGO DE CALI – APERTURA DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN

PATRIMONIAL DE PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE DEL

SEÑOR RAFAEL ALBERTO VELASCO ROMERO, C.C. No. 16.682.370.

RADICADO No. 760014003031202501129-00.

Respetados Señores Notarios: De conformidad con lo establecido en el numeral 7 del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el artículo 6 del Decreto 1554 de 2022, y en ejercicio de la función de orientación atribuida a esta Superintendencia Delegada para el Notariado, se socializan el Auto Interlocutorio No. 049 del 16 de enero de 2026 y el Auto Interlocutorio No. 378 del 23 de febrero de 2026, proferidos por el Juzgado Treinta y Uno Civil Municipal de Oralidad de

Auto Interlocutorio No. 049 del 16 de enero de 2026 y el Auto Interlocutorio No. 378 del 23 de febrero de 2026, proferidos por el Juzgado Treinta y Uno Civil Municipal de Oralidad de Santiago de Cali, dentro del proceso de Liquidación Patrimonial de Persona Natural No Comerciante, radicado No. 760014003031202501129-00, adelantado respecto del señor RAFAEL ALBERTO VELASCO ROMERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.682.370, mediante los cuales se decretó la apertura del trámite de liquidación patrimonial y, posteriormente, se designó como liquidador al doctor ÁLVARO HERNÁN ROJAS

PUERTAS.

En desarrollo del citado proceso, el liquidador designado informó a esta Superintendencia la apertura de la liquidación patrimonial y solicitó poner en conocimiento de las notarías del país la existencia del referido trámite judicial, con el fin de que sea observado en el ejercicio de la función notarial. Asimismo, indicó que la información relacionada con actos o negocios jurídicos que eventualmente pueda resultar relevante para el proceso deberá ser puesta en conocimiento del despacho judicial competente, conforme a las disposiciones legales aplicables. Lo anterior deberá ser tenido en cuenta por los señores notarios en el ejercicio de la función pública notarial, particularmente respecto de las actuaciones que eventualmente involucren CIR-2026-000321-4 CIR-2026-000321-4Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025 al señor RAFAEL ALBERTO VELASCO ROMERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.682.370, en el marco del proceso de liquidación patrimonial que cursa ante el Juzgado Treinta y Uno Civil Municipal de Oralidad de Santiago de Cali, con el propósito de contribuir al adecuado cumplimiento de las decisiones judiciales adoptadas dentro del referido proceso.

Para tal efecto, se adjuntan a la presente comunicación el Auto Interlocutorio No. 049 del 16 de enero de 2026, mediante el cual se ordenó la apertura de la liquidación patrimonial, y el Auto Interlocutorio No. 378 del 23 de febrero de 2026, por medio del cual se relevó a la liquidadora inicialmente designada y se nombró al doctor ÁLVARO HERNÁN ROJAS PUERTAS como liquidador del proceso. Se solicita abstenerse de emitir respuesta a esta Superintendencia cuando no se cuente con información relacionada con el asunto. Lo anterior, con el fin de evitar pronunciamientos sin soporte o ajenos al requerimiento efectuado por la autoridad judicial. Cordial saludo,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_79597462

GERMAN HUMBERTO MEDELLIN MORA

Director de Vigilancia y Control Notarial Direccion de Vigilancia y Control Notarial

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia

Elaboró: MARIA ANGELICA LEMUS ROJAS / DVC

Director de Vigilancia y Control Notarial Direccion de Vigilancia y Control Notarial

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia

Elaboró: MARIA ANGELICA LEMUS ROJAS / DVC

Revisó: . CARLOS FELIPE PEÑA BAHOS / DVC

Aprobó: . GERMAN HUMBERTO MEDELLIN MORA / DVC

CIR-2026-000321-4 CIR-2026-000321-4

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