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SNR - Circular 000330 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Disponible

Detalles

Título
SNR - Circular 000330 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2026-000330-4

DVC-320

Bogotá, D.C., 19 de agosto de 2026

PARA: NOTARIOS DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

DE:

GERMAN HUMBERTO MEDELLIN MORA

Director de Vigilancia y Control Notarial

Asunto: INFORMACIÓN SOBRE RESTRICCIONES URBANÍSTICAS E

IMPROCEDENCIA DE LICENCIAMIENTO URBANÍSTICO RESPECTO

DE DETERMINADOS PREDIOS DEL MUNICIPIO DE EL PEÑOL –

ANTIOQUIA.

El artículo 26 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el Decreto 1554 de 2022, pone en conocimiento la comunicación remitida por la Alcaldía del Municipio de El Peñol, contenida en el oficio SPL-563-2026 del 30 de abril de 2026, mediante la cual informa que los predios identificados con los folios de matrícula inmobiliaria Nos. 018-101339 y 018-112584, ubicados en la vereda Horizontes del Municipio de El Peñol, departamento de Antioquia, se encuentran en zonas con condición de riesgo y amenaza por inundación, razón por la cual, de conformidad con lo informado por esa Administración Municipal, no resulta viable el otorgamiento de licencias urbanísticas para procesos de urbanización, parcelación o construcción sobre dichos inmuebles, advirtiendo además que su eventual subdivisión o

de conformidad con lo informado por esa Administración Municipal, no resulta viable el otorgamiento de licencias urbanísticas para procesos de urbanización, parcelación o construcción sobre dichos inmuebles, advirtiendo además que su eventual subdivisión o enajenación podría propiciar la ocupación indebida del suelo y la conformación de asentamientos humanos en zonas de riesgo, en contravía de las normas urbanísticas y de gestión del riesgo. En virtud de lo anterior, se solicita a las Notarías del departamento de Antioquia:

1. Tener en cuenta la información suministrada por la Alcaldía del Municipio de El Peñol respecto de los predios identificados con los folios de matrícula inmobiliaria Nos. 018101339 y 018-112584, ubicados en la vereda Horizontes del Municipio de El Peñol, verificando rigurosamente, en el marco de sus competencias y del principio de legalidad que rige la función notarial, las condiciones urbanísticas y las restricciones de uso del suelo que recaen sobre dichos inmuebles, conforme a la información suministrada por esa

Administración Municipal.

2. Adelantar las actuaciones que correspondan dentro del ámbito de sus competencias, teniendo en cuenta la información remitida por la Alcaldía del Municipio de El Peñol, con el fin de contribuir a prevenir actuaciones que puedan resultar contrarias al ordenamiento territorial y a las disposiciones sobre gestión del riesgo.

CIR-2026-000330-4 CIR-2026-000330-4Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

En virtud de lo anterior, se remite copia del oficio SPL-563-2026 del 30 de abril de 2026, expedido por la Alcaldía del Municipio de El Peñol, junto con sus respectivos anexos, para su conocimiento y fines pertinentes. Atentamente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_79597462

GERMAN HUMBERTO MEDELLIN MORA

Director de Vigilancia y Control Notarial Direccion de Vigilancia y Control Notarial

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia

Elaboró: JUAN CARLOS CELIS RODRIGUEZ / DVC

Revisó: . ANDREA ABAUNZA ROJAS / DVC

Aprobó: . GERMAN HUMBERTO MEDELLIN MORA / DVC

CIR-2026-000330-4 CIR-2026-000330-4

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