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SNR - Circular 20250430161954 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20250430161954 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

CIRCULAR CIR-2025-000176-4

Bogotá, D.C., 30 de abril de 2025

PARA: SERVIDORES PÚBLICOS DE LA OFICINA DE REGISTRO DE

INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ ZONA NORTE, DIRECCIÓN

REGIONAL CENTRO Y CIUDADANÍA EN GENERAL.

DE: DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO.

ASUNTO: HORARIO ESPECIAL DE TRABAJO PRESENCIAL EN LA OFICINA

DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ ZONA NORTE –

30 DE ABRIL DE 2025.

Apreciados servidores.

De acuerdo a lo establecido en el numeral 11, del artículo 20 del Decreto 2723 de 2014, corresponde a la Dirección Técnica de Registro; adoptar las medidas para apoyar a las Oficinas de Registro, con el fin de evitar la afectación de la prestación del servicio público registral. Así mismo, la Resolución No. 4815 del 04 de mayo de 2015, en su artículo primero (1°), establece que el Director Técnico de Registro adoptará las decisiones administrativas tendientes a autorizar la suspensión de términos y la no prestación del servicio público cuando las circunstancias así lo ameriten.

De conformidad con el artículo primero de la Resolución No. 06972 del 02 de julio

adoptará las decisiones administrativas tendientes a autorizar la suspensión de términos y la no prestación del servicio público cuando las circunstancias así lo ameriten.

De conformidad con el artículo primero de la Resolución No. 06972 del 02 de julio de 2024, el horario habitual de trabajo de los funcionarios de nivel central de la Superintendencia de Notariado y Registro y de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., incluida una (1) hora de almuerzo y el horario de atención al público en las oficinas de Registro de Instrumentos Públicos será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., en jornada continua.

En tal sentido, en aras de prevenir lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y la promoción de la salud de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto la Decreto 1072 de 2015 del Ministerio del Trabajo en su articulo 2.2.4.6.3., y atendiendo la solicitud realizada por la Doctora Edna Rocio Pulido Gamero, Coordinadora del Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección de Talento Humano de la SNR; por parte de la Dirección Técnica de Registro, se ha dispuesto establecer un horario especial dePágina | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024 trabajo presencial y atención al público, durante el día 30 de abril de 2025, de 08:00 a.m. a 11:30 a.m., en la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BOGOTÁ ZONA NORTE. Lo anterior, debido a la situación presentada en la citada oficina, por la emisión de fuertes olores asociados a la combustión de químicos usados para el funcionamiento de la planta eléctrica.

Cabe resaltar, que el horario de atención al público el día 30 de abril de 2025, en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Norte, será de 08:00 a.m. a 11:00 a.m. (jornada continua).

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_5145956

OLMAN JOSE OLIVELLA MEJIA

Director Tecnico 0100-23 Dirección Técnica de Registro

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia YOISMAR LOPEZ; DORIS SIERRA

Elaboró: JULIETH CATALINA CASAS ARENAS / DTR

Revisó: . YOISMAR DANIELA LOPEZ IBARRA / DTR

Aprobó: . YOISMAR DANIELA LOPEZ IBARRA / DTR

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