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SNR - Circular 20250812111626 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20250812111626 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

____________________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

CIRCULAR CIR-2025-000263-4

SG-500

Bogotá D.C. - Bogotá D.C. 12 de agosto de 2025

PARA: DIRECTIVOS NIVEL CENTRAL, DIRECTORES REGIONALES Y FUNCIONARIOS QUE TIENEN A CARGO EJECUCION DE PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD Y SUPERVISORES DE

CONTRATOS A NIVEL NACIONAL

DE: SECRETARIA GENERAL

ASUNTO: RADICACIÓN SOLICITUDES VIGENCIAS FUTURAS PARA LA VIGENCIA 2026

En virtud de lo establecido en la Ley 996 de 2005, “Ley de Garantías Electorales”, que regula la campaña presidencial en Colombia con el fin de garantizar la igualdad entre los candidatos y prevenir el uso indebido de recursos públicos, en aras de realizar un proceso de planeación eficiente que permita garantizar la continuidad y correcta prestación del servicio público registral a nivel nacional, es fundamental dar cumplimiento estricto a los plazos establecidos para la radicación de solicitudes de vigencias futuras. Por lo anterior, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 33 de la mencionada ley, que prohíbe la contratación directa por parte de todas las entidades estatales durante los cuatro meses previos a la elección presidencial y hasta la realización de la segunda vuelta, si la hubiere, la Superintendencia de Notariado y Registro ha fijado como fecha límite para la

meses previos a la elección presidencial y hasta la realización de la segunda vuelta, si la hubiere, la Superintendencia de Notariado y Registro ha fijado como fecha límite para la radicación de solicitudes que comprometan cupos de vigencias futuras para la vigencia 2026 el día 20 de agosto de 2025. Las solicitudes deberán ser radicadas ante la Secretaría General a más tardar en la fecha indicada, adjuntando los soportes técnicos, jurídicos y presupuestales que justifiquen la necesidad del compromiso de vigencias futuras, de conformidad con la normatividad vigente y las directrices internas de la Entidad.

CIR-2025-000263-4Página | 2

____________________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Se enfatiza la importancia de cumplir con este requisito para evitar que la Entidad se vea afectada en el cumplimiento de su misionalidad, ya que la falta de recursos comprometidos oportunamente, podría impactar negativamente en la prestación continua y eficiente del servicio público registral. Por lo tanto, se solicita a los responsables de la ejecución presupuestal y supervisión de contratos, dar estricto cumplimiento a este requerimiento, teniendo en cuenta que no se tramitarán solicitudes presentadas de forma extemporánea o incompleta. Posterior a la fecha establecida, no se garantizará la gestión de aprobación de este trámite. Para mayor información, favor comunicarse con la Dirección Administrativa y Financiera. Atentamente,

@Documento_preparado_para_firma

Posterior a la fecha establecida, no se garantizará la gestión de aprobación de este trámite. Para mayor información, favor comunicarse con la Dirección Administrativa y Financiera. Atentamente,

@Documento_preparado_para_firma

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WILLIAM PÉREZ CASTAÑEDA

Secretario General Secretaría General

Documento Firmado Electrónicamente

Elaboró: GLORIA ISABEL AGUIRREERNESTO ROA ROSAS / DAF Revisó: ERNESTO ROA ROSAS / DAF; SANDRA PATRICIA RUIZ MORENO / SECRETARIA GENERAL. SANDRA PATRICIA RUIZ MORENO / SG Aprobó: . DANY LUZ OROZCO FRANCO / DAFDANY LUZ OROZCO FRANCO / DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

CIR-2025-000263-4

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