SNR - Circular 20251009110914 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 20251009110914 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
____________________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
CIRCULAR CIR-2025-000352-4
SDN-300
Bogotá D.C. - Bogotá D.C. 9 de octubre de 2025
PARA: NOTARIOS DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA DE NOTARIADO
ASUNTO: INFORMACIÓN DE AUTO QUE ORDENA REPORTAR CUALQUIER INICIO
DE TRAMITE NOTARIAL SOBRE PREDIOS RESTITUIDOS Y
ABSTENCION DE PROTOCOLIZACION DE ESCRITURAS
En consideración a la solicitud del asunto, la Superintendente Delegada de Notariado, en desarrollo de sus facultades asignadas en el artículo 24 del Decreto 2723 de 2014 modificado por el Decreto 1554 de 2022, pone en conocimiento la comunicación bajo radicado NR2025EE-189619-1 de fecha 21 de agosto de 2025 de la Dirección Técnica de Registro, a través de la cual se comunica la orden proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Montería, en Sentencia No. 31 proferida el 24 de julio de 2025, en la cual, se requiere a la Superintendencia de Notariado y Registro para que realice las gestiones pertinentes para materializar la decisión judicial, y en la que se solicita ordenar a todos los notarios de Antioquia, reportar, por su conducto,
y Registro para que realice las gestiones pertinentes para materializar la decisión judicial, y en la que se solicita ordenar a todos los notarios de Antioquia, reportar, por su conducto, de manera inmediata, toda solicitud de inicio de trámites notariales y/o registrales, relacionados con actos de enajenación o transferencia a cualquier título, constitución de gravámenes o celebración de cualquier negocio jurídico, sin importar su denominación, cuyo objeto, directo o indirecto, lo constituyan los siguientes predios:
No. Documento FMI Juzgado 015 – 88382 1 SENTENCIA No. 31 del 24 de julio de 2025 015 – 88378
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO
ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS
DE MONTERÍA Correo: jcctoesrt02mon@notificacionesrj.gov.co
Por consiguiente, se solicita constatar si en sus Despachos se realiza algún trámite notarial relacionado con el folio de matrícula inmobiliaria señalado, y en caso de ser así, abstenerse de protocolizar escrituras de este y suministrar tal información al correo electrónico del Juzgado antes indicado. CIR-2025-000352-4Página | 2
____________________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
En ese sentido, se remite para su conocimiento y actuaciones correspondientes, copia de la comunicación bajo radicado NR2025EE-189619-1 de fecha 21 de agosto de 2025 de la
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
En ese sentido, se remite para su conocimiento y actuaciones correspondientes, copia de la comunicación bajo radicado NR2025EE-189619-1 de fecha 21 de agosto de 2025 de la Dirección Técnica de Registro, la Sentencia No. 31 del 24 de julio de 2025 y del Oficio No. 0333-2025 del 28 de julio de 2025 proferidos por el Juzgado Segundo Civil Del Circuito Especializado En Restitución De Tierras De Montería.
Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1116777573
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: Si Elaboró: ANDRES FELIPE ALFONSO FIGUEROA / SDN. ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN
CIR-2025-000352-4