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SNR - Circular 20251009110914 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20251009110914 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

____________________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

CIRCULAR CIR-2025-000352-4

SDN-300

Bogotá D.C. - Bogotá D.C. 9 de octubre de 2025

PARA: NOTARIOS DEL DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA DE NOTARIADO

ASUNTO: INFORMACIÓN DE AUTO QUE ORDENA REPORTAR CUALQUIER INICIO

DE TRAMITE NOTARIAL SOBRE PREDIOS RESTITUIDOS Y

ABSTENCION DE PROTOCOLIZACION DE ESCRITURAS

En consideración a la solicitud del asunto, la Superintendente Delegada de Notariado, en desarrollo de sus facultades asignadas en el artículo 24 del Decreto 2723 de 2014 modificado por el Decreto 1554 de 2022, pone en conocimiento la comunicación bajo radicado NR2025EE-189619-1 de fecha 21 de agosto de 2025 de la Dirección Técnica de Registro, a través de la cual se comunica la orden proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Montería, en Sentencia No. 31 proferida el 24 de julio de 2025, en la cual, se requiere a la Superintendencia de Notariado y Registro para que realice las gestiones pertinentes para materializar la decisión judicial, y en la que se solicita ordenar a todos los notarios de Antioquia, reportar, por su conducto,

y Registro para que realice las gestiones pertinentes para materializar la decisión judicial, y en la que se solicita ordenar a todos los notarios de Antioquia, reportar, por su conducto, de manera inmediata, toda solicitud de inicio de trámites notariales y/o registrales, relacionados con actos de enajenación o transferencia a cualquier título, constitución de gravámenes o celebración de cualquier negocio jurídico, sin importar su denominación, cuyo objeto, directo o indirecto, lo constituyan los siguientes predios:

No. Documento FMI Juzgado 015 – 88382 1 SENTENCIA No. 31 del 24 de julio de 2025 015 – 88378

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS

DE MONTERÍA Correo: jcctoesrt02mon@notificacionesrj.gov.co

Por consiguiente, se solicita constatar si en sus Despachos se realiza algún trámite notarial relacionado con el folio de matrícula inmobiliaria señalado, y en caso de ser así, abstenerse de protocolizar escrituras de este y suministrar tal información al correo electrónico del Juzgado antes indicado. CIR-2025-000352-4Página | 2

____________________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

En ese sentido, se remite para su conocimiento y actuaciones correspondientes, copia de la comunicación bajo radicado NR2025EE-189619-1 de fecha 21 de agosto de 2025 de la

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

En ese sentido, se remite para su conocimiento y actuaciones correspondientes, copia de la comunicación bajo radicado NR2025EE-189619-1 de fecha 21 de agosto de 2025 de la Dirección Técnica de Registro, la Sentencia No. 31 del 24 de julio de 2025 y del Oficio No. 0333-2025 del 28 de julio de 2025 proferidos por el Juzgado Segundo Civil Del Circuito Especializado En Restitución De Tierras De Montería.

Atentamente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1116777573

ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA

Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si Elaboró: ANDRES FELIPE ALFONSO FIGUEROA / SDN. ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN

CIR-2025-000352-4

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