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SNR - Circular 20260119203339 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20260119203339 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

CIRCULAR CIR-2026-000020-4

Bogotá, D.C., 19 de enero de 2026

PARA: SERVIDORES PÚBLICOS DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS

PÚBLICOS DE CIÉNAGA - MAGDALENA, DIRECCIÓN REGIONAL CARIBE Y

CIUDADANÍA EN GENERAL.

DE: DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO.

ASUNTO: HORARIO ESPECIAL DE TRABAJO PRESENCIAL Y DE ATENCIÓN AL PÚBLICO EN LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE CIÉNAGA - MAGDALENA – 20 DE ENERO DEL 2026.

Apreciados servidores. De acuerdo con lo establecido en el numeral 11, del artículo 20 del Decreto 2723 de 2014, corresponde a la Dirección Técnica de Registro; adoptar las medidas para apoyar a las Oficinas de Registro, con el fin de evitar la afectación de la prestación del servicio público registral. Así mismo, la Resolución No. 4815 del 04 de mayo de 2015, en su artículo primero (1°), establece que el Director Técnico de Registro adoptará las decisiones administrativas tendientes a autorizar la suspensión de términos y la no prestación del servicio público cuando las circunstancias así lo ameriten. De igual forma, la Resolución No. 06972 del 02 de julio de 2024, en su artículo primero

tendientes a autorizar la suspensión de términos y la no prestación del servicio público cuando las circunstancias así lo ameriten. De igual forma, la Resolución No. 06972 del 02 de julio de 2024, en su artículo primero establece: “(...) Artículo 1. Horario de trabajo. El horario habitual de trabajo de los funcionarios del nivel central de la Superintendencia de Notariado y Registro y de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país, será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a5:00 pm, incluida una (1) hora de almuerzo y el horario de atención al público en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., en jornada continua. (...)” En tal sentido, la Dirección Técnica de Registro en aras de promover y fomentar el acceso a la cultura, ha dispuesto establecer un horario especial de trabajo presencial y atención al público, durante el día 20 de enero de 2026, de 07:00 a.m. a 01:00 p.m. (jornada continua), en la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE CIÉNAGA - MAGDALENA, con ocasión a la celebración de las “Festividades de la Sexagesima Tercera Edicion del Festival Nacional de la Leyenda y Danza del Caimán Cienaguero”, que se llevarán a cabo en el municipio de Ciénaga, Magdalena, de acuerdo a lo estipulado en el Decreto No. 011 de fecha 8 de enero de 2026, expedido por el alcalde municipal.Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

en el Decreto No. 011 de fecha 8 de enero de 2026, expedido por el alcalde municipal.Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Cabe resaltar, que el HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO durante el día 20 de enero de 2026, en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ciénaga - Magdalena, será de 07:00 a.m. a 01:00 p.m. (jornada continua). Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_79428028

LUIS YOBANY ROBLES RUBIANO

Director Técnico de Registro Dirección Técnica de Registro

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia ELIANA BASTIDAS; LIZ BALCERO; ELISEO JIMENEZ; LUISA BERNAL

Elaboró: JUAN FELIPE SALDAÑA CUELLAR / DTR

Revisó: JUAN FELIPE SALDAÑA CUELLAR / DTR

Aprobó: . JUAN FELIPE SALDAÑA CUELLAR / DTR

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