SNR - Circular 20260224164002 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SNR - Circular 20260224164002 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
CIRCULAR CIR-2026-000057-4
SDN-300
Bogotá, D.C., 24 de febrero de 2026
PARA: NOTARIOS(AS) DEL PAIS
DE:
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado
Asunto: Cumplimiento de orden judicial – Abstención de protocolizar escrituras relacionadas con predios en trámite de restitución de tierras
En atención al requerimiento efectuado por la Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras, mediante comunicación de fecha 12 de noviembre de 2025, la Superintendente Delegada para el Notariado, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el Decreto 1554 de 2022, se permite poner en conocimiento la orden proferida por el Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Cundinamarca, dentro del proceso con radicado No. 250003121001-2023-00094-00.
Mediante auto del 14 de octubre de 2025, el despacho judicial requirió a la Superintendencia de Notariado y Registro para que, por conducto de esta Delegada, se comunique a todas las Notarías del país la orden impartida en auto del 23 de febrero de 2024, consistente en abstenerse de protocolizar escrituras que tengan relación con los predios cuya restitución
las Notarías del país la orden impartida en auto del 23 de febrero de 2024, consistente en abstenerse de protocolizar escrituras que tengan relación con los predios cuya restitución se tramita en dicho despacho judicial y que se relaciona a continuación:
No. DOCUMENTO RADICADO(S) FMI JUZGADO(S) Y CORREO(S) 1 Auto del 24 de febrero de 2024 No. 2500031210012023-00094-00. 50S-40142473 Juzgado Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras del Distrito Judicial de Cundinamarca
Correo: j01cctoesrtyopal@cendoj.ramajudicial.gov.co
En consecuencia, se deberá verificar en cada Despacho Notarial si cursa o se pretende iniciar trámite alguno que involucre los predios objeto del proceso de restitución referido. En caso afirmativo, deberá abstenerse de protocolizar escrituras relacionadas con los mismos.Página | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Así mismo, el cumplimiento de esta orden deberá ser informado de manera electrónica al correo j01cctoesrtyopal@cendoj.ramajudicial.gov.co, dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la presente circular, conforme a lo dispuesto por el despacho judicial.
La presente comunicación se expide para el estricto cumplimiento de la orden judicial referida.
Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1116777573
La presente comunicación se expide para el estricto cumplimiento de la orden judicial referida.
Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1116777573
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: Si