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SNR - Circular 20260318132313 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20260318132313 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2026-000081-4

SG-500

Bogotá, D.C., 17 de marzo de 2026

PARA: SUPERINTENDENTES DELEGADOS, JEFES DE OFICINA, DIRECTOR,

DIRECTOR TÉCNICO, DIRECTORES REGIONALES,

REGISTRADORES PRINCIPALES Y SECCIONALES,

COORDINADORES ADMINISTRATIVOS Y DE APOYO, Y

SUPERVISORES

DE:

ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO

Secretaria General, Jefe Oficina de Control Interno Disciplinario (E)

Asunto: SEGUIMIENTO RESERVAS PRESUPUESTALES 2025

La Superintendencia de Notariado y Registro con fecha 2 de enero de 2026 expidió la Circular CIR-2026-00001-4, mediante la cual se establecieron los lineamientos relacionados con la liberación de los saldos de los registros presupuestales correspondientes a la vigencia fiscal 2025, con el propósito de evitar la constitución de reservas presupuestales.

Así, una vez realizado el cierre presupuestal y constituidas las reservas presupuestales de la Entidad, se expidió la Circular CIR-2026-000025-4 del 21 de enero de 2026, mediante la cual se solicitó a los supervisores efectuar una revisión exhaustiva de dichas reservas, con el fin de determinar cuáles podían ser objeto de reducción parcial o total.

mediante la cual se solicitó a los supervisores efectuar una revisión exhaustiva de dichas reservas, con el fin de determinar cuáles podían ser objeto de reducción parcial o total. En la citada circular se estableció como plazo máximo para remitir las solicitudes correspondientes el 6 de febrero de 2026.

En concordancia con lo anterior, a la fecha, se ha elaborado un Acta de Liberación de Reservas por valor de CIENTO SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA PESOS CON DIECISÉIS CENTAVOS M/CTE ($106.305.440,16), la cual incluye únicamente 22 solicitudes. No obstante, aún se registran aproximadamente 500 contratos de prestación de servicios y 117 de proveedores respecto de los cuales se encuentran pendientes actuaciones para el pago o la liberación de saldos. Esta situación resulta preocupante, teniendo en cuenta que la totalidad de los contratos de prestación de servicios culminaron el 31 de diciembre de 2025; circunstancia similar se presenta respecto de las reservas constituidas a favor de proveedores.Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Bajo este contexto, se hace necesario que los responsables de la supervisión y/o interventoría adelanten las acciones correspondientes que permitan ejercer un adecuado control sobre la ejecución contractual, así como gestionar oportunamente el trámite de los pagos pendientes o la posterior liberación de saldos, cuando a ello hubiere lugar. Al respecto, es pertinente recordar que, en materia de supervisión

adecuado control sobre la ejecución contractual, así como gestionar oportunamente el trámite de los pagos pendientes o la posterior liberación de saldos, cuando a ello hubiere lugar. Al respecto, es pertinente recordar que, en materia de supervisión contractual, el artículo 26 de la Ley 80 de 1993, “Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública”, dispone:

"Del Principio de Responsabilidad. En virtud de este principio: 1o. Los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del contrato…” (Negrilla fuera del texto)

Del mismo modo, es preciso señalar que la Contraloría General de la República, en los últimos años ha fenecido la cuenta fiscal de la Entidad; no obstante, la opinión sobre la ejecución presupuestal ha sido emitida con salvedades, situación que obedece, principalmente, a la constitución y fenecimiento de reservas presupuestales.

En consecuencia, se requiere de manera urgente que los funcionarios encargados de la supervisión de los contratos celebrados por la Entidad durante la vigencia 2025, a nivel nacional, adelanten las gestiones correspondientes para tramitar las cuentas pendientes o, en su defecto, efectuen la solicitud de cancelación de reservas, a más tardar el 26 de marzo de 2026.

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1015408882

ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO

Secretaria General Secretaría GeneralPágina | 3

________________________________________________________________________

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1015408882

ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO

Secretaria General Secretaría GeneralPágina | 3

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: 1

Elaboró: ERNESTO ROA ROSAS / DAF Revisó: . ARCENIO DE JESUS PERALTA VALBUENA / DAFELENA PATRICA ALDANA TORRES / DAF SANDRA PATRICIA RUIZ MORENO / SG Aprobó: ARCENIO DE JESÚS PERALTA VALBUENA / DAF. ELENA PATRICIA ALDANA TORRES / DAF

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