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SNR - Circular 20260327132327 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20260327132327 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2026-000093-4

SDN-300

Bogotá D.C., 27 de marzo de 2026

PARA: NOTARIOS DEL PAÍS Y ENTIDADES OBLIGADAS AL REPARTO

DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA EL NOTARIADO.

ASUNTO: SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DEL REPARTO NOTARIAL

Respetados señores, La Superintendencia Delegada para el Notariado tiene a su cargo, entre otras funciones, la orientación sobre la aplicación de las normas que rigen la actuación notarial, como se señala en el numeral 7° del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el artículo 6 del Decreto 1554 de 2022. En virtud de lo anterior, y conforme a lo establecido en la Circular CIR-2026-0000614 del 26 de febrero de 2026, de la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro, por medio de la cual se "otorgó a los servidores públicos de la Superintendencia de Notariado y Registro un turno único de descanso compensado para los días lunes, martes y miércoles, de Semana Santa correspondientes al 30, 31 de marzo y 1º de abril de 2026, respectivamente, reintegrándose todos los servidores públicos a sus funciones el 6 de abril de 2026".. En virtud de lo expuesto, esta Delegada para el Notariado se permito informar que

31 de marzo y 1º de abril de 2026, respectivamente, reintegrándose todos los servidores públicos a sus funciones el 6 de abril de 2026".. En virtud de lo expuesto, esta Delegada para el Notariado se permito informar que a partir las 12:00 del medio día, del viernes veintisiete (27) de marzo del 2026 y hasta el cinco (5) de abril de 2026, quedaran suspendidos los trámites y términos respecto del Reparto Notarial que se encuentra a cargo de la Dirección Administrativa Notarial. “Por tal razón, y con objeto de brindar la oportunidad de promover el bienestar y la armonía de los espacios laborales, familiares y personales de los servidores de la Superintendencia de Notariado y Registro”, esta Delegada para el Notariado se permite informar qué se recibirán y tramitarán las solicitudes de reparto que alleguen hasta las 12:00 del medio día, del día viernes veintisiete (27) dePágina | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025 marzo del año en curso, las solicitudes que lleguen posterior a la fecha, serán tramitadas el día seis (6) de abril de 2026, una vez se reintegran todos los servidores.

Por consiguiente no se atenderán los trámites los días 30, 31 de marzo y 1º de abril de 2026, y los que alleguen en esos días serán atendidos el 6 de abril de 2026. Finalmente, se reitera la recomendación sobre el cuidado y debido diligenciamiento

de 2026, y los que alleguen en esos días serán atendidos el 6 de abril de 2026. Finalmente, se reitera la recomendación sobre el cuidado y debido diligenciamiento de las solicitudes de reparto notarial, a efectos de evitar incurrir en errores, pues los actos administrativos por medio de los cuales se resolverán las solicitudes de correcciones y/o anulaciones derivados de las actas de reparto notarial, serán expedidos a partir del seis (06) de abril de 2026.

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

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ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA

Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia

Elaboró: MARY LUZ MARTINEZ HERRERA / DAN

Revisó: . ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN

Aprobó: . FRANCISCO JAVIER CAMARGO RAMOS / DAN

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