SNR - Circular 20260416105427 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 20260416105427 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
CIRCULAR CIR-2026-000111-4
SDR-200
Bogotá, D.C., 16 de abril de 2026
PARA: REGISTRADORES (AS) DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL PAÍS
OFICINAS DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
DE:
ALFONSO GARCIA MANASSE
Superintendente Delegado para el Registro
Asunto: Solicitud de información respecto a los trámites radicados relacionados con la aplicación del artículo 64 de la Ley 1579 de 2012 en el marco de procesos de extinción de dominio.
Apreciados (as) Registradores (as): Atendiendo lo dispuesto en la Instrucción Administrativa IA-2026-000002-9 de 13 de febrero de 2026, respecto de las comunicaciones dirigidas a la Superintendencia y Registro: “3. COMUNICACIÓN A LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO POR PARTE DE LOS REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS Y NOTARIOS DEL PAÍS. En los eventos de presentarse solicitudes de caducidad de inscripciones de medidas cautelares emanadas de procesos de extinción de dominio ante las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, o de solicitarse tramites notariales para la disposición de inmuebles sobres los cuales exista antecedentes registrales de medidas cautelares en procesos de dicho tipo, publicitados en los
ante las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, o de solicitarse tramites notariales para la disposición de inmuebles sobres los cuales exista antecedentes registrales de medidas cautelares en procesos de dicho tipo, publicitados en los certificados de tradición y libertad, deberán en todos los eventos en forma inmediata, comunicarlo a la SNR, para que actúe en el marco de sus competencias de inspección, vigilancia y control, y con ello dado el caso dar aviso a las autoridades que estén involucradas.” Conforme a lo anterior y teniendo en cuenta la especialidad e importancia de los procesos de extinción del dominio, por ser una acción constitucional, patrimonial, pública, jurisdiccional y autónoma de la responsabilidad penal, directamente relacionada con el derecho de propiedad privada, atentamente se solicita remitir, hasta el viernes, 24 de abril de 2026, la información relacionada con las solicitudes que en el marco de la aplicación delPágina | 2
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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 artículo 64 de la Ley 1579 de 2012, hayan sido radicadas, ante cada una de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, en relación con la caducidad de las inscripciones de medidas cautelares emanadas de autoridades judiciales o administrativas dentro de los procesos de extinción de dominio.
Dicha información debe ser enviada al correo electrónico superdelegadaregistro@supernotariado.gov.co con copia al correo electrónico carolina.cuellar@supernotariado.gov.co, haciendo uso del siguiente formato:
No. FMI
Dicha información debe ser enviada al correo electrónico superdelegadaregistro@supernotariado.gov.co con copia al correo electrónico carolina.cuellar@supernotariado.gov.co, haciendo uso del siguiente formato:
No. FMI
RADICADO
SOLICITUD
(Ingreso)
RADICADO DE LA
COMUNICACIÓN A LA
AUTORIDAD
COMPETENTE
ESTADO DEL
TRÁMITE
1 2 3 Adicionalmente, se recuerda que, en virtud de la Instrucción Administrativa IA-2026000004-9 de 08 de abril de 2026, todas las comunicaciones de las que trata el punto 3 de la IA-2026-000002-9 de 13 de febrero de 2026, deben dirigirse al correo electrónico grupojuridicofiscalia@supernotariado.gov.co. Finalmente, agradecemos su compromiso, disposición y celeridad en la atención de las solicitudes elevadas por esta dependencia, con el ánimo de garantizar un servicio público registral eficiente y de calidad. Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_88154956
ALFONSO GARCIA MANASSE Superintendente Delegado para el Registro Superintendencia Delegada para el RegistroPágina | 3
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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
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Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No
Copia
Elaboró: CAROLINA CUELLAR MONROY / SDR
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No
Copia