SNR - Circular 20260504190121 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 20260504190121 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
CIRCULAR
SDN-300
Bogotá, D.C., 4 de mayo de 2026
PARA: NOTARIOS(AS) DEL PAIS
DE:
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado
Asunto: Información de autos que ordenan reportar cualquier inicio de tramite notarial sobre predios restituidos y abstención de protocolización de escrituras
En atención a la solicitud referida en el asunto, la Superintendente Delegada para el Notariado, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el Decreto 1554 de 2022, se permite poner en conocimiento el memorando con radicado No. SNR2026IE-011460-3 del 20 de abril de 2026 de la Superintendente Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, a través del cual se pone en conocimiento de esta Delegada las ordenes proferidas por los Juzgados Civiles del Circuito de Restitución de Tierras, en las que se requiere a la Superintendencia de Notariado y Registro para que comunique a todas las Notarías del país el inicio de la acción y, de ser procedente, se adopten las medidas necesarias para que se suspendan o se abstengan de iniciar cualquier actuación notarial, así como de protocolizar escrituras que involucren los predios cuya restitución se demanda en los Despachos
el inicio de la acción y, de ser procedente, se adopten las medidas necesarias para que se suspendan o se abstengan de iniciar cualquier actuación notarial, así como de protocolizar escrituras que involucren los predios cuya restitución se demanda en los Despachos Judiciales que se relacionan a continuación:
No. PROVIDENCIA RADICADO(S) FMI JUZGADO(S) Y CORREO(S)
120-5832 1 Auto 1500 del 27 de octubre de 2025 19-001-31-21001-202500279-00 120-72817 Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán Correo: j01cctoesrtpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co 120-83013 2 Auto 1044 del 15 de agosto de 2025 19-001-31-21001-202500213-00 12083269 Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán Correo: j01cctoesrtpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co CIR-2026-000141-4Página | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
3 Auto 1503 del 27 de octubre de 2025 19-001-31-21001-202500301-00 120-33551 Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán
Auto 1503 del 27 de octubre de 2025 19-001-31-21001-202500301-00 120-33551 Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Popayán Correo: j01cctoesrtpayan@cendoj.ramajudicial.gov.co
En consecuencia, deberá verificarse si en sus Despachos cursa algún trámite notarial relacionado con los folios de matrícula inmobiliaria indicados. En caso afirmativo, deberán abstenerse de protocolizar escrituras que recaigan sobre dichos folios y comunicar tal circunstancia a los correos electrónicos de los Juzgados previamente señalados.
Únicamente deberá remitirse comunicación a los referidos Despachos judiciales en el evento en que efectivamente cursen trámites relacionados con los mencionados folios de matrícula inmobiliaria, con el fin de evitar el envío innecesario de comunicaciones a los correos de los Juzgados.
Para su conocimiento y actuaciones correspondientes, se remite copia del Memorando No. SNR2026IE-011460-3 y de las providencias proferidas por los citados Despachos Judiciales.
Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1116777573
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: Si
Copia No
Elaboró: ANDRES FELIPE ALFONSO FIGUEROA / SDN
Superintendencia Delegada para el Notariado
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: Si
Copia No
Elaboró: ANDRES FELIPE ALFONSO FIGUEROA / SDN Revisó: ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDAISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN Aprobó: ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA. ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN
CIR-2026-000141-4