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SNR - Circular 20260707104220

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 20260707104220
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2026-000236-4

SDN-300

Bogotá, D.C., 7 de julio de 2026

PARA: NOTARIOS CIRCULO NOTARIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA

DE:

ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA

Superintendente Delegado para el Notariado

Asunto: Reiteración de directrices sobre atención y prestación del servicio notarial a la población LGBTIQ+

Respetados notarios, cordial saludo.

En ejercicio de las funciones de orientación, inspección, vigilancia y control atribuidas a la Superintendencia de Notariado y Registro en virtud del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el articulo 6 Decreto 1554 de 2022, y con el propósito de fortalecer la prestación del servicio público notarial bajo los principios de igualdad, dignidad humana, imparcialidad y respeto por los derechos fundamentales, la Superintendencia Delegada para el Notariado considera necesario reiterar a los notarios del Círculo Notarila de Ibagué - Tolima las obligaciones institucionales relacionadas con la atención de las personas pertenecientes a la población LGBTIQ+, previas las siguientes considerciones: La Constitución Política de Colombia consagra los principios de dignidad humana, igualdad y no discriminación, y garantiza el acceso efectivo de todas las personas a los servicios públicos en condiciones de respeto y equidad.

considerciones: La Constitución Política de Colombia consagra los principios de dignidad humana, igualdad y no discriminación, y garantiza el acceso efectivo de todas las personas a los servicios públicos en condiciones de respeto y equidad. Mediante el Documento CONPES adoptado en el año 2025, se aprobó la “Política Nacional para la Garantía de los Derechos de la Población LGBTIQ+”, estableciendo lineamientos para eliminar barreras de acceso, prevenir actos de discriminación y asegurar una atención basada en el reconocimiento de la diversidad. La Superintendencia de Notariado y Registro ha expedido diversas circulares, protocolos, instructivos y lineamientos institucionales orientados a garantizar una atención digna, respetuosa e incluyente a las personas pertenecientes a la población LGBTIQ+, los cuales CIR-2026-000236-4 CIR-2026-000236-4Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025 continúan plenamente vigentes y son de obligatorio cumplimiento en la prestación del servicio público notarial.

En razón a petición presentada ante la Entidad resulta necesario reiterar a los notarios del Círculo de Ibagué - Tolima la obligación de observar integralmente dichos lineamientos, asegurando que todas las actuaciones notariales se desarrollen con pleno respeto por los derechos fundamentales de las personas usuarias del servicio. Con fundamento en lo anterior y en ejercicio de las funciones de orientación, inspección, vigilancia y control del servicio público notarial asignadas a la Superintendencia de

derechos fundamentales de las personas usuarias del servicio. Con fundamento en lo anterior y en ejercicio de las funciones de orientación, inspección, vigilancia y control del servicio público notarial asignadas a la Superintendencia de Notariado y Registro, y con el propósito de fortalecer la prestación del servicio bajo los principios constitucionales de dignidad humana, igualdad, respeto por la diversidad, inclusión y no discriminación, se considera necesario reiterar a los notarios del Círculo de Ibagué las obligaciones que les asisten frente a la atención de las personas pertenecientes a los sectores sociales LGBTIQ+, así: Todos los notarios, así como el personal vinculado a las notarías, tiene la obligación de garantizar un trato digno, respetuoso, igualitario y libre de cualquier forma de discriminación hacia las personas de los sectores sociales LGBTIQ+, en todas las etapas de la atención y prestación del servicio notarial, evitando cualquier conducta, expresión, requerimiento o actuación que implique trato diferenciado injustificado por razones de orientación sexual, identidad o expresión de género. De manera especial, se solicita dar aplicación a la circular CIR-2025-000312-4 expedida el 12 de septiembre de 2025 mediante la cual se socializó e insto a todos los notarios del país a adelantar las acciones necesarias para la implementación de la “Política Nacional para la Garantía de los Derechos de la Población LGBTIQ+” Se recuerda que la política pública adoptada mediante el CONPES 4147 – 2025 constituye un referente obligatorio para la actuación institucional y exige adoptar medidas orientadas a eliminar barreras de acceso al servicio, así como a prevenir actos de discriminación y a promover el reconocimiento y respeto de la diversidad garantizando una atención con enfoque diferencial y de derechos.

a eliminar barreras de acceso al servicio, así como a prevenir actos de discriminación y a promover el reconocimiento y respeto de la diversidad garantizando una atención con enfoque diferencial y de derechos. Adicionalmente, se reitera a los notarios que al interior de sus despachos se deberán incorporar estos lineamientos en sus procedimientos de atención al usuario y en las prácticas cotidianas de prestación del servicio público notarial. En tal virtud, se exhorta a los despachos notariales a realizar actividades de socialización, capacitación y sensibilización dirigidas a sus colaboradores, con el fin de fortalecer una cultura institucional basada en el respeto por la diversidad y en la garantía efectiva de los derechos humanos. La observancia de estas directrices constituye un elemento esencial para garantizar una prestación del servicio público notarial acorde con los principios constitucionales y legales que rigen la función notarial y con los compromisos institucionales asumidos por el Estado Colombiano en materia de derechos humanos e inclusión. Su cumplimiento es un deber inherente a la función pública notarial y hace parte de las obligaciones que deben observar quienes prestan el servicio público notarial, sin perjuicio de las actuaciones administrativas a que haya lugar en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control que ejerce lla Superintendencia de Notariado y Registro, en caso de que se evidencie el incumplimiento de las disposiciones legales o de los lineamientos impartidos por la Entidad. CIR-2026-000236-4 CIR-2026-000236-4Página | 3

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1116777573

ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA

Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado

Documento Firmado Electrónicamente

Elaboró: ZAYRA AMPARO SILVA GRANADOS / SDN

. ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN

CIR-2026-000236-4 CIR-2026-000236-4

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