SNR - Circular 2026070783727
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 2026070783727
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- —
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
CIRCULAR CIR-2026-000233-4
SDN-300
Bogotá, D.C., 6 de julio de 2026
PARA: NOTARIOS DEL PAIS
DE:
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado
Asunto: Comunicación de apertura de proceso de reorganización empresarialDeudor: CAMILO ALFREDO FONSECA RODRIGUEZ
La Dirección de Vigilancia y Control Notarial, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 26 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el Decreto 1554 de 2022, se permite poner en conocimiento de todos los Notarios del país la apertura del proceso de reorganización empresarial del señor CAMILO ALFREDO FONSECA RODRÍGUEZ,identificado con cédula de ciudadanía No. 1.095.799.023. Lo anterior, conforme a la comunicación allegada a esta Superintendencia bajo radicado SNR2026ER-087026-2 del 31 de marzo de 2026, mediante la cual la señora Claudia Patricia Navas Páez, en calidad de promotora, informa que la Superintendencia deSociedades, mediante Auto radicado 2024-06-006500 del 1 de noviembre de 2024, admitió al deudor al proceso de reorganización empresarial en los términos de la Ley 1116 de 2006,así como la posterior designación de promotora mediante Auto radicado
admitió al deudor al proceso de reorganización empresarial en los términos de la Ley 1116 de 2006,así como la posterior designación de promotora mediante Auto radicado 2026-06-001414del 5 de marzo de 2026. En cumplimiento de lo ordenado por la autoridad concursal y atendiendo la solicitud elevada a esta Superintendencia, se comunica a los despachos notariales del país que deberán tener en cuenta las siguientes directrices: • Abstenerse de autorizar actos o negocios jurídicos que impliquen disposición de bienes del deudor, en contravención de las reglas del proceso de reorganización empresarial. • Informar al promotor sobre la existencia de actos o contratos celebrados por el deudor dentro de los términos establecidos en la ley, cuando así sea requerido dentro del proceso concursal. • Remitir información relacionada con operaciones notariales en las que haya intervenido el deudor, cuando sea requerida dentro del proceso. Tener en cuenta que las CIR-2026-000233-4 CIR-2026-000233-4Página | 2
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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá
D.C. Colombia.
Código: AC-FR-003
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 actuaciones respecto de las obligaciones del deudor deberán sujetarse a las reglas del proceso de reorganización, en los términos de la Ley 1116 de 2006.
En esa medida, se remite para su conocimiento y actuaciones correspondientes, copia de la comunicación bajo radicado SNR2026ER-087026-2, junto con sus respectivos anexos.
Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
En esa medida, se remite para su conocimiento y actuaciones correspondientes, copia de la comunicación bajo radicado SNR2026ER-087026-2, junto con sus respectivos anexos.
Atentamente,
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1116777573
ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA
Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: Si
Copia
Elaboró: ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN Revisó: ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN Aprobó: ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN. ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN
CIR-2026-000233-4 CIR-2026-000233-4