SNR - Circular 267 de 2024
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 267 de 2024
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2024
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
CIRCULAR No.
Bogotá D.C.,
PARA: NOTARIOS DEL PAÍS
DE: SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA EL NOTARIADO
ASUNTO: DECRETO 1014 de 2024 – POR EL CUAL SE FIJAN CARACTERÍSTICAS Y VALOR
DE LA COPIA SIMPLE
Respetados Señores Notarios:
En ejercicio de las funciones de orientación sobre la aplicación de las normas que rigen la actuación notarial señaladas en el numeral 7 del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el artículo 6 del Decreto 1554 de 2022, la Superintendencia Delegada para el Notariado se permite informar acerca de la entrada en vigencia del Decreto 1014 de 2024 por medio del cual se modifica el artículo 2.2.6.13.2.1.4 de la Subsección 1, Sección 2, Capítulo 13 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, se definen las características de la copia simple y se fija su tarifa.
Al respecto se señala que a partir de la entrada en vigencia del Decreto las copias simples que expidan los notarios deben ser en papel común, no pueden contar con ningún sello, firma o rúbrica adicional a los plasmados en el documento reproducido y tendrán un valor de setecientos ($700) pesos IVA
los notarios deben ser en papel común, no pueden contar con ningún sello, firma o rúbrica adicional a los plasmados en el documento reproducido y tendrán un valor de setecientos ($700) pesos IVA incluido.
En consecuencia, se insta a todos los notarios del país a aplicar, a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto, la tarifa antes referida respecto de las copias simples que se expidan en sus despachos y a expedirlas conforme a los requisitos allí señalados.
Cordial saludo,
ISABELLA ANDREA HERNÁNDEZ ARANDA
Superintendente Delegada para el Notariado
Proyecto: Laura Tatiana Mendivelso M. / Abogada SDN
Revisó: Laura Ximena Cancino Fuentes / Asesor SDN