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SNR - Circular 267 de 2024

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 267 de 2024
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2024

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

CIRCULAR No.

Bogotá D.C.,

PARA: NOTARIOS DEL PAÍS

DE: SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA EL NOTARIADO

ASUNTO: DECRETO 1014 de 2024 – POR EL CUAL SE FIJAN CARACTERÍSTICAS Y VALOR

DE LA COPIA SIMPLE

Respetados Señores Notarios:

En ejercicio de las funciones de orientación sobre la aplicación de las normas que rigen la actuación notarial señaladas en el numeral 7 del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el artículo 6 del Decreto 1554 de 2022, la Superintendencia Delegada para el Notariado se permite informar acerca de la entrada en vigencia del Decreto 1014 de 2024 por medio del cual se modifica el artículo 2.2.6.13.2.1.4 de la Subsección 1, Sección 2, Capítulo 13 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, se definen las características de la copia simple y se fija su tarifa.

Al respecto se señala que a partir de la entrada en vigencia del Decreto las copias simples que expidan los notarios deben ser en papel común, no pueden contar con ningún sello, firma o rúbrica adicional a los plasmados en el documento reproducido y tendrán un valor de setecientos ($700) pesos IVA

los notarios deben ser en papel común, no pueden contar con ningún sello, firma o rúbrica adicional a los plasmados en el documento reproducido y tendrán un valor de setecientos ($700) pesos IVA incluido.

En consecuencia, se insta a todos los notarios del país a aplicar, a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto, la tarifa antes referida respecto de las copias simples que se expidan en sus despachos y a expedirlas conforme a los requisitos allí señalados.

Cordial saludo,

ISABELLA ANDREA HERNÁNDEZ ARANDA

Superintendente Delegada para el Notariado

Proyecto: Laura Tatiana Mendivelso M. / Abogada SDN

Revisó: Laura Ximena Cancino Fuentes / Asesor SDN

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