SNR - Circular 284 de 2024
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 284 de 2024
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2024
Superinte ndencia de Notariado y RegistroCIRCULAR No.
Para: De:
Asunto: Fecha: Directivos de la Superintendencia de Notariado y Registro, Nivel
Central y Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos. Secretaría General Disfrute de vacaciones pendientes. Respetados Directivos y Jefes de Oficina, reciban un cordial saludo: La Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro, procede a recordar algunos aspectos importantes frente al disfrute de las vacaciones de los funcionarios, con el propósito tomar las medidas administrativas necesarias para garantizar la efectividad de las mismas en la presente vigencia. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 1045 de 1978, los empleados públicos y trabajadores oficiales tienen derecho al disfrute de quince (15) días hábiles de vacaciones por cada año de servicios. Los artículos 12 y 13 del referido decreto establecen respecto el goce de las vacaciones que: "Las vacaciones deben concederse por quien corresponde, oficiosamente o a petición del interesado, dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho a disfrutarlas" (. . .) ARTÍCULO 13. De la acumulación de vacaciones. Solo se podrán acumular vacaciones hasta por dos años, siempre que ello obedezca a aplazamiento por necesidad del servicio". Por otra parte, el artículo 4 del Decreto 0199 de 2024 "Por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación", dispone: "(. . .) las entidades deben contar con un Plan Anual de Vacaciones, y estas no deben ser acumuladas ni interrumpidas.
Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación", dispone: "(. . .) las entidades deben contar con un Plan Anual de Vacaciones, y estas no deben ser acumuladas ni interrumpidas. Solo por necesidad del servicio previa disponibilidad presupuesta/ o retiro podrán ser compensadas en dinero". Página 11 Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13-49 Interior 201
Bogotá D.C .. Colombia Código: MP · CNEA - PO - 02 - FR - 07
Versión: 05
Fecha: 02 - 07 - 2024Superintendencia de Notariad o y RegistroAl respecto, desde la Secretaría General, se insta al cumplimiento de la normatividad que regula la materia y se le recuerda a todos los Directivos y Jefes de esta Superintendencia que, los funcionarios a su cargo deberán disfrutar las vacaciones de acuerdo con la programación y concertación realizada al inicio de la presente anualidad.
De igual manera, los Directivos y Jefes de Oficina deberán observar las disposiciones referidas, propendiendo por planear el disfrute de sus vacaciones, en periodos que no representen una posible contingencia debido a la ausencia de algunos funcionarios, por situaciones administrativas asociadas a lo dispuesto en la presente circular. En línea con lo mencionado, se solicita a todos los Directivos y Jefes de Oficina, dar cumplimiento de la programación concertada y remitir a la Dirección de Talento Humano, la reprogramación de las vacaciones suspendidas, y acumuladas, previo a una debida organización para garantizar el disfrute de las mismas, sin afectar la prestación del servicio.
Humano, la reprogramación de las vacaciones suspendidas, y acumuladas, previo a una debida organización para garantizar el disfrute de las mismas, sin afectar la prestación del servicio. Agradecemos su atención y colaboración en este proceso. Atentamente, Aprobó·
Revisó:
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Secretario General Superintendencia de Notariado y Registro Gisselle Carolina Martinez FreiterDirectora de Talento Humano J j /J Rosa Maria Bohórquez - Contratista S.G. fi Juan Carlos Díaz OsarioContrasta DTH
Proyectó: lsabella Oñate Yani - Contratista DTH
Página 12 Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N' 13 - 49 Interior 201
Bogotá D.G., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
Versión: 05
Fecha: 02 - 07 - 2024