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SNR - Circular 363 de 2024

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 363 de 2024
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2024

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

DTR – 752 Bogotá D.C., 01 de noviembre de 2024

CIRCULAR No.

PARA: REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS.

DE: DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO.

ASUNTO: DIRECTRIZ PARA LA SOLICITUD DE PERMISOS DURANTE LOS DÍAS VEITINSEIS (26) Y VEINTISIETE (27) DE DICIEMBRE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA CIRCULAR No. 360 de 1° de NOVIEMBRE DE 2024, EXPEDIDA POR

LA SECRETARÍA GENERAL - SNR.

Apreciados Registradores.

De acuerdo a lo establecido en el numeral 11, del artículo 20 del Decreto 2723 de 2014, corresponde a l a Dirección Técnica de Registro a doptar las medidas para apoyar a las Oficinas de Registro, con el fin de evitar la afectación de la prestación del Servicio Público Registral, de igual forma la Resolución No. 4815 del 04 de mayo de 2015, en su artículo primero (1°), dispone que el Director Técnico de Registro adoptará las decisiones administrativas tendientes a autorizar la suspensión de términos y la no prestación del Servicio Público cuando las circunstancias así lo ameriten.

primero (1°), dispone que el Director Técnico de Registro adoptará las decisiones administrativas tendientes a autorizar la suspensión de términos y la no prestación del Servicio Público cuando las circunstancias así lo ameriten.

De conformidad con el artículo 1° de la Resolución No. 06972 del 02 de julio de 2024, el horario habitual de trabajo de los funcionarios de nivel central de la Superintendencia de Notariado y Registro y de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., incluida una (1) hora de almuerzo y el horario de atención al público en las oficinas de Registro de Instrumentos Públicos será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., en jornada continua.

Ahora bien, la Secretaría General, atendiendo lo solicitado por la Oficina de Tecnologías de la Información a través de oficio radicado bajo el consecutivo SNR2024IE01871, en el que se establece la necesidad de apagar los sistemas y aplicaciones de la SNR , sin ningún contratiempo, del 30 de diciembre de 2024 al 03 de enero de 2025, con el fin de fortalecer los sistemas misionales de la entidad y de esta forma poder brinda r un servicio púb lico eficiente, expide la Circular No. 360 del 01 de noviembre de 2024.

En este sentido, la Circular mencionada otorga un único turno de descanso compensado de fin de año, comprendido desde el 30 de diciembre de 2024 hasta el 03 de enero de 2025,Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

de fin de año, comprendido desde el 30 de diciembre de 2024 hasta el 03 de enero de 2025,Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 03

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

con la finalidad de facilitar a los servidores públicos compartir con sus familias las festividades de fin de año, propiciando espacios de bienestar que continúen incentivando el compromiso constante con la Superintendencia de Notariado y Registro.

Al respecto, es importante precisar que la Circular No. 360 de 2024, expedida por Secretaria General de la SNR, señala:

“(…) Parágrafo Tercero: Durante los días jueves veintiséis (26) y viernes veintisiete (27) de diciembre de 2024, se ha dispuesto que las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país extiendan su horario laboral, a fin de garantizar que todos los ciudadanos accedan a los servicios ofrecidos por la Superintendencia antes de la finalización de la vigencia 2024, razón por la cual, durante estas fechas el horario de atención al público será desde las 7:00 a.m. hasta las 5:00 p.m. y el horario laboral para los funcionarios será 7:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.(…)”.

Con el propósito de dar una aplicación favorable al turno de descanso compensado en los términos establecidos en la Circular No. 360 de noviembre 1° de 2024, expedida por la

Con el propósito de dar una aplicación favorable al turno de descanso compensado en los términos establecidos en la Circular No. 360 de noviembre 1° de 2024, expedida por la Secretaría General de la SNR, se informa que no habrá lugar a la consecución de permisos por el día de la familia, por día de cumpleaños y por diligencias personales, durante los días veintiséis (26) y veintisiete (27) de diciembre de 2024. Por lo tanto, los permisos antes referidos deberán solicitarse para fechas anteriores a los días indicados.

En virtud a lo descrito anteriormente, respetuosamente se insta a los Registradores de Instrumentos Públicos, que en caso de requerir permiso para citas médicas, estas deben s er agendadas en fechas diferentes al veintiséis (26) y veintisiete (27) de diciembre de 2024. Así mismo, el tramite de solicitud se debe realizar con cinco (05) días hábiles de antelación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 06972 del 02 de julio de 2024, expedida por el Superintendente de Notariado y Registro.

Atentamente,

OLMAN JOSÉ OLIVELLA MEJÍA

DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO

Proyectó: Daniel Esteban Parrado García – Contratista DTR

Revisó: Laura Camila Carvajal Díaz – Abogada Contratista DTR

Vo.Bo.: Daniela López Ibarra – Abogada Contratista DTR

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