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SNR - Circular 370 de 2024

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 370 de 2024
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2024

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

CIRCULAR Nº _____

DTR

Bogotá, D.C., _________________ de 2024

PARA: SEÑOR REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE

BOGOTÁ ZONA CENTRO

DE: DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTRO

ASUNTO: Comunicación - inscripción del Auto Radicado 2024-01-206512 de fecha 15/04/2024, emitido por la Superintendencia de Sociedades, mediante el cual se decreta el proceso de Intervención Judicial de la Sociedad PROCESADORA COLOMBIANA DE VINOS S.A.S . identificada con el NIT. 860.508.129-3.

De conformidad con las funciones asignadas a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, según lo establecido en el Decreto 2723 de 2014, artículo 22, numeral 4, para su conocimiento y fines pertinentes, se remiten por competencia y respectivo trámite, los documentos allegados a esta Superintendencia bajo el radicado SNR2024ER126864 de fecha 25/10/2024. Estos documentos fueron remitidos por l a Doctora Adriana Marcela Avendaño Paniagua , Promotora designada por la Superintendencia de Sociedades.

El mencionado acto administrativo en su artículo décimo séptimo requiere:

remitidos por l a Doctora Adriana Marcela Avendaño Paniagua , Promotora designada por la Superintendencia de Sociedades.

El mencionado acto administrativo en su artículo décimo séptimo requiere: “Décimo séptimo: Decretar el embargo de los bienes sujetos a registro de propiedad de la sociedad concursada, con la advertencia que las medidas cautelares de naturaleza concursal prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en otros procesos.”

De acuerdo con la consulta realizada a nivel nacional a través del aplicativo VUR el día 05 de noviembre de 2024, se verificó que la Sociedad concursada cuenta con registro de bienes inmuebles en esa Oficina de Registro. Los folios encontrados son 50C-935509 y 50C-118930.

Con el propósito de atender lo solicitado por la promotora designada por la Superintendencia de Sociedades, y con base en la información recibida, es fundamental revisar los datos proporcionados y realizar las consultas pertinentes que permitan identificar todos los folios de propiedad de la mencionada sociedad.Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Tener en cuenta previo a inscribir la medida solicitada, se debe efectuar el debido control de legalidad.

De igual manera, se sugiere que la respuesta a este trámite sea enviada directamente a la Superintendencia de Sociedades a los correos electrónicos :

Tener en cuenta previo a inscribir la medida solicitada, se debe efectuar el debido control de legalidad.

De igual manera, se sugiere que la respuesta a este trámite sea enviada directamente a la Superintendencia de Sociedades a los correos electrónicos : apoyojudicial@supersociedades.gov.co, medcautelaresjudc@supersociedades.gov.co, y procevinos@hotmail.com, con el fin de asegurar una gestión eficiente y oportuna del proceso.

OLMAN JOSÉ OLIVELLA MEJÍA

DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO

Proyectó: Efrén Latorre

Reviso: Ricardo José Rincón M.

Aprobó: María Leonor Guerrero Anexos: Un (1) archivo que contiene en 11 Folios

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