SNR - Circular 406 20241129141932 de 2024
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 406 20241129141932 de 2024
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2024
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
CIRCULAR No.
DTR
Bogotá, 18 de noviembre de 2024
PARA: REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PUBLICOS
DE: DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO
ASUNTO: Inscripción de la RESOLUCION 03740 de 2018Institutos de salvamento a favor de la
Universidad Autónoma del Caribe ( UNIAUTÓNOMA)
Apreciados Señores Registradores: De conformidad con las funciones asignadas a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos en el Decreto 2723 de 2014, articulo 22 numeral 4, remito para el trámite correspondiente los documentos allegados a la SNR con radicado SNR2024ER13850 de fecha 14 de noviembre de 2024, por la Subdirección de Inspección y Vigilancia del Ministerio de Educación Nacional.
Tales documentos son, en su orden:
1. Oficio con radicado 2024-EE321012 de 13 de noviembre de 2024, con el cual se comunica a esta entidad “ la reiteración de lo ordenado en la Resolución No. 03740 de 2018, a través de la cual el Ministerio de Educación Nacional dispone la aplicación de institutos de salvamento a favor de la Universid ad Autónoma del Caribe ( UNIAUTÓNOMA), entre los cuales se destacan “ la imposibilidad de registrar la cancelación de cualquier gravamen
de la cual el Ministerio de Educación Nacional dispone la aplicación de institutos de salvamento a favor de la Universid ad Autónoma del Caribe ( UNIAUTÓNOMA), entre los cuales se destacan “ la imposibilidad de registrar la cancelación de cualquier gravamen constituido a favor de la institución de educación superior, salvo expresa autorización del Ministerio de Educación Nacional, la cancelación de los gravámenes y embargos decretados con anterioridad a la medida que afecten bienes de la entidad”
“Por otro lado en el citado acto administrativo se ordenó a través de la Superintendencia de Notariado y Registro informar a todos los Registradores de Instrumentos Públicos en aras de dar aplicación a estas medidas.”.
2. Al efecto, e n la mencionada Resolución, (que en copia se anexa) se dispone, entre otras
cosas:
“ARTICULO SEGUNDO. Como consecuencia de los “Institutos de Salvamentos adoptados en el artículo anterior, el Ministerio de Educación en aras de dar aplicación a estas medidas, ordena comunicar a través de la Dirección de Calidad para la Educación Superior el contenido de esta Resolución y las medidas de salvamento adoptadas en esta ResoluciónPágina | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 07
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
al Consejo Superior de la Judicatura (…) , a la Superintendencia de Notariado y Registro, para que por su intermedio se informe a los Registradores de Instrumentos Públicos. (…)”
Fecha: 02 – 07 - 2024
al Consejo Superior de la Judicatura (…) , a la Superintendencia de Notariado y Registro, para que por su intermedio se informe a los Registradores de Instrumentos Públicos. (…)”
Por lo anteriormente, expuesto, se solicita dar cumplimiento a la resolución en cita e informar al Ministerio de Educación Nacional sobre el Registro de la Resolución y las medidas de Salvamento.
Igualmente y de manera cordial se solicita NO remitir información a esta Dirección, únicamente enviarla a la entidad competente.
Atentamente,
OLMAN JOSÉ OLIVELLA MEJÍA
DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO
Proyectó: Carlina Gómez Durán
Revisó: María Leonor Guerrero Fiquitiva
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