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SNR - Circular 471 de 2025

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Circular 471 de 2025
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

CIRCULAR CIR-2025-000471-4

SDN-300

Bogotá, D.C., 17 de diciembre de 2025

PARA: NOTARIOS DEL PAÍS Y ENTIDADES OBLIGADAS AL REPARTO

DE: SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA EL NOTARIADO.

ASUNTO: SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DEL REPARTO NOTARIAL

Respetados señores,

La Superintendencia Delegada para el Notariado tiene a su cargo, entre otras funciones, la orientación sobre la aplicación de las normas que rigen la actuación notarial, como se señala en el numeral 7° del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el artículo 6 del Decreto 1554 de 2022. En virtud de lo anterior, y conforme a lo establecido en la Circular 2025-000392-4 del 07 de noviembre de 2025, la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro, informó “que la Oficina de Tecnologías de la Información a través del oficio SNR2025IE-032384-3, de fecha 06 de noviembre de 2025, tiene programada una actualización de bases de datos de los sistemas misionales, cambios de discos en los servidores EXADATA X6, en el cual se ejecutan los sistemas de información VUR, SIR, Nodo Central y exentos, con el fin de fortalecer los sistemas misionales de la entidad y puedan así recibir la migración programada

cambios de discos en los servidores EXADATA X6, en el cual se ejecutan los sistemas de información VUR, SIR, Nodo Central y exentos, con el fin de fortalecer los sistemas misionales de la entidad y puedan así recibir la migración programada de FOLIO a SIR en el 2026.” “Por tal razón, y con el propósito de realizar las actividades antes descritas, se hace necesario apagar los sistemas y aplicaciones de la SNR, sin ningún contratiempo, del 28 de diciembre de 2025 al 02 de enero de 2026, con el fin de fortalecer los sistemas misionales de la entidad y de esta forma poder brindar un servicio público eficiente,” En virtud de lo expuesto, esta Delegada para el Notariado se permite informar que a partir del viernes veintiséis (26) de diciembre de 2025 y hasta el dos (2) dePágina | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá

D.C. Colombia.

Código: AC-FR-003

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025 enero de 2026, quedarán suspendidos los trámites y términos respecto del Reparto Notarial que se encuentra a cargo de la Dirección de Administración Notarial.

Por lo anterior, únicamente se recibirán y tramitarán las solicitudes de reparto que se radiquen hasta las 12:00 del medio día, del día veintiséis (26) de diciembre de dos mil veinticinco (2025). Las solicitudes que realicen con posterioridad a la fecha indicada, serán tramitadas el día cinco (5) de enero de 2026, una vez se restablezca el sistema.

diciembre de dos mil veinticinco (2025). Las solicitudes que realicen con posterioridad a la fecha indicada, serán tramitadas el día cinco (5) de enero de 2026, una vez se restablezca el sistema. Finalmente, se reitera la recomendación sobre el cuidado y debido diligenciamiento de las solicitudes de reparto notarial, a efectos de evitar incurrir en errores, pues los actos administrativos por medio de los cuales se resolverán las solicitudes de correcciones y/o anulaciones derivados de las actas de reparto notarial, serán expedidos a partir del cinco (05) de enero de 2026.

Cordialmente,

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1116777573

ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA

Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia

Elaboró: CARLOS ENRIQUE MELENJE HURTADO / DAN

Revisó: . ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN

Aprobó: . LAURA XIMENA CANCINO FUENTES / SDN

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