SNR - Circular 63 2025021790324 de 2025
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Circular 63 2025021790324 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2025
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
DE: DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTRO
ASUNTO: Comunicación Auto Radicado 2024-01-953441 de fecha 18/12/2024, emitido por la Superintendencia de Sociedades , de Apertura del proceso de Liquidación Judicial de los bienes de la Sociedad ELEDS
S.A.S. NIT. 900.242.647-8
De conformidad con las funciones asignadas a las O ficinas de Registro de Instrumentos Públicos, en el numeral 4º, artículo 22, Decreto 2723 de 2014, para su conocimiento y fines pertinentes se remiten los documentos allegados a esta Superintendencia con radicado SNR2025ER008269 de fecha 29/01/2025, por el Doctor Fabián José d e León Céspedes , Liquidador designado por la Superintendencia de Sociedades.
“Primero. Decretar la apertura del proceso de liquidación judicial de los bienes de la sociedad ELEDS SAS, identificada con el NIT 900.242.647, con domicilio en la ciudad de BOGOTÁ D. C., lo anterior de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.” (…) “Décimo octavo . Decretar el embargo y secuestro de todos los bienes, haberes y derechos de propiedad de la sociedad susceptibles de ser embargados. Décimo noveno. Ordenar al liquidador que, dentro de los cinco (5) días siguientes a su
(…) “Décimo octavo . Decretar el embargo y secuestro de todos los bienes, haberes y derechos de propiedad de la sociedad susceptibles de ser embargados. Décimo noveno. Ordenar al liquidador que, dentro de los cinco (5) días siguientes a su posesión, proceda a inscribir la presente providencia en las oficinas de registro correspondientes, a efectos de que queden inscritos los embargos.”
Atentamente solicitamos que las respuestas a este trámite, sea enviada directamente al liquidador al correo electrónico: itsasenliquidacionjudicial@gmail.com, con el fin de asegurar una gestión eficiente y oportuna.
OLMAN JOSÉ OLIVELLA MEJÍA
DIRECTOR TÉCNICO DE REGISTRO
Proyectó: Efrén Latorre
Reviso: Piedad Figueroa C.
Aprobó: María Leonor Guerrero Anexos: Un (1) archivo que contiene en 17 Folios
CIRCULAR Nº 063DTR
Bogotá, D.C., 17 de febrero de 2025