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SNR - Instrucción administrativa 08 de 2014

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Instrucción administrativa 08 de 2014
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2014

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO £ REGISTRO La guarda de la te pública

INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA N0 08

PARA . REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS

DE SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO

ASUNTO: ALCANCE INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA No.5 de SEPTIEMBRE

DE 2013

FECHA MAYO 30 DE 2014

Atento saludo señores Registradores Con toda atención les informo, que la Superintendencia Delegada para el Registro, ha venido haciendo un seguimiento al cumplimiento de la Instrucción Administrativa No 05 del 2 de septiembre de 2013, en relación con la eliminación del número secuencial en el trámite registral, así como al desarrollo del proceso de Depuración de Índices de Propietarios dentro del Proyecto de la Interrelación Registro Catastro, de la SNR. En dicho seguimiento se encontró que no se está dando cumplimiento a la directriz relacionada con el NO USO del número secuencial en el registro inmobiliario, razón por la cual, para dar alcance a la Instrucción Administrativa No 05 del 2 de septiembre de 2013, les informo que a partir de la fecha, NO se permitirá su uso, en las inscripciones de actos o documentos sujetos a registro Igualmente se evidencia, que muchos funcionarios calificadores, al momento de realizar la correspondiente inscripción, además de hacerlo con número secuencial, hacen uso de la casilla “participación”, del folio de matrícula inmobiliaria, para consignar allí el número del documento de identidad de las intervinientes o el nombre de éstos Asi las cosas, me permito recordarles, el uso exclusivo de la casilla rr ' Ps Superintendencia de Notariado y Registro

consignar allí el número del documento de identidad de las intervinientes o el nombre de éstos Asi las cosas, me permito recordarles, el uso exclusivo de la casilla rr ' Ps Superintendencia de Notariado y Registro ER 5 Calle 26 No 13-49 Int 201 - PBX (1)328-2121 mu | Net E 4 h: Bogotá DC - Colombia 180.900: Ke hito /Amww supemotanado gov co Qicontes Certificado NS THA £ratllicado NP 1741SUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO

2. REGISTRO La guarda de la fe pública denominada “participación” del follo de matrícula inmobiliaria, para el contenido expreso de la información que allí debe consignarse y no otra diferente Finalmente se estableció que no se está dando uso a la causal de devolución No 145 "FALTA CITAR DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DE LA (S) PERSONA (S), SOBRE LA (S) CUAL

(ES) RECAE LA MEDIDA JUDICIAL, ADMINISTRATIVA O ARBITRAL (ARTÍCULOS 10, 16, PARAGRAFO 12. Y 31 LEY 1579/12). ” Es así entonces, que les rertero la obligación que tienen al momento de calificar actos o documentos en los cuales no se cita el número del documento de identificación de los intervinientes, de devolverlos sin registrar, a la oficina de ongen, utilizando la causal de nota devolutiva 145, arriba citada. Cordial saludo,

SoRer ENRIQUE VÉLEZ GARCÍA

SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO y

Dr Enrique José Nates Guerra Superintendente Delegado Para Registro Dr Marcos Jaher Parra Oviedo, Jefe Oficina Asesora Jurídica Oy

SoRer ENRIQUE VÉLEZ GARCÍA

SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO y

Dr Enrique José Nates Guerra Superintendente Delegado Para Registro Dr Marcos Jaher Parra Oviedo, Jefe Oficina Asesora Jurídica Oy Aprobó. Dra María Victoria Bulles Asesora Despacho Superintendente, WW? 4

Proyectó: Consuelo Colorado Silva. Abogado Proc Depuración Cédula

Supermtendencia de Notariado y Registro Calle 26 No 13-49 Int 201 - PBX (1)328-2121 E Bogota DS - Colombia 150 9001 E ¿ http ¿aww supernotanado gov co Certificado N' 80 70051 Certificado N GP 1741

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