🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SNR - Instrucción administrativa 09 de 2013

Superintendencia de Notariado y Registro

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SNR - Instrucción administrativa 09 de 2013
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2013

SUPERINTENDENCIA

DE NHOTARIADO £ REGISTRO ú da géoido de fo do páliica

INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA (9

PARA: Registradoras de Instrumentos Públicos

DE: Superintendente de Notariado y Registro.

ASUNTO: PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN REGISTRAL DE DERECHOS PATRIMONIALES SOBRE TERRITORIOS DE COMUNIDADES INDIGENAS Y NEGRAS, (RUTA ETNICA) FECHA; 21 Nov 208

Respetados señores; La presente Instrucción Administrativa, se emite con el fin de que las funcionarios a quienes va dirigida, reciban orientación en relación con los trámites que deben surtir Jos acios administrativos proferidos en desarollo de los procedimientos sórricistratiwos de protección de derechos termoriales sobre propiedades colectivas, ya sean resguardos indigenas o consejos comunitarios de Comunidades Negras. En la Ley 387 de 1997 se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado y la atención, protección, consolidación y estabilización socioecanómica de los desplazados por la violencia en Colombia, La Ruta de Protección de los Derechos Territoriales de los Grupos Étnicos es un mecanismo especial de protección que contribuye a la salvaguarda de los derechos territoriales colectivos de las comunidades indigenas y negras en riesgo o en situación de desplazamiento, vulneradas o amenazadas por la vlolencia, o afectadas por la construcción u operación de megaproyectos económicos de monocultivos o de explotación minera, turistica 6 portuaña u otros similares!. Este Mecanismo busca garantizar para dichas comunidades el derecho fundamental constitucional al teríoria, considerada éste como su principal media

explotación minera, turistica 6 portuaña u otros similares!. Este Mecanismo busca garantizar para dichas comunidades el derecho fundamental constitucional al teríoria, considerada éste como su principal media de subsistencia fisica y espiritual, con lo que se aseguraria su pervivencia social y culturalmente Ch diferenciada. ? La Corte Constitucional estableció estas como categorías de afectación a los derechos territoriales de los grupos étnicos, en los autos 004 y 005 de 2009 de seguimiento a la Sentencia T-025 de 2004. Superintendencia de Noterlado y Reghtro OA Gale 2% Ho. 1948101 201 PEA 30621 ¡e HeE ¿ le: Bogotá EC, Colembia pa a hiela pomo la dacn oraSUPERINTENDENCIA, DE NOTARIADO 5 REGISTRO to uo 4870 fe público Par lo tanto, és mecesaño precisar el procedimiento registral que se debe llevar a cabo para dar cumplimiento a lo ordenado en los Autos de Seguimiento 004 y 005 de 2009, proferidos por la Corte Constitucional y lo precepluado en el Decreto 4633 del 9 de Diciembre de 2011.

RUTA DE PROTECCIÓN ETNICA — COMUNIDADES INDIGENAS.

En el articulo 205 de la Loy 1448 de 2011, el señor Presidente de la República fue envestido de precisas facultades extraordinarias para expedir por medio de decreto con fuerza de ley, la regulación de los derechos Y garantias de las victimas pertenecientes a pueblos y comunidades indigenas, ROM y negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras en lo relativos, entre otras cosas, a generar el marco legal de la

derechos Y garantias de las victimas pertenecientes a pueblos y comunidades indigenas, ROM y negras, afrocolombianas, raizales y palanqueras en lo relativos, entre otras cosas, a generar el marco legal de la politica pública de atención, reparación integral y de restitución de tierras de las victimas pertenecientes a pueblos y comunidades indigenas, ROM, negras, afrocolombianas, raizales y palangueras de conformidad con la Constitución Nacional, los instrumentos intemacionales que hacen parte del bloque de constitucionalidad, las leyes, la junsprudencia, los principios internacionales a la verdad, la justicia, la raparación y las garantlas de qu renatición . Es así que mediante el Decreto Ley 4633 del 9 de diciembre de 2011, se dictan medidas de asistencia, atención, Teparación integral y de restitución de derechos territoriales a las victimas pertenecientes a los pueblos y Comunidades Indigenas. El arliculo 150 del Decreto Ley 4633 de 2011 indica que la Ruta de protección de Derechos Territoriales Étnicos es un mecanismo que adelanta la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, con el fin de prevenir afectaciones territoniales o, una vez consumadas, facilitar ta reltución y lormalización el constiyitzs c0mo prueba sumaña, prerño al inicio de los respectios irémiles de restitución, tanto en la esfera administrativa como judicial,

SOLICITUD DE LA MEDIDA.

Las solicitudes de protección y/o restitución se presentarán de Manera verbal o escrita ame la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. En aquellos casos en los cuales

SOLICITUD DE LA MEDIDA.

Las solicitudes de protección y/o restitución se presentarán de Manera verbal o escrita ame la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. En aquellos casos en los cuales las oficinas de la Defensoría del Pueblo y los Centros Regionales de Atención y Reparación a Victimas identifiguen despojo y/o abandono de territorios indigenas, remitirán los casos a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. os trámites de solicitudes individuales de integrantes de pueblos indigenas, sarán acumulados a los de restitución y protección del título colectivo.

ESTUDIO PRELIMINAR.

Las solicitudes se remitirán a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despajadas dentro de los tres (3) dias hábiles siguientes a su presentación, | Superintendencia de Notarado y Registra G ra Cale 8 Ho. 134910. 201 POX (1192821 21 | ee Boga DC. Colomb E poa] + j hill Lava uperrcla iledo gor. bo , pol UPROSUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO 5 REGISTRÓ Lo guoido de lu fe pública Dentro de los tres (3) dias hábiles siguientes a la radicación de la solicitud, la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas asumirá el estudio preliminar del caso y para tal electo, dispondrá su documentación básica, apoyándose en las fuentes institucionales como el Incoder, las Oficinas de Instrumentos Públicos, el Instituto Geográfico Agustín Codazzl y las demás de la Red Nacional de Información nara la Mención y Reparación a las WMictimas.

las Oficinas de Instrumentos Públicos, el Instituto Geográfico Agustín Codazzl y las demás de la Red Nacional de Información nara la Mención y Reparación a las WMictimas. La solicitud de Protección, se remitirá al INCODER, para que este Instituto la ingrese en el Registro Único de Predios y Territorios Abandonados a causa de la violencia — RUPTA, que a su vez lo remitirá a la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Élnicos, para que determine si al territorio indígena del cual se Solicita la medida, se encuentra titulado o en proceso de formalización, En el caso de que la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Élnicos no tenga registros de ningún proceso iniciado, o que se haya iniciado pero aun no hubiese sido culminado el procedimiento, el INCODER lo priorizara y procederá a realizar la constitución, ampliación, saneamiento o raestruciuración del Respectivo Resguardo Indigena. Una vez la solicitud sea ingresada en el RUPTA y consultada por la subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Élnicos del INCODER, la solicitud retornará a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, y una vez culminado el estudio preliminar, aplicará la ruta de protección,

INSCRIPCIÓN DE LA MEDIDA.

La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, mediante Acto Administrativo debidamente morado omenara la protección del temioño inúigena, identificando el nombre de la comunidad y el folio de la matricula inmobiliaria objeto de la medida y ordenara a la oficina de Registro de Instrumentos Públicos del circulo respectivo, que, con fines de publicidad, en cinco (5)

comunidad y el folio de la matricula inmobiliaria objeto de la medida y ordenara a la oficina de Registro de Instrumentos Públicos del circulo respectivo, que, con fines de publicidad, en cinco (5) días hábiles inscriba la medida de protección en al folio de matricula inmobiliaria del territorio Indigena. El Registrador de Instrumentos Públicos procederá a realizar la inscripción con el siguiente código registral:

0900 OTROS

DBAD MEDIDA DE PROTECCIÓN A SOLICITUD DE LA COMUNIDAD INDIGENA.

Una vez sea inscrita la medida de protección por ruta Élnica el Registrador de Instrumentos Públicas, remitirá constancia de dicha inscripción a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Oy Tlerras. RUTA DE PROTECCIÓN ETNICA - COMUNIDADES NEGRAS, Suporintendoncia de Notariado y Reglslro PO, Calie 28 Mo. 13 48 1 301 PEX TERRA Ln A Bogotá DE. - Columbia a A biinctrore Supe matando now 09

——SUPERINTENDENCIA

DE NOTARIADO E REGISTRO E - Lo guardo de do de pública En desarrallo de los procedimientos de consulta previa realizados con las comunidades negras, para la expedición de la norma de reparación de victimas, estas comunidades decidieron seguir utilizando la ruta planteada por el extinto Acción Social, en desarrollo de la orden quinta del Auto de saguimiento 005 de 2009 de la Corle Constitucional, mediante el siguiente procedimiento: - La solicitud de protección pueden presentarla la autoridad étnica, el representante legal o un miembro del Consejo Comunilaña y el Ministeño Público, cuando tenga conocimiento de

2009 de la Corle Constitucional, mediante el siguiente procedimiento: - La solicitud de protección pueden presentarla la autoridad étnica, el representante legal o un miembro del Consejo Comunilaña y el Ministeño Público, cuando tenga conocimiento de afectaciones sobre un territorio étnico, esta solicitud se presenta ante Un agente del Ministerio Público (Personerias, Procuradurias regionales y provinciales y Defensorla del Pueblo) - Con la presentación de la solicitud se activa la aplicación de los procedimientos de la Ruta Élnica. - Una vez el Ministeño Público recibe la solicitud, debe remilirla al INCODER nacional para que éste la ingrese en el RUPTA y verifique que el objeto de la solicitud es un territorio étnico, por lo cual realiza la consulta con la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Ásuntos Etnicos pará que verifique si el territorio ya se encuentra titulado o está en proceso de titulación, sí no se encuentra información se remitirá esta consulta al Instituto Colombiano de Antropologia e Histarla -ICANH para que determine si existen elementos que puedan determinar el asentamiento de la comunidad negra en los territorios de los cuales se solicita Protección. - — Enelcaso de que la Subgerencia de Promoción, Seguimiento y Asuntos Étnicos na tenga registros de hingún proceso iniciado, y que se haya iniciado pero aun no hubiese sido culminado el procedimiento, el INCODER la priorizara y procederá a realizar la legalización del temitorio donde se encuentra asentado el respectivo Consejo Comunitario, - — Posteriormente el INCODER procede a enviar la solicitud al Ministerio del Intenor (Dirección de Comunidades Negras, Atrocolombianas, Raizales y Falanqueras] Para que constate la pertenencia

se encuentra asentado el respectivo Consejo Comunitario, - — Posteriormente el INCODER procede a enviar la solicitud al Ministerio del Intenor (Dirección de Comunidades Negras, Atrocolombianas, Raizales y Falanqueras] Para que constate la pertenencia del peticionario a la comunidad élnica que representa. - El Ministerio del Interior (Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palanqueras), elabara el respectivo acto administrativo que ordena la protección del terrilona colectivo y oficia al INCODER quien remitirá a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Este Acto Administrativo deberá contener información básica respecto de la comunidad que salicita la protección, como el nombre del Consejo Comunitario, nombre del representante legal y folio o folios de matricula inmobiliaria que identifican el territorio colectivo objeto de protección. O - Una vez se remite a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos el Registrados procedera a verificar la información conferida en el Alo Samnsitaitto y al veñicas la exjetencia del follo de Superintendencia de Notariado y Reglstro G Pa POR Calle M6 Ha. 1148 Im. 2071 PA 1 Ja Let E 6] Bros A E Marena poe 4 Hills ema su peolaE2Ó0 cera. cuE REGISTRO IPARA TODOS bo. geordo dedo ke púbica a matricula inmobiliaria, procederá a realizar la inscripción de la medida de protección con el

S5UFERINTEN DENCIA

DE NOTARIADO Mi PROSPERIDAD

siguiente código registral:

0900 OTROS

0941 MEDIDA DE PROTECCIÓN A SOLICITUD DE COMUNIDADES NEGRAS.

S5UFERINTEN DENCIA

DE NOTARIADO Mi PROSPERIDAD

siguiente código registral:

0900 OTROS

0941 MEDIDA DE PROTECCIÓN A SOLICITUD DE COMUNIDADES NEGRAS.

Una vez sea inserta esta medida de protección, el Registrador de Instrumentos Públicos remitirá la constancia de loscripción al Ministerio del interior Dirección de Comunidades Megras, Airocolembianss, Raizales y Palanqueras] PROCEDENCIA DE LA INCRIPCIÓN: Es preciso que tengan en cuenta Señores Registradores, que sólo procede las medidas de protección étnicas cuando sean ordenadas mediante los actos administrativos idóneos, de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de tierras en el caso de Comunidades Indigenas, y del Ministerio del interior (Dirección de Comunidades Negras, Miocolombianas, Raizales y Palanqueras), en el caso de comunidades negras. Es conveniente resallar que las medidas de protección colectivas ordenadas por los Comilés de Atención Integral a la Población Desplazada y por los actuales Comités de Justicia Transicional no se excluyen con las medidas de protección dadas en desarrollo de la Ruta Élnica. Dadá la naturaleza especial de este procedimiento y que se realiza en virtud de normas de caracter constitucional En aras dela protección y Tetonocimiento de Jos Óerechos ancestrales de las comunidades indigenas y negras es solicitamos y agradecemos el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los contenidos de las disposiciones normativas antes ciladas y del procedimiento que se ha establecido para la inscripción y desarrollo de las medidas de protección dadas en la Ruta Elnica.

Con toda atención:

E: CASA ,

JORGE ENRIQUE VELEZ GARCÍA

contenidos de las disposiciones normativas antes ciladas y del procedimiento que se ha establecido para la inscripción y desarrollo de las medidas de protección dadas en la Ruta Elnica.

Con toda atención:

E: CASA ,

JORGE ENRIQUE VELEZ GARCÍA Superintendente de Notariado y Registro OQ Renssión y Apmobaciór Mater il Pra Cda, dele Oña seen ra Jard ica. Llanes Mesa Guerra Sipenmentcak Ucicgado Fara la Peoleccióa, Restluctn y Forma ltacón de Tierras Naña Fatrls Palma Farga! Dosis adoos Guo de Protección Palemona. Meca biie ¿age hndrs Nalón Fiore] Esperrlesdo Superintendencia de Notariado y Registro La A, Calle 26 No. 1349 Int 201 PH dad o ; 4 E] la ii Dugot DE... Colemta

Consultar sobre este documento ...