SNR - Instrucción administrativa 09 de 2020
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Instrucción administrativa 09 de 2020
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2020
El futuro Gobierno
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO
8. REGISTRO La guarda de la fe pública es de todos de Colombia
09 INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA
Bogotá D.C. 17 de junio de 2020
PARA : Notarios que cuenten con el aplicativo VUR, Registradores de Instrumentos Públicos de las ORIP habilitadas con la medida de radicación remota no presencial, funcionarios y contratistas con el rol de aprobadores de las oficinas de registro de instrumentos públicos de Neiva y Valledupar y del nivel central.
DE : Superintendente de Notariado y Registro.
ASUNTO : Habilitación de la Radicación Remota no Presencial en las Oficinas de Registro de
Instrumentos Públicos de Neiva y Valledupar. Respetados Notarios, Registradores, funcionarios y contratistas aprobadores: De conformidad con lo dispuesto en la Instrucción Administrativa 05 de 11 de abril de 2020, se habilita la radicación remota no presencial en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos de las ciudades de Neiva y Valledupar, a partir del 18 de junio de 2020. Asi las cosas, a partir de la citada fecha, las 293 Notarias que cuentan con el Liquidador de Derecho de Registro VUR, podrán, remitir a los correos electrónicos radicacionneiva(Msupernotariado.gov.co y radicacionvalledupar)supernotariado.gov.co, las escrituras públicas para que sean radicadas en las precitadas Oficinas de Registro, teniendo en cuenta la competencia que se determinada a partir del circulo registral en el cual se encuentre ubicado el bien inmueble. Se recuerda que se debe cumplir con las reglas establecidas en la Instrucción Administrativa 05 de 2020,
registral en el cual se encuentre ubicado el bien inmueble. Se recuerda que se debe cumplir con las reglas establecidas en la Instrucción Administrativa 05 de 2020, entre otras, con la habilitación previa del correo electrónico, cumplir con los requisitos de digitalización y organización del documento. Igualmente se reitera que el presente mecanismo solo tiene el alcance de radicación de escrituras públicas. Finalmente, el listado de las Oficinas de Registro de Instrumentos de Públicos que a la fecha tienen implementada la Radicación Remota no Presencial, incluidas las que acá se habilitan, es el siguiente:
OFICINA DE REGISTRO CORREO DE RADICACIÓN
Medellín Zona Sur radicacionmedellinsurMsupemotariado.gov.co Medellin Zona Norte radicacionmedellinnorte(Wsupemotariado.gov.co Cali radicacioncalif)supemotariado.gov.co Barranquilla radicacionbarranquilla(dsupernotariado.gov.co Superintendencia de Notariado y Registro
Código: Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201 _ ER PBX 57 + (1) 3282121
GDE—GD=FR=05 V.03 Bogotá D.C., - Colombia 28-01-2019 http://www. supernotariado. £ov.co correspondencia Usupernotariado.gov.coSNR sous y NA El futuro Gobierno reinar M0 hor es de todos de Colombia Cartagena radicacioncartagena(Msupemotariado.gov.co Bucaramanga radicacionbucaramanga(Osupernotariado.gov.co Neiva radicacionneiva(Osupernotariado.qov.co Valledupar radicacionvalledupar(Wsupernotariado.gov.co Agradezco su atención y la aplicación de los lineamientos dispuestos en la presente.
Neiva radicacionneiva(Osupernotariado.qov.co Valledupar radicacionvalledupar(Wsupernotariado.gov.co Agradezco su atención y la aplicación de los lineamientos dispuestos en la presente.
RUBÉN SILVA GOMEZ
Superintendente de Notariado y Registro Superintendencia de Notariado y Registro
Código: Calle 26 No. 13 - 49 Int. 201
Au —FR-— PBX 57 + (1) 3282121
GDE-GD-FR=—05 V.03 Bogotá D.C., - Colombia 28-01-2019 http://www .supernotariado.20V.co correspondencia Usupernotariado.gov.co