SNR - Instrucción administrativa 12 de 2012
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Instrucción administrativa 12 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2012
República de Colombia Ministerio de Justicia y del Derecho Superintendencia de Notariado y Registro
INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA No. 12
DE; SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO PARA: NOTARIOS DEL PAÍS VINCULADOS A LA VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO VUR TEMA: USO DE LA VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO INMOBILIARIO VUR FECHA: 03 001. 20% La presente tiene como fin instruir a los Notarios sobre el uso de la Ventanilla Única de Registro Inmobiliario VUR.
1. SERVICIOS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO VUR A través del sitio web de la Ventanilla Única de Registro VUR se podrá acceder a la información registral del inmueble, la operatividad del modelo depende del nivel de la integración tecnológica de las entidades territoriales quienes son las encargadas de expedir los documentos necesarios para el trámite notarial y de registro.
2. ACCESO Y USO DE LA INFORMACIÓN A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO VUR. 2.1. La Notaría deberá emplear la plataforma VUR, ofrecer sus servicios a los usuarios y promover el uso de los canales virtuales, 2.2. la Notaría deberá adoptar la imagen corporativa de la WUR, instalando los elementos informativos que le sean suministrados por la Superintendencia de Or Notariado y Registro, y distribuirá en su sede el material promocional del servicio vUR. 2.3. la Notaría deberá brindar la información, orientación y asesoría al ciudadano sobre los servicios, y proporcionar el soporte requerido en las transacciones sobre la propiedad inmueble que se realicen a través de la VUR.
vUR. 2.3. la Notaría deberá brindar la información, orientación y asesoría al ciudadano sobre los servicios, y proporcionar el soporte requerido en las transacciones sobre la propiedad inmueble que se realicen a través de la VUR.
SUPERINTENDENCIA
; DE NOTARIADO Superintendencia de Notariado y Registro £ REGISTRO Calle 26 No. 19-49 Inl. 204 = PX (1132-21-21 - Bogotá D.C. - Colombia Lo guardo de la te pública Email: corresoondenciafisucemotarado.dov.coCHECA pl República de ColombiaMinisterio de Justicia y del Derecho Pros eridad Superintendencia de Notariado y Registro Par z E ¡dl OS Libertad y Orien 2.4. El Notario designará como minimo un empleado, quien será el enlace entre la 2.5. 2.6. A 2.8. Superintendencia de Notariado y Registro, y la Notaría para temas de implementación y servicios VUR, debiendo informar cualquier cambio del mismo. La Notaría deberá realizar las consultas habilitadas en la VUR y se obliga a no solicitar a los usuarios la información que pueda consultarse en línea. La notaría se compromete a eliminar la solicitud del documento fisico del paz y salvo o los estados de cuenta de impuestos y/o contribuciones expedidos por las entidades territoriales que estén dispuestos en el portal VUR. La Notaría no podrá entregar a los usuarios ninguna de las consultas del portal. La Notaría deberá imprimir los documentos dispuestos en la VUR con destino al protocolo de la escritura conforme lo establezca el estatuto notarial vigente. Los recibos de caja dispuestos en el portal por las entidades territoriales para pago de
Notaría deberá imprimir los documentos dispuestos en la VUR con destino al protocolo de la escritura conforme lo establezca el estatuto notarial vigente. Los recibos de caja dispuestos en el portal por las entidades territoriales para pago de tributos o por la Superintendencia de Notariado y Registro, para los derechos de registro, podrán ser impresos y entregados al usuario para su trámite correspondiente, La Notaría tendrá en cuenta el procedimiento establecido por la entidad territorial correspondiente para la liquidación y pago de los tributos a que haya lugar, necesarios para adelantar el trámite de escrituración y registro. Para la liquidación y pago de los derechos de registro, la Notaría deberá tener en cuenta las instrucciones O circulares que para el efecto expida la Superintendencia de Notariado y Registro. «Los servicios de liquidación y pago del impuesto de registro, y derechos de registro, deberán ser ofrecidos por la Notaría a los usuarios de acuerdo con los lineamientos expedidos por las entidades territoriales o la Superintendencia de Notariado y Registro. 2.10. El Notario permitirá la asistencia, de al menos uno de sus funcionarios, a las jornadas de capacitación relacionadas con el uso del portal y servicio al cliente, y adoptará las sugerencias hechas por la Superintendencia de Notariado y Registro, 2,11. La Notaría suministrará información o datos estadísticos sobre los servicios prestados a través de la WUR, de acuerdo a los requerimientos de la Superintendencia de Notariado y Registro. hito wwe superoteriado.qov.co Email: correscondenciaísunernotariado/cow.c0
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DE NOTARIADO
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Superintendencia de Notariado y Registro S EN N £ REGISTRO Calle 26 Ha, 1349 Int 201 - F3X (1926-21-21 Bogotá D.S. - Colombia Lo gueida de la le publicaRepública de Colombia Ministerio de Justicia y del Derecho Superintendencia de Notarlado y Registro
3. REQUERIMIENTOS TECNOLÓGICOS: 3.1. Las Notarías que se integren a los servicios de la Ventanilla Única de Registro — VUR-, deben cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:
A. Contar con acceso a internet
6. Contar con una impresora y scanner €, Contar con firma digital y certificado vigente 3.2. La Notaría se obliga a cumplir con los términos de uso y políticas de privacidad del sitio web de la VUR, así como a dar un adecuado manejo a los usuarios y contraseñas autorizadas. 3.3. La Notaría habilitará el servicio de transmisión electrónica de las escrituras con firma digital del Notario, para la liquidación del impuesto de registro, los derechos de registro y demás a que haya lugar para el proceso de registro inmobiliario. 3.4. Como soporte del sistema se cuenta con el apoyo de la mesa de ayuda contacto: correo mesadeayudavur(Dsupernotariado.gov.co, teléfonos: 2483470 y 2483476 en Bogotá.
TIEMPOS DE RESPUESTA En cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Superintendencia de Notariado y Registro en materia de simplificación de trámites y mejora al clima de los negocios,
en Bogotá. TIEMPOS DE RESPUESTA En cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Superintendencia de Notariado y Registro en materia de simplificación de trámites y mejora al clima de los negocios, el tiempo para las transacciones de compraventa simple en las notarías vinculadas al proyecto VUR es de máximo dos (2) días hábiles así:
A. Para el proceso integral de recepción, extensión y otorgamiento de escrituras
(cuando la solicitud cumpla con todos los requerimientos) un estándar máximo de ÓN un (1) día hábil.
B. Para las revisiones jurídicas, autorización y entrega de la copia física de la escritura un estándar máximo de un (1) día hábil
SUPERINTENDENCIA
DE NOTARIADO Superintendencia de Notariado y Registro 2 REGISTRO Calle 26 No. 1349 Int, 201 -PBX (1328-21-21 - Bogotá D.C. - Colombia lem Lo querida ee le de pública hipo aw supernolariado.qou.co Email: corresoondenciafbsubemotariado 00w.coRepública de Colombia Ministerio de Justicia y del Derecho Superintendencia de Notariado y Registro Libertod y Orden
5. DEROGATORIAS:
Se derogan las Instrucciones Administrativas No. 6 de 2009, Nos. 7, 9 y 12 de 2010, Nos. 2, 6, 8 y 10 de 2011 y la Circular Administrativa No. 108 de 2009. Esta Superintendencia en desarrollo de su función de inspección, vigilancia y control ejercida mediante las visitas generales y especiales verificará el cumplimiento de los aspectos aquí señalados. Atentamente, JD a Rasa,
JORGE ENRIQUE VÉLEZ GARCIA
ejercida mediante las visitas generales y especiales verificará el cumplimiento de los aspectos aquí señalados. Atentamente, JD a Rasa, JORGE ENRIQUE VÉLEZ GARCIA Superintendente de Notariado y Registro pl
Proyectó: Andrea Cubillos 6, ¿WIR Gé-
Revisó: José Luis AS
Yo.Bo: Marcos Parra OviedoJefe Oficina Asesora Jufeita Yo.Bo: Archibaldo Villanueva/Asesor - Delegada de Regist E Vo.Bo: Enrique Jose Nates Guerra — Superintendente Delegado para el Registro Vo.Bo. Ligla Isabel Gutiérrez áraujo — Superintendente Delegada para el Notariado H_
Vo.Bo: Maria Victoria Álvarez Builes — Asesora Despacho 5uperintende A
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO r |
A Email: comescondenciaWsucernatariado.00v.co
7. A Superintendencia de Notariado y Registro S la 4 E REGISTRO
KiHet y Ú la Calle 26 Na. 1348 Int 201 - PAX (11928-2121 - Bogotá D.C. - Colombia Lo guardo de lo le público