SNR - Instrucción administrativa 15 de 2014
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Instrucción administrativa 15 de 2014
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2014
INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA No. 1 5
PARA: REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS, FUNI NARIOS
CALIFICADORES Y NOTARIOS DEL PAIS
DE: SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO.
ASUNTO: PROCEDIMIENTO PARA CONSULTA DE ALERTAS REGISTRAL SOBRE PROTECCIÓN A POBLACION EN RIESGO DE DESPLAZAMIENT O EN DESPLAZAMIENTO FORZADO POR LA VIOLENCIA, PROCESOS DE JUSTIÓ Y PAZ Y DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS EN EL MARCO DE LA LEY 1448 DE 2011, A VÉS DE
LA VENTANILLA ÚNICA DE REGISTRO — VUR.
FECHA: 2 6 DIC 2014
Respetados Señores: Como es de su conocimiento dentro de los objetivos que conforme al artículo 11 •e la Ley 1448 de 2011 tiene el Sistema de Atención y Reparación a las Victimas, se enc l e tra el de garantizar la coordinación y la articulación interinstitucional entre las entidades Estado, con la finalidad de lograr el cumplimiento del objeto de la Ley de Victimas y Ré ución de tierras.
Para tales efectos, la Superintendencia de Notariado y Registro a través de la e ramienta Ventanilla Única de Registro — VUR, habilitó alertas registrales relacionadaon actos jurídicos inscritos en los Folios de Matricula Inmobiliaria, que referencian •rotección patrimonial a población en riesgo o en desplazamiento forzado por causa de Í. iolencia, procesos de Justicia y Paz y procesos de restitución de tierras, que permitirán a señores Notarios y Registradores, a través de la consulta de las Matriculas Inmobiliarias •entificar
procesos de Justicia y Paz y procesos de restitución de tierras, que permitirán a señores Notarios y Registradores, a través de la consulta de las Matriculas Inmobiliarias •entificar las situaciones antes relacionadas. Siendo así, resulta de obligatorio cumplimiento para los señores Notarios y Regidores la utilización de la herramienta de "Alertas Registrales de Protección, Rest e ción y Formalización de Tierras", consultando el Folio de Matricula Inmobiliaria sobr, I que se pretende otorgar o inscribir cualquier acto que afecte el bien inmueble objeto de ' proceso de protección o de restitución, con antelación a la autorización del documento p lico o su inscripción en el registro inmobiliario. Superintendencia, Calle 26 No. 13-49 otariado y Registro 1 — PBX (1)328-21-21 ogotá D.C. - Colombia supemotadadoeovto
PROSPERIDAD
1 PARA TODOS SN R SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO lo guardo de la le públicoPara tales efectos, se asignarán y habilitarán los usuarios y contraseñas que requieran para su utilización. Para el procedimiento referido es importante tener en cuenta lo siguiente: • A las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos Principales, se les gnará un usuario y una contraseña al Registrador y al Coordinador jurídico de la i ma, y en las Seccionales únicamente al Registrador. • A las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos solo se les permi ir= realizar consultas de Folios de matricula inmobiliaria que identifiquen predios que 1 cen parte de su circulo registral. La Delegada de Registro realizará permanente set 'miento a
- A las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos solo se les permi ir= realizar consultas de Folios de matricula inmobiliaria que identifiquen predios que 1 cen parte de su circulo registral. La Delegada de Registro realizará permanente set 'miento a los registros de usuarios para establecer el adecuado uso de la informació • Es importante mencionar para la entrada en vigencia del presente instruci v., que el único círculo registral que se encuentra microfocalizado para atender soi.tudes de restitución de tierras, que No permite la consulta a través de la Ventanillc Única de Registro VUR, es el círculo registral de la Oficina de Registro de I umentos Públicos de Chaparral. Por lo anterior, la Superintendencia dispuso u 1 nk en la página de la entidad www.supernotariado.qov.co en donde se podrán sultar la relación de los predios del círculo registral de la Oficina de Registro de In umentos Públicos de Chaparral sobre los que se han comunicado órdenes de suensión y acumulación procesal, consulta que se realizara de la siguiente manera: Ingrese a la página www.supernotariado.gov.co Diríjase a link en información de interés "Delegada de Tierras": ladón de intesés
Notariado Posteriormente ingrese a Restitución de Tierras: Superintendencia egada para lo Protección, Restitución y ro Nná ry,eitys.35 V Itynt.g.IIIICelIe31. .5^, III° _14, II Autt.i.2.I.L.pd, 3 I C
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Superintendencia d Calle 26 No. 13.49 Iñ htt otariado y Registro 1 - PBX (1)328-2121 agota D.C. - Colombia .supemota riado.qov.coSN SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO La guardo de la fe pública PROSPERIDAD PARA TODOS Allí encontrarán un link que se denominará "REPORTE No. X — Suspensión y aumulación procesal NIVEL NACIONAL fecha XX/XX/201X" en donde podrán descargar al respectivo archivo con la relación diaria de los Folios de Matrícula Inmobiliaria a nivel nacional, organizados por círculos registrales, sobre los que se haya solicitado suspensión y acumulación procesal dentro de los procesos de restitución o cualquier comunicación de tramites ordenada en su etapa administrativa o judicial, con el fin de que sea consultado cuando se presenten inconvenientes con la plataforma de la Ventanilla Única Ide Registro (VUR), que impida hacer la consulta a través del módulo de "alertas regis rales". En atención al procedimiento en mención pueden consultar la circular 1610 del 27 dé cctubre de 2014 expedida por esta Delegada. • Delegada de T19nas
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atención al procedimiento en mención pueden consultar la circular 1610 del 27 dé cctubre de 2014 expedida por esta Delegada. • Delegada de T19nas
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RESTITUCIÓN DE TIERRAS Filtrar titulo o contenido Cantidad' tanEdao I tul.° del O:titulo t Rrpmrte Cod , ureacE:Ees 2 ReprIE EusperEbrors aJonivbcdn poco:o:31 Nivel N1'4 11 • Los señores Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos tendrán la .bligación de implementar el procedimiento operativo en su despacho notarial y re3i tral, que permita el cumplimiento a lo aquí establecido, de tal manera que para el ca -o de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, los calificadores puedan aceder a la información publicitada a través de este módulo, con la debida trazabilid d de las consultas y el control respectivo. • Como parte integrante del presente instructivo los Notarios, Regis:r dores y Funcionarios de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, en ontrarán anexo el "Manual de usuario", en el que se explica de manera detálla a como ingresar al sistema y realizar las respectivas consultas. De conformidad con lo anterior, y con el fin de recordar los efectos jurídicos de ca uno de los actos jurídicos publicitados en los Folios de Matricula Inmobiliaria y ordenes imprtidas en el marco de protección a población en riesgo de desplazamiento o en desp a amiento
los actos jurídicos publicitados en los Folios de Matricula Inmobiliaria y ordenes imprtidas en el marco de protección a población en riesgo de desplazamiento o en desp a amiento forzado por causa de la violencia y procesos de restitución de tierras, que se van á isualizar Superintendencia dl otariado y Registro Calle 26 No. 13-49 l9 . 2r 1— PBX (1)328-2121 ogotá D.C. - Colombia http:Ihi supernotariadaqmtco1.1. Ruta Colectiva:
PROTECCION RUTA COLECTIVA
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO la guarda de la fe pública PROSPERIDAD i PARA TODOS en la herramienta "Alertas registrales de Protección, Restitución y Formali/ación", les recordamos algunos conceptos y procedimientos importantes en los temas tratadbs:
1. Medidas de protección individuales y colectivas Cuando se presenten hechos de violencia producidos por grupos armados al margen de la ley que perturban la convivencia, la paz y la posesión pacifica de los pobladeres de una zona, vereda o región, los ciudadanos podrán recurrir a la herramienta jurí1 ca-registral creada (Medida Protección Individual y Colectiva) con el fin de impedir cualquier acción de enajenación o transferencia de títulos de propiedad de estos bienes, que se hagan contra la voluntad de los titulares de los derechos respectivos.
En este sentido existen dos rutas de protección, la individual, cuando el ciudadario solicita a la autoridad competente la protección de sus derechos; y la colectiva, cuando e Comité de Justicia Transicional, anterior Comité de Atención Integral a la Población Desplazada por la
En este sentido existen dos rutas de protección, la individual, cuando el ciudadario solicita a la autoridad competente la protección de sus derechos; y la colectiva, cuando e Comité de Justicia Transicional, anterior Comité de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, una vez analizada las condiciones de violencia, seguridad y presencia de grupos al margen de la ley, declara la zona en inminencia de riesgo o en desplazamiekto forzado, protegiendo de manera colectiva los derechos de los propietarios o poseedpres de los predios que hacen parte de la jurisdicción de la zona protegida. 0470 Abstenerse inscribir enajenaciones por Declaratoria de Inminencia de Riesgo o Desplazamiento Forzado. Cuando el Comité de Justicia Trans :,ional declara una zona en inminencia de riesgo el bien inmueble queda por fuera del comercio, hasta tanto no se levante la medida o se autorice la compraventa respectiva . 0929 Declaratoria de Inminencia de riesgo o desplazamiento forzado sobre territorio étnico. Cuando se declara una zona en ominencia de riesgo o desplazamiento forzado sobre territorio étnico, el bien inmueble queda dor fuera del comercio, hasta tanto no se levante la medida o se autorice la compraventa respectiva. Superintendencia l'e Notariado y Registro Calle 26 No. 13-49 it. 201 - PBX (1)328-2121 3ogotá D.C. - Colombia http:/mav.supemotariado.qov.coSUPERINTENDENCIA rinut NO Lo guarda 0930 & REGISTRO I A KIAUU de la fe pública
PROTECCION RUTA
3ogotá D.C. - Colombia http:/mav.supemotariado.qov.coSUPERINTENDENCIA rinut NO Lo guarda 0930 & REGISTRO I A KIAUU de la fe pública PROTECCION RUTA Informe del comité de atención de la población desplazada de PoseedorOcupante o Tenedor de Predio. V` r COLECTIVA Alerta emitida por el Comité Transicional en la que se informa de violencia, seguridad y presencia margen de la ley en la zona, ; derechos patrimoniales de los ciudad: PROSP i PARA u ce Justicia ... >ituación de e grupos al fectando los rbs. 0928 Autorización de enajenar dada por el Comité de Atención a la Población Desplazada. Autoriza las ventas que se vayas a veredas, municipios o corregimi encuentren en desplazamiento f.rzado inminencia de desplazamiento > e:tuar en las ntos que se o en 1.2. Ruta
REGISTRAL
Individual
PROTECCION RUTA INDIVIDUAL
NATURAL RIDICA CRIP 1
0474 Prohibición de enajenar derechos inscritos en predio declarado en abandono por el titular. Cuando el desplazado sea propietario inscrito o tenga derechos inscritos en la sexta columna, no se podrán inscribir actos de a jfflnación o transferencia, sin haberse cancelad. previamente
titular. Cuando el desplazado sea propietario inscrito o tenga derechos inscritos en la sexta columna, no se podrán inscribir actos de a jfflnación o transferencia, sin haberse cancelad. previamente la medida. Dejando el predio p r fuera del comercio 0927 Predio declarado en abandono por poseedor, tenedor u ocupante, Cuando el desplazado sea poseed r, ocupante. La finalidad de esta .notación publicitaria y no impide el registro de señor y dueño que efectúe el legítimo propietario. tenedor u es actos de RIDAD 1.3. Procesos de Justicia y Paz NATURALEZA JU IDICA Sentencia de Extinción de Dominio en proceso de Justicia y Paz - Ley 975 de 2005 Decisión final que afecta derechc sobre un bien inmueble sujeto a prc y Paz. s de propiedad ceso de Justicia 0177 Superintendencia de h otariado y Registro Calle 26 No. 13-49 Iñ . 2)1 - PBX (1)328-2121 Bogotá D.C. - Colombia hthyl/~ su oemotariadolov.co50 900 ro 21 la co
SUPERINTENDENCIA La guardo
0178 Ut NOIAKIA120 & REGISTRO de la fe pública PROCESO DE JUSTICIA Resciliación de negocio jurídico en proceso de Justicia y Paz - Ley 975 de 2005 Y PAZ Alerta sobre la extinción contraídas en negocios derechos de propiedad
PROCESO DE JUSTICIA Resciliación de negocio jurídico en proceso de Justicia y Paz - Ley 975 de 2005 Y PAZ Alerta sobre la extinción contraídas en negocios derechos de propiedad se encuentra en proceso . , . V1/4y , del juridiqes sobre un de Justicia a; bien y ' PIMPIS obligaciones que afectan inmueble que Paz. 0479 Suspensión provisional a la libre disposición de dominio en proceso de Justicia y PazLey 975 de 2005 Medida cautelar de sustracciór comercio del predio hasta la prt Sentencia. mulgación rovisional del de la 0480 Inscripción de denuncia de desplazamiento y usurpación de bienes Medida cuya finalidad es un ciudadano ha realizado desplazamiento y usurpación cuestión. el hecho que denuncia de n inmueble en PUBLICI - AR ur a del ',, iE 0932 Bienes entregados por postulados para reparación de víctimas Medida cuya finalidad es el bien inmueble en cuestión PUBLICITAR fue a las tara en: a el hecho que entregado por Actimas y fue dicho fin, tal _ey. 0507 Bienes recibidos por el Fondo para Reparación de Víctimas postulados para reparación recibido por el Fondo dispuesto como se encuentra consagrado 0931 Bienes denunciados ante la Fiscalía como despojados
Reparación de Víctimas postulados para reparación recibido por el Fondo dispuesto como se encuentra consagrado 0931 Bienes denunciados ante la Fiscalía como despojados Medida cuya finalidad es publicitar la el bien inmueble ha sido denunciatIo como despojado. situación que ante la Fiscalia 0486 Embargo en proceso de Justicia y Justicia y Paz Medida cautelar que restringe la transferencia dominio o enajenación del bien inmueble cancelación. de hasta su
2. Ordenes 2.1. Fase de Tierras C e 1 IGO REG STRAL restitución impartidas en la fase administrativa
de tierras (Ley 1448 de 2011): administrativa. Unidad Administrativa despojadas
R STITUCION DE TIERRAS DESPOJADAS N ATURALEZAJURIDICA ~ y judicial del piozeso
Especial de Gestión de Restitución
EN LA ETAPA ADMINISTRATIVA
. .
CRIPCI EP É, 9de
0482 Protección Jurídica del predio Art. 13 No. 2 Decreto 4829 de 2011 Medida cuya finalidad es PUBLICIT 4 ■ predio fue solicitado en Restitución, fuera el Bien Inmueble del Comercio.¡ R que el o deja por Calle Superintendencia lie 26 No. 1349 Im. http ../ Notariado y Regist 1 —PBX (1)328-21Bogotá D.C. - Coloml .supernotariadomav.
o deja por Calle Superintendencia lie 26 No. 1349 Im. http ../ Notariado y Regist 1 —PBX (1)328-21Bogotá D.C. - Coloml .supernotariadomav. ADORDENES CONTENIDAS EN FALLOS PROFERIDAS EN PROCESOS DE RESTITUCION DE TIERRAS ATURALEZA JURIDI Admisión solicitud de restitución de predio literal a) art. 86 Ley 1448 de 2011 Medida cuya finalidad es PUBLICITAR la admisión de la solicitud de, r stitución de tierras. 0483 Sustracción provisional del comercio en proceso de Restitución literal b) Art. 86 ley 1448 de 2011 Medida de sustracción provisional del comercio del predio solicitado en Restitjdón hasta la promulgación de la Sentencia. 0484 2.3. Suspensión y acumulación procesal: SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO la guarda de la le pública
PROSPERIDAD
PARA TODOS RESTITUCION DE TIERRAS DESPOJADAS EN LA ETAPA ADMINISTRATIVA 0933 Predio ingresado al registro de tierras despojadas Art. 17 Decreto 4829 de 2011 Medida PUBLICITARIA, cuya finalidad es indicar que la solicitud de restitución fue aceptada y se da inicio formal al trámite de restitución: 1 Identidad de inmueble en proceso de 0934
restitución de tierras No. 2 Art. 13 Decreto 4829 de 2011 Código registral utilizado para ident ficar aquellos predios que no cuentan con Folie de Matricula Inmobiliaria y que son solicitados er procesos de
0934
restitución de tierras No. 2 Art. 13 Decreto 4829 de 2011 Código registral utilizado para ident ficar aquellos predios que no cuentan con Folie de Matricula Inmobiliaria y que son solicitados er procesos de Restitución de Tierras. 2.2. Etapa judicial. Jueces Civiles del Circuito y Magistrados Especia izados en Restitución de Tierras: Conforme lo consagran los literales a) y b) del artículo 86 de la Ley 1448 de 201' en el auto admisorio de la solicitud de restitución de tierras, el juez se pronuncia sobre la adriisión de la solicitud y la sustracción del comercio del predio; la primera de ellas con efectos 'pLblicitarios y la segunda con la finalidad de sustraer del comercio el inmueble. Ordenes estas que una vez comunicadas a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos deben publiCIarse en la Matrícula Inmobiliaria que identifique registralmente el predio solicitado en restituc ón. A su vez, el parágrafo del literal c) del artículo 86 de la citada ley, establece como adicionales a las medidas de inscripción de la solicitud de restitución y sustracción del comercio del predio, la suspensión y acumulación procesal, orden esta que una vez comuricada a la entidad debe darse a conocer a los señores Notarios y Registradores de Instrumentos
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Calle 26 No. 1349 le . 201 — PBX (1)320 -21 - 21 agota D.C. - Colombia http://www.supernotariado.eov.coDE La guarda Públicos, a sobre el predio especializada ha sido desarrollada instructivo. 2.4. Decisión El artículo 91 los fallos proferidos en el folio de compensación; de naturaleza
ORDENES
CÓDIGO
REGISTRAL
N SUPERINTENDENCIA
REGISTRO NOTARIADO de la fe pública fin de que suspendan cualquier trámite requerido en restitución, remitiendo en restitución que tenga a su conocimiento la herramienta que se pone del proceso de restitución: de la Ley 1448 de 2011 especifica las en los procesos de restitución de matrícula inmobiliaria que identifique para acatar dichas ordenes se han creado, jurídica: CONTENIDAS EN FALLOS PROFERIDAS EN NATURA LEZA JUFtiDICA notarial o administrativo los documentos a el asunto; para a su conocimiento a órdenes que deben tierras, algunas de el inmueble restituido entre otros, los PROCESOS DE RESTITUCION 'bESCRtPC1 ;N VD la qu la autor cuyo o través •e imple ellas, a o c• siguie
DESTIERRAS
EFE
PROS: APARA .e solicite • . d judicial plimiento presente tntarse en p blicitarse edido en zs códigos
ellas, a o c• siguie
DESTIERRAS
EFE
PROS: APARA .e solicite • . d judicial plimiento presente tntarse en p blicitarse edido en zs códigos 0182 Restitución derecho de dominio Cuando el restituido perdió el vincu el bien inmueble, durante el despo urídico con 0183 Transferencia de dominio por compensación en especie Procede cuando no es posible material del inmueble inicialmente restitución, entregándole a la inmueble de similares característic a restitución solicitado en ictima un 0620 Restitución material al poseedor Procede cuando el solicitante del no tiene pleno derecho de dominio inmueble, y no se ordena en formalización de sus derecho inmueble.
Restitución s bre el bien 1 fallo la sobre el 0621 Compensación inmueble en proceso de Restitución literal J9 art. 91 y 97 ley 1448 de 2011 Procede cuando no es posible material del inmueble inicialmente restitución, entregándole a la inmueble de similares . reconociendo derechos de p ocupación, ordenando las razone para su formalización y /o legalizac a restitución sr licitado en ictima un r cteristicas, s sión y/u necesarias n 0935 Restitución material al propietario del inmueble Procede cuando el solicitante del: no ha perdido el vínculo jurídico
r cteristicas, s sión y/u necesarias n 0935 Restitución material al propietario del inmueble Procede cuando el solicitante del: no ha perdido el vínculo jurídico inmueble, y continúa siendo el propt estitución c n el bien t río. Calle " Superintendencia 26 No. 13-49 htt 1 otariado y Ri 01 - PBX (1)321 agote D.C. -o supernotariadc RIDAD gistro -2121 ilombiaC DIGO scRjpo ORDENES CONTENIDAS EN FALLOS PROFERIDAS EN PROCESOS DE RESTITUCION DE TIERRAS No negociable por acto entre vivos dentro de 0361 los dos años siguientes a la ejecutoria de la Restitución o entrega del inmueble Limita toda negociación del bt restituido, dentro de los dos años s ejecutoria de la Sentencia de Re entrega material del bien inmueble inmueble entes a la ución o la SNII SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO La guarda de la fe pública PROSPERIDAD PARA TODOS 2.5. Medidas ordenadas para garantizar el uso, goce y disposición de los i muebles restituidos: Atendiendo lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 1448 de 2011, los Jueces y Especializados en Restitución de Tierras, aún después de dictar sentencia, competencia para ordenar las medidas que consideren pertinentes para garan goce y disposición de los inmuebles restituidos. A su vez el literal p) del artícul
Especializados en Restitución de Tierras, aún después de dictar sentencia, competencia para ordenar las medidas que consideren pertinentes para garan goce y disposición de los inmuebles restituidos. A su vez el literal p) del artícul antes citada, determina que en los fallos proferidos en los procesos de re funcionario de conocimiento puede ordenar las medidas necesarias para g efectividad de la restitución jurídica y material del bien inmueble y la estabi ejercicio y goce efectivo de los derechos de las personas reparadas. Es así como, el artículo 101 dispone como mecanismos de protección a la prohibición de realizar cualquier negociación entre vivos sobre el inmueble, dentr (2) años siguientes a la fecha de ejecutoria de la sentencia o de entrega del inm para respaldar créditos a nombre del titular del derecho restituido, otorgados po vigiladas por la Superintendencia Financiera, creándose para tales efe Superintendencia el código de naturaleza jurídica: gistrados onservan ar el uso 1 de ley ción, el ntizar la ad en el itución la e los dos e, salvo tidades s en la
3. Comunicaciones de trámites durante la fase administrativa y pose lores el fallo, relacionados con los inmueble solicitado en restitución o restittl r o: El artículo 95 de la Ley, hace mención a la acumulación procesal, entendiéndo ejercicio de concentración en este trámite especial de todos los procesos y acto administrativos o de cualquier otra naturaleza que adelante autoridades públicas ó en los que se hallen comprometidos derechos sobre el predio solicitado en restitu como el diciales, tariales,
Superintendencia otariado y Registro
administrativos o de cualquier otra naturaleza que adelante autoridades públicas ó en los que se hallen comprometidos derechos sobre el predio solicitado en restitu como el diciales, tariales,
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Calle 26 No. 13-49 I 1 - PBX (1)328-2121 agote D.C. - Colombia sunernotariadomov.co e , ISO 0001SUPERINTENDENCIA
PROSPERIDAD
1 PARA Topos Minlusficia • DE NOTARIADO S la guarda de la le pública
1' Superintendencia d otariado y Registro Calle 26 No. 13-49 In 211 — PBX (1)328-2121 cgotá D.C. - Colombia h :// .suitemotadadoemi.co 4 w De igual manera, el Juez o Magistrado Especializado en Restitución de Tierras on aras de impedir que se presente de nuevo las circunstancias de desplazamiento o que se staculice el ejercicio de derechos sobre el inmueble restituido, puede ordenar las m idas que considere pertinentes. Para tales efectos algunos despachos judiciales orde -rá que a través de la Superintendencia de Notariado y Registro los señores notarios y r g'stradores de instrumentos públicos comuniquen cualquier trámite que se pretenda reali4a sobre el inmueble. De conformidad con lo anterior, en el módulo del VUR, una vez se ingrese a matricula inmobiliaria, se podrá visualizar tanto la información contenida en el folio dmatricula inmobiliaria relacionada como la relacionada con las ordenes comunicaciones, s s.ensión y acumulaciones procesales; de tal manera que, a través de él se puede d -cargar la
inmobiliaria, se podrá visualizar tanto la información contenida en el folio dmatricula inmobiliaria relacionada como la relacionada con las ordenes comunicaciones, s s.ensión y acumulaciones procesales; de tal manera que, a través de él se puede d -cargar la comunicación remitida por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Re tución de Tierras Despojadas, el Juzgado o Tribunal Civil Especializado en Restitución Tierras, como se puede ver a continuación: Alertas comanicaciones , suspensiones y acumulaciones procesales L CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTTUCION DE TIERRAS DE SUSPENSION Y ACUMULAC N
VILLAVICENCIO PROCESAL.
JUZGADO SEGUNDO Es importante indicar, que la Superintendencia Delegada para la Protección, R titución y Formalización de Tierras, como administrador de las alertas antes menci das, se encargará de la habilitación y cargue de las alertas de comunicaciones, su ensión y acumulaciones procesales, lo mismo que de la deshabilitación de las mismas a vez se comunique la respectiva orden judicial; de igual manera, en la alerta se puede i ualizar la fecha en que se realizó el cargue de la comunicación, Por su parte, las a ertas de relacionadas con actos jurídicos publicitados en los Folios de Matricula n obiliaria relacionados con Protección a Población en riesgo de desplazamiento o en desnl.ramiento forzado por causa de la violencia, procesos de Justicia y Paz y de Restitución d> t erras, se inhabilitarán automáticamente una vez el sistema identifique la inscripción con' e ódigo de naturaleza jurídica correspondiente en el Folio de Matricula Inmobiliaria afectado.
inhabilitarán automáticamente una vez el sistema identifique la inscripción con' e ódigo de naturaleza jurídica correspondiente en el Folio de Matricula Inmobiliaria afectado. Se les recuerda a los Notarios, Registradores y demás funcionarios de las ulf cinas de Registro de Instrumentos Públicos de todo el País, las implicaciones disciplinaria• penales en las que se podrían incurrir en el desarrollo de actuaciones que afecten dereeh rs de lasSIN SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO & REGISTRO la guarda de la fe pública víctimas, de conformidad con el capítulo V, artículos 178, 179 y 180 de la Ley 14 de 2011, y las demás leyes que regulan la materia. Dada la naturaleza especial de los objetivos que orientan de la Ley de Victimas y stitución de Tierras, en virtud que a través de ella se pretende proteger los derechos de la •ersonas desplazadas o restituidas en sus derechos a causa del miso fenómeno, agrad mos el cumplimiento oportuno, eficiente y eficaz de los contenidos de las disposiciones rmativas antes citadas y la utilización y aplicación del procedimiento de la herramien "Alertas Registrales de Protección y Restitución". Cordial saludo,
JORGE ENRIQUE VELEZ GARCIA
Superintendente de Notariado y Registro
Revisó:
Jairo Alonso Mesa Guerra. Superintendente Delegado para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras. Maria Victoria Álvarez Builles. Superintendente Delegada para el Notariado (e). Cy chivaldo Jose Villanueva Perruelo. Superintendente Delegado para el Registro de Instrumentos Públicos arcos Jaher Parra Oviedo. Jefe Oficina Asesora Jurídica.
Cy chivaldo Jose Villanueva Perruelo. Superintendente Delegado para el Registro de Instrumentos Públicos arcos Jaher Parra Oviedo. Jefe Oficina Asesora Jurídica.
Proyectó: Patricia Garcia Diaz — Coordinadora Grupo de Restitución
Jhon Fredy González Dueñas - Profesional Especializado.
Superintendencia d tariado y Registro
Calle 26 No. 13-49 In —PBX (1)328-21-21 otá D.C. - Colombia
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