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SNR - Instrucción administrativa 17 de 2011

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Instrucción administrativa 17 de 2011
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2011

" ''''e, .. . tilibertodVOroen

PARA: DE:

República de Colombia MinisteriodeJusticiaydel Derecho Superintendenciade Notariadoy Registro

INSTRUCCiÓN ADMINISTRATIVA No. 17

Notarios del país Superintendente de Notariado y Registro p~:.adPci!~a'O OS.--

ASUNTO: FECHA: Instrucciones para los Aportes y Recaudos según Decreto 3432 de Septiembre 19 de 2011 2 5 acr.2011

"I Apreciados Señores Notarios: Como es de su conocimiento el Gobierno Nacional expidió el decreto 3432 de septiembre 19 de 2011, con el cual modificó los articulos 28 y 29 del decreto 1681 de 1996. Dicho decreto estructura una fórmula de aplicación hacia el futuro en cuanto se tiene como factor determinante de las cuantias de aporte y recaudos el salario mínimo mensual vigente SMMLV. En consecuencia la tabla de equivalencia es de SMMLV a (pesos) EN CUANTO A LOS APORTES.- Con ocasión de la expedición del citado decreto, se debe diligenciar en estricto cumplimiento el siguiente formato relativo a los aportes.

VALOR DE LOS APORTES A CANCELAR DE CONFORMIDAD CON EL

NUMERO DE ESCRITURAS AUTORIZADAS EN EL AÑO INMEDIATAMENTE

ANTERIOR

RANGO DE ESCRITURAS AUTORIZADAS VALOR DEL APORTE (S) AÑO EN El AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR 2011 1 a 500 1.980

501 a 1000 2.520 1001 a2000 3.000 2001 a 3000 3.480 3001 a4000 4.020 4001 a 5000 5.360 5001 a6001 6.430 6001 a 7000 7.500 7001 a 8000 8.570 8001 a 9000 11.780 l. l: ' 51años•••Garantizando~guardade~fepúbl•• en Colombia SuperintendenciadeNotariad,~Registro Call' 26 No,1349 In1.201PBr I 128.21-21 BogotáO, . Colombia htlD:lIwww,suoem(! '1do.govca-....",...,,--- -- -------------------------------------'.~,mt""'""_":••.~';<~. 9001 a 10000 12.850 10001 a 11000 15.000 11001 a 12000 17.410 12001 a 13000 22.760 13001 a 14000 28.120 14001 a 15000 34.810 15001 a 16000 45.530 16001 En adelante 56.240 i' '.' .. (fJubertndvOrden RepúblicadeColombia MinisteriodeJusticiaydel Derecho Superintendenciade Notariadoy Registro proS_,ad p~"fmos.£L- !~ 1,'., l' ifI " "¡,-. :. '.' ,1 EN CUANTO A LOS RECAUDOS.- Recaudos son los que el Notario percibe directamente del usuario cuando se

autoriza la escritura pública.

EN RELACION CON LOS RECAUDOS SE DILIGENCIARA ESTE

FORMULARIO

CUANTIADELOS

ACTOSDE lAS RANGO RECAUDO50%PARA

ESCRITURAS RECAUDO50%PARALA ELFONDO oCUENTA

VALOR SUPERINTENDENOA DE ESPECIALRECAUDOS NOTARIADOYREGISTRO

ACTOSSINCUANTIA y ESCRITURAS

EXENTASDEPAGOS OEDERECHOS NOTARIAL 44.000 8.D30 $ 4.015,0 $ 4.015,0 o 100.000.000 12.050 $ 6.025,0 $ 5.025,0 100.000,001 300.000.000 18.210 S 9.105,0 $ 9.105,0 300.000.001 500.000.000 21.960 $ 10.980,0 S 10.980,0 500.000.001 1.000.000.000 29.990 $ 14.995,0 S 14.995,0 1.000,000,001 1.500.000.000 35.350 S 17.675,0 S 17.675,0 1.500.000.001 ENADELANTE 40.170 $ 20.085,0 $ 20.085,0 En este punto es preciso advertir que esta tabla se fijó en el artículo 20. del Decreto 3432 al modificar el artículo 29 del decreto 1681 de 1996. En relación con los recaudos y únicamente con los recaudos de acuerdo a su distribución legal serán enviadas por el notario, las siguientes sumas, así:

a) El 50% del valor recaudado para la Superintendencia de Notariado y Registro. b) El otro 50% recaudado para el Fondo Cuenta Especial del Notariado. Es de señalar que, como nuevo elemento en el sistema de recaudo se determinó que éste se hace de acuerdo con la cuantía es decir ad valorem ;:.- 51años_Garantizandolaguardadelalepú~icaen Colombia Superintendencia de Notariado y Registro Calle26 No.13491nl.201PBX(1)328.21.21 BogoiáD.C.• Colombia http://www.supemotariado.gov,oo --~-~.CllI~,J •.;r.""','>"""r-",,'P¥"""'------------------------------------- .' t)UbertodvOrden República de Colombia Ministeriode Justiciaydel Derecho Superintendenciade Notariadoy Registro p...r~.iI..s ~d!d~~I!a "OS / ,o,,:;.," •• ¡ , ' ..: ' .., ".', ,.f;-", ¡ f t.".. ,. " , . modificando el anterior mecanismo que consistía en un recaudo de suma fija sin importar el valor del contrato. Otra importante modificación contenida en el decreto 3432 de 2011, es que todas las escrituras generan recaudos, es decir exentas y no exentas de derechos notariales. En relación con la forma para determinar la cuantía base para el cobro de los recaudos ha de entenderse lo siguiente: • El cobro se hace al otorgarse cada escritura pública de acuerdo al valor

del contrato. • Si el acto escriturario no tiene cuantía o está exento del pago de derechos notariales se aplica el 1.50 % del SMMLV. Esta tabla definida en el decreto es absolutamente clara en este sentido. • Si son varios los contratos que contienen la escritura pública y éstos tienen cuantía basta con sumarlos y el valor total resultante de la sumatoria será la base para la aplicación de la tabla de recaudos, entendiéndose que si se presentan actos sin cuantía éstos por obvias razones no podrán constituir elemento adicional para su liquidación. • Es necesario aclarar que aquí se cobra por cada escritura y frente a la concurrencia de varios contratos por la sumatoria de los mismos, razón por la cual no podemos combinar valores del contrato como tal con los derechos notariales que se aplican en los casos que éste no tenga cuantía (en sana lógica y haciendo referencia a los contratos de compraventa e hipoteca donde ésta es parte del precio y el acreedor es el mismo vendedor éste último acto no constituye factor de sumatoria), así se vienen liquidando los derechos notariales lo cual es válido de conformidad con el Artículo 220 del Decreto Ley 960 de 1970, es decir, cuando" ...en una misma escritura se consignen dos o más actos o contratos, se causarán los derechos correspondientes a cada uno de ellos en su totalidad{...)". • Concomitante a esta Instrucción, la Superintendencia de Notariado y Registro está expidiendo el acto administrativo que modifica la resolución número 11621 del 22 de Diciembre de 2010 ajustando el valor de las

tarifas por concepto del ejercicio de la función notarial al contenido del decreto 3432 de 19 de septiembre de 2011. Respecto al sistema de facturación de la Notaria, les solicito dejar constancia en ella de la diferencia recaudada de los usuarios, en aplicación del decreto 3432 de 2011. En cuanto al Informe Estadistica Notarial, les comunico que el mismo se debe continuar diligenciando y remitiendo al Grupo de Recaudos y Subsidios Notariales de la Superintendencia de Notariado y Registro, por los canales de 51años_Garantizando~guardade~fepúblicaen Colombia SuperintendenciadeNotariadoy Registro Calle26 No.13-491nl.201PBX(1)328.21-21

BogotáD.C.-Colombia htto: llwww.suoemotariado.gov.co

~I .I,. .. RepublicadeColombia Ministeriode Justiciaydel Derecho Superintendenciade NotariadoyRegistro Ube!tndyOrden comunicación conocidos, como lo establecen la Instrucción Administrativa 14 de 2009 y los artículos 7 y 8 de la Resolución NO.2485 de 2011 de esta Superintendencia. Igualmente les informo que, adjunto encontrarán el formato que bajo la gravedad del juramento deberá diligencíarse por cada Notario en el que se incluirán las escrituras autorizadas entre el 20 de septiembre y el 30 de octubre de 2011, el cual deberá remitirse al Grupo de Recaudos y Subsidios Notariales de esta Entidad. También les informo que la Superintendencia de Notariado y Registro se

encuentra trabajando en los ajustes tecnológicos en el SIN con la nueva estructura de liquidación de aportes y recaudos, los cuales empezarán a funcionar a partir del 01 de Noviembre del presente año. Esta Instrucción deberá publicarse en la página web de la Entidad yfijarse en lugar visible al público de la notaría. Cordial saludo, ---1~~'--JORGE ENRIQUE VELEZ GARCIA Superintendente de Notariado y Registro. ¡4/ Proyectó: FreddyHemándezMorales CoordinadorGrupodeRecaudos y SubsidiosNotariales Rogelio Albarracln Duarte OficinadeInformática ,.

Aprobó: L1GIA ISABEL GUTIERREZ ARAUJ /'

SuperintendenteDelegadapara I táriado MARCOS JAHER PARRA OVI JefeOficinaAsesoraJurldica

ELBA LUCIA CORREDOR

JefeOficinadeInformática

MARIA VICTORIA ALVAREZ BUlLES tAl

AsesoraDespacho ¡~ I~,:..:.:'-.l' Anexo:Loanunciado.- 51años_Garantizandolaguardadelafepú~icaen Colombia SuperintendenciadeNotariadoyRegistro Calle 26No. 13491nl 201PBX(1)328-21-21 Bogoláo.c.. Colombia http://ww.supemotariado.gov,co"\SuperintendenciadeNotariadoyRegistro MinisteriodellnleriorydeJusticia República de Colombia 51años_Garantilandolaguardadelafepúblicaen Colombia

FORMATO PARA LA DIFERENCIA DE RECAUDOS DECRETO 3432 DEL 19 SEPTIEMBRE DE 2011

Notada: I)eriodo reportado:

Nombre del Notarios: Relación Nro. ---- Escrituras Autorizad'ls en el periodo Total _

Rango de Hasta Cantidad de Valor (S) ReeaudosRecaudos Escrituras Fondo SNR Aclaración Sin cuantía Exentas

SO SIOO.OOO.OOO

SlOO.OOO.OO1 S300.000.000

S300.000.001 S5OO.OOO.OOO S5OO.OOO.OOISI.OOO.OOO.OOO SI.OOO.OOO.OO1 $1.500.000.000

S1.500.000.001 En adelante Nota: En el inten'alo de rangos el valor es el producto d ela suma del valor de los diferentes actos que contiene cada escritura. Firma y sello dcl Señor Notario Fuente: Sistema de Información Notarial SIN SuperintendenciadeNotariadoyRegistro Calle26No.1349Inl201PBX(1)328-21-21BogotáD.C. -Colomb~ httD://WVffl.SUoernotariado.gov.00

Email: correspondencia@suoernotariado.gov.oo

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