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SNR - Resolución 010628 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 010628 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUClbN NUMERO RES-2026-010628-6 30 de abril de 2026 Expediente No. 2026-070-AA -04 For la cual se inicia una ACTUACION ADMINISTRATIVA para establecer la real situacion jun'dica de los predios identificados con los Folios de Matricula Inmobiliaria N° 070191725 y el N°070-191715. Articulo 59 Ley 1579 de 2012 LA REGISTRADORA ENCARGADA DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DE TUNJABOYACA En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en la Ley 1579 de 2012, 1437 de 2011 y CONSIDERANDO Que ante la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos de Tunja, la senora MARTHA ISABEL HIDALGO DE PENA, identificada con la C.C. N°40.011.432, radico solicitud de correccion bajo elTurno No. 2026-070-3-501, respecto al folio de matricula inmobiliaria 070-191725, indicando: EXPUQUE C LA RAM E VIE El MOTIVO PE CAPA SOUQ TUP PE COHHECClON___________j —,_______,__________ t7 r&r <iue o. deyv ? sie/ LOu j^iCTn fit’s/dfu-n'cS( Q L u VAl i f./MASy d ti o , JLllLLq. 7!)/ ? i/ul e ll U 14 si}n l t’l / it [j [/‘sfft),

?/;/A f^o/CJ dcr,dr r/ a yeCtbo k /Vv iC> r / P‘3 & yyi j eTgao n v /& ,s o ' lT. yyr/bo r/fr //r’tx ■JO if C mQirOyi tp I'jscY' 7 \ Q Pcs-STc. /■Q LX U'kxriO'lA rif. i iot0^} <:ri (it %r c t O S') {ZgxQ. Ct2±4f T0/ Or) s./ . dog/1 Ab/e c) 'fO ' Q cT<k '(f ^ ya Quc voio. fpcryo pq 'bMv'uex-/'? dsoy yi/UyypM wt 'D?M€XTO [JhJ/c/o Z' <? L'l I Que una vez revisado el historial jundico del inmueble, en el Folio de Matricula inmobiliaria N° 070-191725, se observa en la Anotacion No. 5 se inscribio la compraventa del parqueadero No. 79 ubicado en la calle 38 N°8-66 del Conjunto Residencial Alameda Plaza PH, de la ciudad de Tunja, en virtud de la cual los senores HIDALGO DE PENA MARTHA ISABEL y PENA VILLAMIL EDGAR ANTONIO adquirieron el inmueble por compra a CHAPARRO PEREZ JOHN JAIRO, con fundamento en la Escritura Publica No. 2239 del primero (01) de julio de Dos Mil Dieciseis (2016), otorgada en la Notaria Segunda del Circulo de Tunja. Pagina | 1 Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41

Codigo: AC-FR-0G8

Version: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de

Notariado y Registro

de Tunja. Pagina | 1 Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41

Codigo: AC-FR-0G8

Version: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de Notariado y Registro AnotacMn: N° 5 del Folio #070-191725

<§i Radlcaclfin © Doc is) Ofidna de Origen Valor Iq) Especiflcacldn i") Modalidad (2) Comentarlo 82016-070-6-9662 ]Del |08/7/20l6 ]DellESCRTTURA 2239 |01/7/2016 Inotaria SEGUNDA BtunjajDe 855,000,000 ] Estado IVAUDA j|COMPRAVENTA ]Naturale7a Jurfdlca |0125 i jESTE V OTRQ 1NMUEBLE~ > Personas que Intervienen en el acto (La X Indlca a la persona que flgura como titular de derechos reales de domlnio, I-Titular de ^ domlnio incomplete) DE jCHAPARRO PEREZ JOHN 3AIRO - CC 7182448 | |Partlclpaci6n 1glT|Partldpacl6n J|xJPartldpacldn

A IHIDALGO DE PENA MARTHA ISABEL - CC 40011432

A |PENA V1LLAM1L EDGAR ANTONIO - CC 4066046

Que posteriormente, en la Anotacion No. 6, del Folio de Matricula mencionado, se inscribio la compraventa otorgada por la PROMOTORA DE VIVIENDA SOCIAL a favor de FORERO BECERRA ASTRID JOHANA, correspondiente al parqueadero No. 73, segun Escritura Publica No. 2880 del Veintidos (22) de noviembre de Dos Mil Doce (2012), de la Notan'a

BECERRA ASTRID JOHANA, correspondiente al parqueadero No. 73, segun Escritura Publica No. 2880 del Veintidos (22) de noviembre de Dos Mil Doce (2012), de la Notan'a Tercera del Circulo de Tunja, presentada al registro bajo el turno No. 2019-070-6-3195 del once (11) de marzo de Dos Mil Diecinueve (2019).

Anotaddn: N° 6 del Folio #070-101775 (3> Radlcacibn ]Del12019-070-6-3195 ill/3/2019 (=) DOC ijESCRlTURA 2680 122/11/2012lOe!

Is) Ofidna de Origen EgJ Valor (=3 Especif!cacldn Modalidad Comentarlo Inotaria tercera Joe fTUN-lA 111,500,000 ] Estado 1 Naturaleza Jurfdlca IVAUDA jCOMPRAVENTA |0125 Personas que Intervienen en el acto (La X indlca a la persona que flgura como titular de derechos reales de domlnio, I-TItular de domlnio incomplete) j |Partlcipacidn ||x iPartldpaodn

DE IPROMOTORA DE VIVIENDA SOCIAL PROVISOCIAL SAS - NIT 820002735-9.

A jFORERO BECERRA ASTRID JOHANA - CC 33369448_____________________

Que al verificar el ti'tulo inscrito en la anotacion No. 6, correspondiente a la Escritura Publica No. 2880 del veintidos (22) de Noviembre de Dos Mil Doce (2012), otorgada en la Notan'a Tercera de Tunja, se evidencian inconsistencias relevantes, derivadas de un error en la identificacion del folio de matricula inmobiliaria. En efecto, en dicho instrumento se cita el

Tercera de Tunja, se evidencian inconsistencias relevantes, derivadas de un error en la identificacion del folio de matricula inmobiliaria. En efecto, en dicho instrumento se cita el folio de matricula inmobiliaria No. 070-191725 como correspondiente al parqueadero No. 73; sin embargo, este folio identifica en realidad al parqueadero No. 79, razon por la cual se produjo una indebida asociacion del inmueble objeto del registro. Asi las cosas, la escritura en mencion no corresponde al bien identificado en el folio de matricula inmobiliaria No. 070-191725 (parqueadero No. 79), toda vez que el negocio juridico alii contenido recae sobre un inmueble diferente, concretamente los parqueaderos Nos 59 y 73 del conjunto residencial Alameda Plaza, ubicado en la calle 38 No. 8-66 de la ciudad de Tunja. Que lo anterior refleja una incongruencia entre la denominacion del inmueble y el numero de folio de matricula inmobiliaria citado. Esta situacion altera el derecho real inscrito y compromete la adecuada determinacion del objeto y de su titularidad. En efecto, una vez consultado el Sistema de Informacion Registral -SIR-, se constato que el inmueble denominado parqueadero No. 73, ubicado en la calle 38 No 8-66, conjunto residencial Pagina | 2

Codigo: AC-FR-008

Version: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41Superintendencia de Notariado y Registro Alameda Plaza, sometido al regimen de propiedad horizontal en la ciudad de Tunja, se identifica con el folio de matncula inmobiliaria No. 070-191715, y no con el folio No. 070191725.

Notariado y Registro Alameda Plaza, sometido al regimen de propiedad horizontal en la ciudad de Tunja, se identifica con el folio de matncula inmobiliaria No. 070-191715, y no con el folio No. 070191725. Informsdon Ralavanta da folio Folio tramita I2026-07Q-3-301 FI foRo Uana 1 AnoUciAn ^ Informadon Apavtura da Fo«a Iboyaca 12011-070-6-14411 OcSrculo RagMrah C^Focfi Aporturji Ortastrtl i QNUPAft ^Avboi jMwnicIploi JCoo | No. Documar-loi |TUN3A Jvtradai jnjmA|TUMA Joaptoi jRad'Cact6ni |c0d. CoUstral Iescrttur107/10/2011 |2302 Oocumantoi |29/9/2011 I jjFarfv da Avaluoi ]ESTAOO OCL FOLIO |activo~ Comaouno dal asUdoi V T3jFachai I 29/0S/20HJ No maim | 2502| ESCATTURATlpo. aOIraccton dal mmaafala Il'naANO jQnpodal Pradto Qjl - CAU-t 3B N 8-06 CON1UNTQ RES1DEKC1AL AtAMEOA P1AZA PRQP1EOAO HORIZONTAL. PARQUEADERO 73 . d.l InmuaOla C3 DatUrxcibfi Ecordmlca tOOR 0€TERMWAR --------tTDaarHpdom Cabld. y Und.ro. Hacttraa Httrot2 Can Lima Hor^ Fa«.

Hiftortal da Anw VattoPARQUEADtRO 73 CON AREA OE 9.90 M2 C06FIC3ENTE DE PROPIEDAD O.lllk CUYOS UNDEROS

Hacttraa Httrot2 Can Lima Hor^ Fa«. Hiftortal da Anw VattoPARQUEADtRO 73 CON AREA OE 9.90 M2 C06FIC3ENTE DE PROPIEDAD O.lllk CUYOS UNDEROS Y DEMAS E SPECIFICACONES OBRAN EN ESCRITURA 2302, 2011/09/29. NOT ARIA TERCERA TUNJA. ART1CULO 11 DECRETO A CoaRdant. |" 0.1l| iDundaro. Matn>.,|0^ JCardimalrm^Araa Pm»ada ] Canl;maro.; jo"Araa ConatruldaV ICarRimatroi3 |9000 JAraa Hactaraaa^O | Kalrca^ |9_ Que es precise sehalar que el yerro advertido no corresponde a un simple error material o mecanografico, sino a un error sustancial, en la medida en que incide directamente en la situacion jundica del inmueble y produce efectos frente a terceros, al alterar la correcta determinacion del derecho real inscrito y la identificacion del bien objeto del registro. Que, conforme al Capitulo XIII de la Ley 1579 de 2012, Estatuto de registro de instrumentos publicos, la Oficina de Registro tiene el deber de corregir las actuaciones que se hayan realizado en contravia de la norma legal o que presenten errores sustanciales que afecten la fe publica registral. Que el articulo 59, inciso tercero, de la Ley 1579 de 2012, dispone que cuando los errores evidenciados modifiquen la situacion juridica del inmueble o hayan surtido efectos frente a terceros, estos deberan corregirse mediante actuacion administrativa, garantizando el debido proceso. Que los asientos registrales gozan de presuncion de legalidad, conforme al principio de

terceros, estos deberan corregirse mediante actuacion administrativa, garantizando el debido proceso. Que los asientos registrales gozan de presuncion de legalidad, conforme al principio de legitimacion registral (articulo 3 de la Ley 1579 de 2012), razon por la cual no pueden ser dejados sin efectos sin la actuacion administrativa correspondiente. Pagina | 3 Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41

Codigo: AC-FR-008

Version: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de Notariado y Registro Que se hace necesario iniciar de oficio la correspondiente actuacion administrativa,

orientada a establecer la legalidad de la inscripcion de la Anotacion No. 6 en el folio de matn'cula inmobiliaria No. 070-191725 y, de ser procedente, disponer su invalidacion o correccion. De igual manera, se debera evaluar la posterior inscripcion del titulo en el folio de matn'cula inmobiliaria No. 070-191715, siempre que se acredite el cumplimiento de los requisites legales de inscripcion y la adecuada determinacion e individualizacion del bien inmueble objeto del registro, garantizando en todo caso el derecho fundamental al debido proceso de los titulares inscritos y de los terceros interesados. En merito de lo expuesto, la Oficina de registro de Instrumentos Publicos del circulo de Tunja, RESUELVE: actuacion administrativaPRIMERO: Iniciar de matn'cula inmobiliaria N°070-191725 y el N°070-191715 de la GRIP Tunja.

Registral de los Folios SEGUNDO: Notificar a los senores HIDALGO DE PENA MARTHA ISABEL, PENA VILLAMIL EDGAR ANTONIO, FORERO BECERRA ASTRID JOHANA y a la PROMOTORA

Registral de los Folios SEGUNDO: Notificar a los senores HIDALGO DE PENA MARTHA ISABEL, PENA VILLAMIL EDGAR ANTONIO, FORERO BECERRA ASTRID JOHANA y a la PROMOTORA DE VIVIENDA SOCIAL PROVISOCIAL SAS, dando aplicacion al Arti'culo 37 del C.P.A

C.A.

TERCERO: Publicar la parte resolutiva del presente auto conforme lo establece el inciso 2° arti'culo 37 idem. Para lo cual se remite copia del presente auto a la Oficina de Publicaciones de la Superintendencia de Notariado y Registro.

CUARTO: Bloquear los Folios de Matn'cula Inmobiliaria N°070-191725 y el N°070191715, objeto de la presente actuacion administrativa.

QUINTO: Contra este acto no precede recurso alguno de acuerdo con lo dispuesto en el

Arti'culo 75 del C.P.A. CA.

SEXTO: El presente acto rige a partir de la fecha de su expedicion.

NOTIFIQUESE, COMUNlQUESE Y CUMPLASE Pagina | 4

Codigo: AC-FR-008

Versidn: 1

Fecha: 09/Jul./2Q25

Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41Superintendencia de

Notariado y Registro

ISABEL CAROLINA ZAMBRANO ROJAS

Registrador Principal (E) GRIP - Tunja - Direccion Regional Central Documento Firmado Electronicamente

Anexo: No

Copia

Elaboro: ANA OFELIA TORRES GAONA / ORIP104

Revise: ISABEL CAROLINA ZAMBRANO ROJAS / ORIP104

Aprobo: . ISABEL CAROLINA ZAMBRANO ROJAS / ORIP104

Pagina | 5 Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41

Revise: ISABEL CAROLINA ZAMBRANO ROJAS / ORIP104

Aprobo: . ISABEL CAROLINA ZAMBRANO ROJAS / ORIP104

Pagina | 5 Superintendencia de Notariado y Registro

Direccion: Carrera 11 N°20-41

Codigo: AC-FR-008

Version: 1

Fecha: 09/Jul,/2025

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