SNR - Resolución 017896 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SNR - Resolución 017896 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-017896-6 16 de julio de 2026 "Por la cual se ordena la devolución de dinero"
EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PUBLICOS (E) DE
FLORENCIA -CAQUETÁ
En ejercicio de sus funciones, otorgadas en los artículos 92 y 93 de la Ley 1579 de 2012 “por la cual se expide el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos y se dictan otras disposiciones; el artículo 22 del Decreto número 2723 del 29 de diciembre de 2014,”por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro” y la resolución reglamentaria 13525 07 diciembre de 2016 expedida por la Superintendencia de Notariado y Registro, “Por la cual se reglamenta el procedimiento para la devolución de dineros por no procedencia del registro o no expedición de certificados, pagos en excesos y/o pago de lo no debido por concepto de la función registral en la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones.” La resolución que la modifique y demás normas concordantes,
CONSIDERANDO QUE:
El señor, CARLOS EDUARDO RAMIREZ OSORIO, identificado, con Cédula de ciudadanía número 1.010.219.831 de Bogotá actuando como apoderado por la Sra. ELIZABET OSORIO CANACUE, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 40.774.789
ciudadanía número 1.010.219.831 de Bogotá actuando como apoderado por la Sra. ELIZABET OSORIO CANACUE, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 40.774.789 de Florencia, actuando en su condición de Interviniente, a través de escrito con fecha del 30/04/2025, radicado en el sistema de gestión documental de la ORIP el 24/06/2026 con número consecutivo SNR2026ER-177609-2, solicita la devolución de los dineros, y radicado en el sistema misional de la Orip con turno de devolución N° 2025-420-4-10, cancelados por concepto de PAGO EN EXCESO para Documento de Sucesión, Sentencia N° 235 fecha 19/08/2022 de Juzgado Primero de Familia de FlorenciaCaquetá que vincula la matrícula inmobiliaria número 420-24423 mediante pago a través de WOMPI, con referencia de pago 89680160593 el día 07/02/2025.
Generándose formato “Autorización de Devolución por Exceso de Derechos de Registro” aprobado el día 18/02/2025, por el funcionario calificador y Registrador de Instrumentos RES-2026-017896-6Página | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Públicos de la ORIP, desanotado el día 18/02/2025 y que fueron radicadas así; Documento / Certificado Turno de Radicación Recibo de caja Fecha de Recibo de caja Valor
Públicos de la ORIP, desanotado el día 18/02/2025 y que fueron radicadas así; Documento / Certificado Turno de Radicación Recibo de caja Fecha de Recibo de caja Valor Sentencia N° 235 2025-420-61176 241413 07-02-2025 $ 1.250.900 Más conservación Documental $ 25.000
Valor adicional pago por el usuario fuera del recibo de caja $ 0.0 Total, recaudo $ 1.275.900 Resumen Derechos de registro $ 1.219.400 Conservación documental $ 24.400 Valor adicional pago por el usuario fuera del recibo de caja $ 0.00 Total a devolver $ 1.243.800
En el proceso de registro el documento precitado fue radicado con número de turno 2025-420-6-1176 el 07/02/2025, el funcionario calificador emitió autorización de devolución por pago en exceso de derechos de registro, desanotado el 18/02/2025, según las siguientes razones: Error en la liquidación, se incluyó erróneamente el valor de $140.642.000, por concepto de sucesión en el recibo del documento. Sólo se registró el valor de la sucesión por valor de $75.000.000, tal como consta en la constancia de inscripción. Turno anterior corresponde al No. 2024-420-6-12875.
Acervo probatorio
Lo conforman:
1. Escrito de solicitud de devolución de dinero radicado en el sistema misional de la ORIP con número consecutivo 2025-420-4-10 del 30/04/2025, suscrito por la señora ELISABET
Acervo probatorio
Lo conforman:
1. Escrito de solicitud de devolución de dinero radicado en el sistema misional de la ORIP con número consecutivo 2025-420-4-10 del 30/04/2025, suscrito por la señora ELISABET RES-2026-017896-6Página | 3
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
OSORIO CANACUE, identificada, con Cédula de ciudadanía número 40.774.789 de Florencia.
2. Copia de la Sentencia N° 235 fecha 19/08/2022 de Juzgado Primero de Familia de
Florencia – Caquetá.
3. Autorización de Devolución por Exceso de Derechos de Registro fecha 18/02/2025
4. Recibo original de Caja No. 241413.
Fundamentos de Hecho y de Derecho Analizados los argumentos del peticionario y examinados los elementos probatorios fácticos y jurídicos, se establece que la solicitud se ajusta a derecho y se enmarca dentro de los presupuestos legales previstos en la Resolución 179 de 10 de enero de 2025, “Por la cual se actualizan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral y se dictan otras disposiciones”, vigentes, y la que la modifique o subrogue, la Resolución 13525 de 07 diciembre de 2016, reglamentaria del procedimiento para la devolución de dineros cobrados en exceso, o que se debe devolver por no haberse registrado el documento, o que la modifique expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro,
13525 de 07 diciembre de 2016, reglamentaria del procedimiento para la devolución de dineros cobrados en exceso, o que se debe devolver por no haberse registrado el documento, o que la modifique expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro, La devolución de dineros deberá ser tramitada, por el valor que por error se liquidó erradamente del acto(s) susceptible(s) de registro incluyendo el valor de la tarifa del 2%, sobre el valor cobrado en exceso del documento por concepto de sistematización y conservación documental, acorde con lo ordenado en la Circular 393 del 23 de octubre de 2023, suscrita por la Dirección Técnica de Registro y la Dirección Administrativa y Financiera de la SNR. Así, procede devolver el valor cobrado en exceso por derechos de registro, incluyendo el 2% por el concepto de sistematización y conservación documental, sobre el valor cobrado en exceso, es decir, la suma de Un millón doscientos cuarenta y tres mil ochocientos pesos m/cte ($1.243.800). En consecuencia, de lo anterior, es procedente efectuar la devolución del dinero solicitada, por el PAGO EN EXCESO, es decir que, por la liquidación superior cobrada en los derechos de registro conforme al formato “Autorización de Devolución por Exceso de Derechos de Registro”, en el que se señalan los hechos y fundamentos que dieron origen a la devolución y cuyo contenido fue transcrito en la primera parte de este acto administrativo. En virtud de lo antes expuesto, este Despacho:
RES-2026-017896-6Página | 4
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
RES-2026-017896-6Página | 4
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar devolver al Señor CARLOS EDUARDO RAMIREZ OSORIO, identificado, con Cédula de ciudadanía número 1.010.219.831 de Bogotá actuando como apoderado por la Sra. ELIZABET OSORIO CANACUE, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 40.774.789 de Florencia actuando como Interviniente, por concepto de PAGO EN EXCESO la suma de Un millón doscientos cuarenta y tres mil ochocientos pesos m/cte ($1.243.800), discriminado así: $ 1.219.400 por derechos de registro y $24.400 por conservación documental, de acuerdo con la parte motiva de la presente resolución. Consignar en la cuenta bancaria de Ahorros No. 422-860952-45
del Banco BANCOLOMBIA.
ARTICULO SEGUNDO: Solicitar a la Dirección Administrativa y Financiera de la Superintendencia de Notariado y Registro la asignación de los recursos para el pago ordenado en esta providencia, y envíesele copia de la presente resolución acorde con lo previsto la Resolución 13525 07 de diciembre de 2016.
ARTICULO TERCERO: Notificar esta Resolución a la señora ELIZABET OSORIO CANACUE, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 40.774.789, la cual aceptó ser
ARTICULO TERCERO: Notificar esta Resolución a la señora ELIZABET OSORIO CANACUE, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 40.774.789, la cual aceptó ser notificada a través del correo electrónico eliosorio71@hotmail.com; aportado en la solicitud; indicándole que dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación proceden los recursos de reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos de ésta Oficina, y el de apelación ante el Subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, (Arts. 74 al 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
ARTÍCULO CUARTO: Ordenar al área administrativa y tecnológica de esta Oficina ingresar en el sistema misional, el correspondiente comentario a los turnos de solicitud de registro de Documento No. 2025-420-6-1176, para lo cual se le envía copia de la presente resolución.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Dada en Florencia, Caquetá a los dieciséis (16) días del mes de julio del 2026. RES-2026-017896-6Página | 5
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_7173029
CESAR SMITH MORENO FLORIAN
Registrador Principal (E)
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_7173029
CESAR SMITH MORENO FLORIAN
Registrador Principal (E) ORIP - Florencia - Dirección Regional Orinoquia
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No Copia Elaboró: NATALIA SANZA LLANOS / ORIP153. NATALIA SANZA LLANOS / ORIP153
RES-2026-017896-6