SNR - Resolución 017994 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 017994 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-017994-6 16 de julio de 2026 Por la cual se Decide una Actuación Administrativa Expediente: 300-A.A.2025-142
EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA
En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante AUTO N° AUT-2026-000172-5 del 28-01-2026, se dio inicio a la Actuación Administrativa N° 300-A.A.2025-142, en razón que, MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, identificada con la C.C. N° 37.557.534, solicitó con Turno de Corrección N° 2025-300-3-2445 del 7-11-2025, se modifique el Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300451697, respecto de la inscripción de la Escritura Pública N° 601 del 19-08-2021 de la Notaria Única del Círculo de Lebrija, Contentiva de Liquidación de la Comunidad del apartamento 201 ubicado en la Carrera 14 No. 15A-17 edificio Multifamiliar “LAS ORQUIDEAS”, el cual fue adjudicado a MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL.
apartamento 201 ubicado en la Carrera 14 No. 15A-17 edificio Multifamiliar “LAS ORQUIDEAS”, el cual fue adjudicado a MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL.
Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las Pruebas allegadas al mismo.
PRUEBAS: Mediante, AUTO N° AUTO-2026-001254-5 del 15-04-2026, se Decretaron las siguientes
Pruebas: Pruebas aportadas: • Copia simple del documento de identidad de MARÍA CONSUELO SANGUINO
CARVAJAL Pruebas de Oficio: • Copia de la Escritura Pública N° 601 del 19-08-2021 de la Notaria Única del Círculo de Lebrija • Los documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes de los Folios con Matrícula Inmobiliaria N° 300-451697, que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga. • El Certificado de Tradición y Libertad de los mismos Folios de Matrícula Inmobiliaria.
RES-2026-017994-6 RES-2026-017994-6Página | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARGUMENTOS DE LA SOLICITANTE
Que, MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, identificada con la C.C. N°
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARGUMENTOS DE LA SOLICITANTE Que, MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, identificada con la C.C. N° 37.557.534, solicitó con Turno de Corrección N° 2025-300-3-2445 del 7-11-2025, se modifique el Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-451697, respecto de la inscripción de la Escritura Pública N° 601 del 19-08-2021 de la Notaria Única del Círculo de Lebrija, Contentiva de Liquidación de la Comunidad del apartamento 201 ubicado en la Carrera 14 No. 15A-17 edificio Multifamiliar “LAS ORQUIDEAS”, el cual fue adjudicado a MARÍA
CONSUELO SANGUINO CARVAJAL.
CONSIDERACIONES DEL REGISTRADOR Que, revisada la Escritura Pública N° 601 del 19-08-2021 de la Notaria Única del Círculo de Lebrija, sobre los Folios Nos. 300-415313, 300-415228, se verifico que esta contempla como acto primero, Constitución de Reglamento de Propiedad Horizontal del Edificio Multifamiliar “LAS ORQUIDEAS” A: MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL identificada con la C.C. N° 37.557.534, ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, identificada con la C.C. N° 37.618.160 y ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, identificado con la C.C. N° 13.538.282. Que, como acto segundo del instrumento en comento, indica: - Adjudicación Liquidación de la Comunidad, respecto del Folio de Matrícula
la C.C. N° 13.538.282. Que, como acto segundo del instrumento en comento, indica: - Adjudicación Liquidación de la Comunidad, respecto del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-451696 (abierto del Folio N° Matriz 300-296313), sobre el 100% del predio (Apto. 101) De, ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, MARÍA
CONSUELO SANGUINO CARVAJAL y ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, a
favor de ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL.
- Adjudicación Liquidación de la Comunidad, respecto del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-451697 (abierto del Folio N° Matriz 300-296313), sobre el 100% del predio (Apto. 201) De, ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, MARÍA
CONSUELO SANGUINO CARVAJAL y ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, a
favor de MARÍA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL.
- Adjudicación Liquidación de la Comunidad, respecto del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-451698 (abierto del Folio N° Matriz 300-296313), sobre el 100% del predio (Apto. 301) De, ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, MARÍA
CONSUELO SANGUINO CARVAJAL y ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, a
favor de ISIDRO SANGUINO CARVAJAL.
Que, al momento de inscribir el instrumento en comento, se omitió el Registro del acto de Adjudicación Liquidación de la Comunidad, respecto del Folio de Matrícula Inmobiliaria
favor de ISIDRO SANGUINO CARVAJAL.
Que, al momento de inscribir el instrumento en comento, se omitió el Registro del acto de Adjudicación Liquidación de la Comunidad, respecto del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-451697 (Apto. 201) como Anotación N° 2, De MARIÁ CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, con C.C. N° 37.557.534, ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, con C.C. N° 37.618.160 e ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, con C.C. N° 13.538.282 a favor de MARIÁ CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, razón por la cual se deberá ordenar crear dicha anotación en el Folio en mención, a fin de que este refleje su real situación jurídica. RES-2026-017994-6 RES-2026-017994-6Página | 3
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Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las Pruebas allegadas al mismo.” El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la Matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”. Como se ha solicitado y usado por terceros Certificados de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 300-451697, es necesario tener a los
ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”. Como se ha solicitado y usado por terceros Certificados de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 300-451697, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.
Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR, crear la Anotación N° 2 del Folio N° 300-451697
Contentiva Adjudicación Liquidación de la Comunidad (con el código de naturaleza jurídica utilizado para la época), con el Turno de Radicación N° 2021-300-6-37956 del 24-09-2021, respecto de la Escritura Pública N° 601 del 19-08-2021 de la Notaria Única del Círculo de Lebrija, De MARIÁ CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, identificada con C.C. N° 37.557.534, ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, identificada con C.C. N° 37.618.160 e ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, identificado con C.C. N° 13.538.282 a favor de MARIÁ CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, identificada con C.C. N° 37.557.534, marcándosele la X de Titular de Derecho Real de dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
favor de MARIÁ CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, identificada con C.C. N° 37.557.534, marcándosele la X de Titular de Derecho Real de dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍCAR la presente Decisión a: ➢ ISIDRO SANGUINO CARVAJAL, con la C.C. N° 13.538.282.
➢ ANA VICTORIA SANGUINO CARVAJAL, con la C.C. N° 37.618.160.
➢ MARIA CONSUELO SANGUINO CARVAJAL, con la C.C. N° 37.557.534
Advirtiéndoles que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 74 y siguientes C.P.A.C.A.), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.
ARTÍCULO CUARTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación
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Dirección: Carrera 20 No 34-01
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Dirección: Carrera 20 No 34-01
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Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 nacional o local y en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO QUINTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el Folio de Matrícula
Inmobiliaria N° 300-451697.
ARTÍCULO SEXTO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_79507803
FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ
Registrador Principal 0191-20 ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: NO
Elaboró: ELSA ROMERO REMOLINA / ORIP89
Revisó: FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89
Aprobó: . FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89
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