SNR - Resolución 018440 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 018440 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
L J Superintendencia de Notariado y Registro Por lacual se adoptan los lineamientos de lasOfertas Internaspara laprovisiónmediante encargo de losfuncionariosde carreraadministrativade la Superintendencia de Notariado y Registro EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En ejerciciode lasfacultadesconferidasen elartículo7° del Decreto 2724 de 2014, los artículos2.2.19.1.1y 2.2.19.1.2del Decreto 1083 de 2015, y CONSIDERANDO Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que losempleos en losórganos y entidades del Estado son de carrera administrativa,salvo lasexcepciones legales,y que su provisióndebe realizarsecon base en el mérito. Que la Ley 1960 de 2019, por el cual modifica la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1567 de 1998, dictan disposicionesque regulan el empleo público,la carreraadministrativay la gerencia pública,señala que elingreso,permanencia y ascenso en losempleos de carrera se fundamenta en el mérito. Que laLey 909 de 2004 en su artículo24, establece:"Encargo.Mientrasse surteelproceso de selección para proveer empleo de carrera administrativa,los empleados de carrea tendrán derecho a ser encargados en estos si acreditanlosrequisitospara su ejercicio, poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados disciplinariamenteen elúltimoaño y su últimaevaluación deldesempeño es sobresaliente."
Que el Decreto 775 de 2005, en su artículo 12 dice: "Encargos y nombramientos provisionales.El nombramiento provisionaly elencargo son excepcionales.Los cargos de carrerapodrán ser provistosmediante encargo o nombramiento provisionalúnicamente cuando se haya abiertola convocatoria respectiva o mientras dura la vacancia temporal, según elcaso. En cualquiermomento, elSuperintendentepodrá darlospor terminados." Que el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentariodel Sector de Función Pública, establecelasreglaspara laprovisiónde empleos de carreraadministrativay de losempleos temporales de que tratala Ley 909 de 2004, y contempla la figuradel encargo como mecanismo de provisióntransitoria. Que laLey 1960 de 2019, dispone en su artículo1°: "ARTÍCULO 1.Elartículo24 de laLey 909de 2004,quedará así: 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6Superintendencia de Notariado y Registro - - Por la cual se adoptan los lineamientos de las Ofertas Internaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariado y Registro ARTÍCULO 24,Encargo. Mientrasse surteelprocesode selecciónpara proveer empleos de carreraadministrativa,losempleados de carreratendrán derecho a ser encargados en estos si acreditan los requisitospara su ejercicio,poseen las aptitudes y habilidades para su desempeño, no han sido sancionados
disciplinariamenteen el últimoaño y su últimaevaluación del desempeño es sobresaliente. En elevento en que no haya empleados de carreracon evaluación sobresaliente, el encargo deberá recaer en quienes tengan las más altas calificaciones descendiendo delnivelsobresalientealsatisfactorio,de conformidad con elsistema de evaluación que estén aplicando las entidades. Adicionalmente el empleado a cumplirelencargo deberá reunirlas condicionesy requisitosprevistosen laley. El encargo deberá recaer en un empleado que se encuentre desempeñando el cargo inmediatamente inferiorde laplantade personal de la entidad. Los cargos de librenombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva,podrán ser provistosa travésdel encargo de empleados de carrera o de librenombramiento y remoción, que cumplan los requisitosy el perfilpara su desempeño. En caso de vacancia definitivael encargo será hasta por el término de tres(3) meses, prorrogable por tres(3)meses más, vencidos los cuales el empleo deberá serprovistoen forma definitiva." Que según el CriterioUnificado Provisión de empleos de Plantas Temporales, del 11 de febrero de 2016, regula la provisióntransitoriade empleos de plantas temporales y su evaluación. Que, el CriterioUnificado 13082019 de 2019 establece lineamientos para la provisiónde empleos de laplantade personal y de laplantatemporal mediante encargo, precisando la necesidad de evaluarobjetivamentelasaptitudesy habilidadesde losservidores,con base
en evidenciasverificablesy preferiblementepredictivasdel desempeño. Que por CircularExterna 2023RS005458 laComisión Nacional del Servicio Civilestableció que los empleos temporales deben proveerse priorizandoel uso de la listade elegibles Página 1 2 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/JulJ2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6. Superintendencia de Notariado y Registro - - Por la cual se adoptan los lineamientos de las Ofertas Internaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariado y Registro vigentes del Banco Nacional de Listasde Elegiblesy,solo sino son aplicables,mediante selecciónobjetivaevaluando factorescomo estudiosy experiencia. Que mediante Acta de sesión ordinariade junio2026 (17/06/2026),laComisión de Personal de esta Entidad aprobó loslineamientosde lasOfertasInternaspara laprovisiónmediante encargo de losfuncionariosde carreraadministrativade laSuperintendenciade Notariado y Registro. Que corresponde a laentidadasegurar laadecuada Gestión delTalentoHumano, conforme a losprincipiosde eficienciaadministrativay mérito. Que se hace necesario adoptar lineamientosinternospara proveerlosempleos vacantes en la modalidad de encargo de la planta globaly temporal de la Superintendenciade Notariado y Registro, que garanticen la transparencia,objetividad,igualdad de
oportunidades y trazabilidaden losprocesos de provisióntransitoriade empleos de planta globaly plantatemporal de laentidad. Que, en mérito de loexpuesto,
RESUELVE
CAPÍTULO 1
DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.Objeto.Adoptarloslineamientosde lasOfertasInternaspara la provisión mediante encargo de losempleos de carreraadministrativade laplantaglobalde personal y los empleos de laplantatemporal de laSuperintendenciade Notariadoy Registro. ARTÍCULO 2.Delencargo.Elencargoconstituyeuna situaciónadministrativamediante la cual se designa transitoriamentea un servidor público con derechos de carrera administrativapara desempeñar totalo parcialmentelasfuncionesde un empleo vacante, temporal o definitivamente,siempre que cumpla los requisitosexigidospara su ejercicio. artículo 1° del Decreto 648 de 2017. ARTÍCULO 3.Del empleo de caráctertemporal.De conformidadcon loestablecidoen el artículo 2.2.1.1.1 del Decreto 1083 de 2015, establece: Página 1 3 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/JulJ2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6Superintendencia de Notariado y Registro - - Por lacual se adoptan loslineamientosde lasOfertasInternaspara laprovisiónmediante encargo de los
funcionariosde carreraadministrativade laSuperintendenciade Notariado y Registro "Se entiendepor empleos temporales loscreados en lasplantasde cargos para elejercicio de las funciones previstas en el artículo21 de la Ley 909 de 2004, por el tiempo determinado en elestudiotécnicoy en elacto de nombramiento. Los empleos temporales deberán sujetarsea la nomenclatura y clasificaciónde cargos vigentespara cada entidady a las disposicionesrelacionadascon laelaboracióndelplan de empleos, diseño y reforma de plantasde que tratalaLey 909 de 2004. En la respectivaplanta se deberán identificarlos empleos que tengan la naturalezade temporales. El estudio técnico deberá contar con el concepto previo favorable del Departamento Administrativode laFunción Pública". Así mismo, de conformidad con el artículo2.2.5.4.7 del mismo Decreto,losempleados podrán ser encargados para asumir parcialo totalmente las funciones de empleos diferentes de aquello para los cuales han sido nombrados, por ausencia temporal o definitivadel titular,desvinculándose o no de las propias de su cargo. ARTÍCULO 4. Ámbito de aplicación.Las disposicionescontenidas en la presente resoluciónaplicanpara:
1. Los empleos de carreraadministrativade la planta global de personal de la
Superintendenciade Notariadoy Registro.
2. Los empleos de la planta temporal de la Superintendencia Delegada para la
Protección, Restitucióny Formalización de Tierras,de la Superintendencia de
Notariado y Registro.
CAPÍTULO II
CONDICIONES PARA EL ENCARGO
ARTÍCULO 5.Aspectos Generales.
1. El encargo debe recaer en el funcionario titularde derechos de carrera administrativaque se encuentre desempeñando elcargo inmediatamente inferioral ofertado, con EDL en el nivel sobresaliente o con las más altas calificaciones del nivel satisfactorio.
2. El encargo se realizarámediante actoadministrativoen elque se indicaráeltérmino de duración.
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/JulJ2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-61• Superintendencia de Notariado y Registro Por lacual se adoptan loslineamientosde lasOfertasInternaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariadoy Registro
3. El encargo se realizaráen la plantaglobalde la Superintendenciade Notariadoy Registro o en la planta temporal de la Superintendencia Delegada para la Protección,Restitucióny Formalización de iTerras,de acuerdo con laofertainterna.
4. La definiciónde los perfileso rolesse efectuará de acuerdo con lo previstoen el Manual de Funciones y competencias Laborales vigentey las necesidades del servicio.
5. La verificacióndel cumplimiento de requisitosde losfuncionariospara un empleo se hará exclusivamente sobre losdocumentos soporte cargados en elSIGEP II.
6. Los servidores públicosque se encuentren encargados serán tenidosen cuenta, atendiendo para elloel cargo que ocupan como titularesde derechos de carrea administrativay no el empleo que ejercen en encargo.
7. No se adquieren derechos de carreraen losempleos donde serán encargados.
ARTÍCULO 6.Procedenciadelencargo.Elencargoprocederácuando:
1. Existavacancia temporal o definitivadel empleo.
2. En caso de vacancia definitivaque no existalistade elegiblesvigente aplicable.
3. Se garanticeelderecho preferentede losservidoresde carreraadministrativa.
4. El servidorcumpla losrequisitosy competencias exigidaspara elempleo.
ARTÍCULO 7.Derecho preferentealencargo.Tendránderecho preferentealencargo los servidorespúblicoscon derechos de carreraadministrativaque acrediten:
1. Ser empleado con derechos de carreraadministrativa.
2. Cumplir el perfil(Estudios y Experiencia)exigidoen el Manual Específicode Funciones y Competencias Laboralesde laSNR para ocupar elempleo vacante.
3. Poseer lasaptitudesy habilidadespara desempeñar elempleo a proveermediante encargo.
4. No tener sanción disciplinariaen elúltimoaño.
5. Que su últimaevaluación del desempeño laboralsea sobresaliente
6. Encontrarse desempeñando el cargo inmediatamente anterioralque se pretende proveer
7. No encontrarse en situaciónadministrativaque impida elejerciciodel empleo.
ARTÍCULO 8. Orden de provisión.Para el otorgamientodel encargo se verificará
inicialmenteel empleo inmediatamente inferioral que se pretendeproveery en ausencia de servidor con calificación "Sobresaliente" en su últimaevaluacióndeldesempeño laboral, elencargo recaerá en el servidorque en elmismo niveljerárquicocumpla con losdemás requisitosy cuente con calificación"Satisfactoria"en laescalade 85 a 89.99. Página 1 5 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Jul./2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6Lw+w1i Superintendencia de Notariado y Registro Por lacual se adoptan los lineamientos de las Ofertas Internaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariadoy Registro ARTÍCULO 9.Causalesde pérdidadelencargo. Ladecisiónde dar continuidad o terminar losencargos corresponde a lafacultaddel nominador, que será ejercidacon sujecióna las normas que rigen la materia,este puede terminar,entre otras,por las siguientescausas:
1. Por renuncia alencargo.
2. Por ser encargado y posesionarse en otroempleo de carreraadministrativa.
3. Por obtener una evaluacióndel desempeño no satisfactoria.
4. Por lapérdida de losderechos de carrera.
5. Por reintegroo retornodeltitulardel empleo.
6. Por terminaciónde lasituaciónadministrativaque originoelencargo.
7. Por laimposiciónde sancióndisciplinariaconsistenteen suspensión o destitución.
8. Por determinarse procedente la provisióndefinitivadel empleo, conforme a lo
carrera administrativa,de conformidad con los señalados en el Manual Específicode Funciones y Competencias Laborales (estudioy experiencia),evaluación del desempeño Página 16 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C., Colombia Fecha: 09/Jul./2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6Superintendencia de Notariado y Registro - - Por lacual se adoptan loslineamientosde lasOfertasInternasparalaprovisiónmedianteencargode los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariadoy Registro en el nivelsobresaliente yde no sanción disciplinariaen elaño inmediatamenteanterior, elaborando el listado de habilitados a continuar en la Oferta,de aquellos que ocupan el cargo inmediatamente inferioralque se va a proveer,en ausenciade servidorcon EDL en el nivelsobresaliente,se descenderá en estrictoorden alfuncionariocon EDL en elnivel satisfactorio(de 85 a 89.99). Sino hay funcionariocon derechos de carreraadministrativaque cumpla estascondiciones, se continuará con laverificaciónrespecto de lostitularesen elsiguienteorden descendente, de acuerdo con laescala jerárquicade los empleos que conforman laplantade personal de la Entidad. Acorde con el artículo 2.2.17.10 del Decreto 1083 de 2015 y la Ley 1960 de 2019, es responsabilidadde los empleados públicoscon derechos de carrera,teneractualizadasu hojade vidaen elSistema de Informacióny GestióndelEmpleo PúblicoSIGEP II,con los documentos que acrediten estudiosde educación formaly experiencialaboraly profesional relacionada, en consecuencia, este será el único medio idóneo para veriifcarel
6. Por terminaciónde lasituaciónadministrativaque originoelencargo.
7. Por laimposiciónde sancióndisciplinariaconsistenteen suspensión o destitución.
8. Por determinarse procedente la provisióndefinitivadel empleo, conforme a lo dispuesto en el art.2.2.19.1.1del Decreto1083 de 2015.
9. Por terminaciónde duración del cargo temporal o cuando no se cuente con la disponibilidady apropiaciónpara financiarelempleo de caráctertemporal.
10. Por lasdemás causales previstasen lanormatividadvigente.
CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO PARA LA PROVISIÓN TRANSITORIA ARTÍCULO 10.Aperturadel proceso. LaDirecciónde Talento Humano adelantará la apertura y divulgacióndel proceso de provisióntransitoriamediante Oferta Interna con la divulgaciónde las vacantes y el cronograma a desarrollar,mediante publicación en la intranetpara conocimiento de los funcionarios con derechos de carrera administrativa. ARTÍCULO 11. Contenido de la convocatoria.La convocatoriadeberá contener como mínimo:
1. Identificacióndel empleo.
2. Naturalezay ubicaciónde lavacancia.
3. Requisitos del empleo.
4. Sueldo.
5. Cronograma del proceso.
6. Forma y término de postulación.
ARTÍCULO 12.Verificaciónde requisitos.La Direcciónde Talento Humano, procederá con laverificacióndel cumplimiento de los requisitosde los funcionarioscon derechos de carrera administrativa,de conformidad con los señalados en el Manual Específicode Funciones y Competencias Laborales (estudioy experiencia),evaluación del desempeño Página 16 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
hojade vidaen elSistema de Informacióny GestióndelEmpleo PúblicoSIGEP II,con los documentos que acrediten estudiosde educación formaly experiencialaboraly profesional relacionada, en consecuencia, este será el único medio idóneo para veriifcarel cumplimiento de requisitosde educación y experiencia. El Servidorque se va a encargardebe haber obtenidouna evaluacióndeldesempeño en el nivelsobresaliente (90 a 100) en el período inmediatamente anteriora lafecha de la Oferta,para lo cual se tendrá como válida la que se encuentracargada en el aplicativo "EvaluacióndelDesempeño LaboralEDL-APP" de laComisión NacionaldelServicioCivilCNSC y se tendrácomo válidalaCertificaciónque sobreelparticularexpidalaCoordinación delGrupo de Bienestar,Capacitacióny Evaluaciónde Personalde laEntidado quientenga asignada laresponsabilidad. No haber sido sancionado disciplinariamente en el último año. Corresponde a sanciones disciplinariasejecutoriadas, impuestas en aplicacióndel Código General Disciplinario,o la norma que lo derogue o modifique, dentro del año inmediatamente anterioralestudio de cumplimiento de requisitos. Las sanciones disciplinariasimpuestas durante elejerciciodelencargo no configurancausal para darlo por terminado, salvo que la sanción implique destitucióno suspensión en el desempeño de losempleos. El servidorcontará con un término de tres(3)días hábiles,a partirde lapublicaciónen la
intranetde lalistade habilitados,para manifestarsu voluntadde continuaren elprocesoal correo ofertainterna(a supernotariado.gov.co. Vencido este término sin recibirrespuesta, se entenderá que no se encuentra interesadoen hacer partedelproceso, ylaDirecciónde TalentoHumano continuarácon elcronograma del proceso con losaspirantesen lista. ARTÍCULO 13. Presentación de inquietudes.El servidorcon derechos de carrera administrativaque considere que el estudio de verificaciónpublicado vulnera su derecho Página 1 7 Superintendenciade Notariadoy Registro Código:AC-FR-008
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BogotáD.C.,Colombia Fecha:09/Jul./2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6Superintendencia de Notariado y Registro - - Por lacual se adoptan loslineamientosde lasOfertasInternaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariado y Registro preferencialal encargo o contiene errores en la valoración de los requisitoso criterios aplicados,podrá presentarpor escritolas observaciones que estime pertinentesal correo electrónico ofertainterna(a supernotariado.gov.co, dentro de los dos (2) días hábiles siguientesa lapublicaciónde losresultadosdel estudio,término que se contará a partirdel día hábilsiguientea dicha publicación. Las observaciones deberán indicar de manera clara los aspectos objeto de inconformidad y,de ser posible,estaracompañadas de losdocumentos o argumentos que lassustenten.
La Direcciónde Talento Humano analizaráintegralmentelasobservaciones presentadas y emitiráuna respuesta motivada con fundamento en lanorma aplicabley en losdocumentos que integranelestudiode verificación,dentro de los cinco (5)días hábiles siguientesa la fecha de su radicación.La respuesta será comunicada al interesado a través del correo electrónicoinstitucionaly por los demás medios que resulten procedentes conforme a la normativa vigente. Una vez resueltaslas inquietudes,se publicaránlos listadosdefinitivosen la intranet. ARTÍCULO 14.Evaluaciónde aptitudesy habilidades.Con elfinde verificarlaidoneidad y lascompetencias requeridaspara elejercicio delcargo, losaspirantes deberán presentar una prueba de aptitudes y habilidades de carácter eliminatorio,aplicada por la entidad contratadapara dicho propósito,elpuntajemínimo aprobatorio seráde ochenta (80)puntos de 100. Los resultadosde laprueba tendrán una vigenciade un (1)año, a partirde lafecha de presentación.Los aspirantes que no superen laprueba no podrán participardurante los doce (12) meses siguientesen las Ofertas Internasque la SNR abra para cubrirempleos del mismo niveljerárquicode la plantaglobal,por cuanto laigualdad de las condiciones se veríaafectada por elconocimiento previode laprueba, a excepción que laSNR cambie la empresa contratada para la aplicación de estas pruebas. Los resultados de la prueba de aptitudes y habilidades generados por la empresa contratada serán dados a conocer a través de publicaciónen laintranetde laentidad.
CAPÍTULO IV CRITERIOS DE DESEMPATE ARTÍCULO 15.Criteriosde desempate. Encaso deempateentre aspirantes,se aplicarán sucesivamente los siguientescriterios: El funcionarioque acrediteeducación formal adicionalal requisitomínimo exigido para el cargo, por lo que no se tendrá en cuenta la alternativade los requisitos mínimos del cargo. Para ellose verificarálainformaciónque se encuentra registrada en elSistema de Informacióny Gestión del Empleo PúblicoSIGEP II. Página 8 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Jul./2025 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6Superintendencia de Notariado y Registro Por lacual se adoptan los lineamientos de las Ofertas Internaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carrera administrativade la Superintendencia de Notariadoy Registro
2. El funcionarioque ocupe un cargo en lamisma dependencia de lavacante a proveer.
3. El servidor con derechos de carrera que acredite la condiciónde víctima,en los términos del artículo131 de laLey 1448 de 2011, "Por lacual se dictanmedidas de atención,asistenciay reparaciónintegrala lasvíctimasdelconflictoarmado interno y se dictan otrasdisposiciones".
4. El funcionariode carreraque hubiere sufragado en laselecciones inmediatamente anteriores,para lo cual deberá aportarel certificadode votaciónde acuerdo con lo
establecidoen elartículo5° de laLey 403 de 1997.
5. De no ser posible lograrel desempate con la aplicaciónde los criteriosarriba mencionados se decidirá mediante sorteo público, donde se contará con la participaciónde laSecretaríaGeneral,laDirecciónde Talento Humano y laJefatura
de ControlInterno,o sus delegádos: CAPÍTULO V ACTO ADMINISTRATIVO ARTÍCULO 16.Acto administrativode encargo.De acuerdocon elresultadoobtenidoen el proceso de Oferta Interna,el nominador en uso de sus facultadesexpedirá el acto administrativode encargo del funcionarioque haya obtenidoelmayor puntajeen laprueba de aptitudesy habilidades, previaverificacióny certificaciónde cumplimientode requisitos, conforme lo establece el artículo 2.2.5.1.5 del Decreto 1083 de 2015. El empleado públicoque acepte elencargo deberá prestarsus serviciosen ellugardonde se Ofertó el empleo, no pudiendo solicitarel traslado del cargo a otro lugar distintoy en caso de hacerloleserá negada lasolicitud,por cuanto loscargos deberán permanecer, por necesidades del servicio,en la dependencia donde son ofertados,de igualmanera el servidorpúblicoque acepte un encargo en una ubicacióndiferentea su lugarhabitualde Página 9 Superintendenciade Notariadoy Registro Código:AC-FR-008
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BogotáD.C.,Colombia Fecha: 09/Ju1./2025 22 Julio de 2026
RES-2026-018440-61 Superintendencia de Notariado y Registro Por la cual se adoptan los lineamientos de las Ofertas Internaspara laprovisiónmediante encargo de los funcionariosde carreraadministrativade laSuperintendenciade Notariadoy Registro trabajotendráque tomar posesiónde ésteen un plazomáximo de diez(10)díashábilesy por no tratarse de un traslado,el funcionario no tendrá derecho al reconocimiento de pasajes para él y su familiay alpago de losgastos de transportede muebles y enseres. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 17.Publicidad.La presenteresolución,losactos administrativos,cronograma de Oferta Interna,listadode habilitadosy demás documentos derivados del proceso de encargo serán comunicados y publicadosconforme a lasdisposicioneslegalesvigentes. ARTÍCULO 18.Vigencia.La presenteresoluciónrigea partirde lafecha de su expedición y deroga las disposicionesinternasque le sean contrarias,en especial los Lineamientos para laprovisióntransitoriade empleos de carreraadministrativamediante encargo de la Superintendencia de Notariado y Registro del 10 de junio2022 y los Lineamientos para la provisiónde empleos vacantes en laplatatemporal de laSuperintendencia Delegada para la Protección, Restitucióny Formalizaciónde Tierras,mediante encargo con funcionarios de carrera administrativadel 22 de septiembre de 2023.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C.,
RICARDO AGUDELO SEDANO
Superintendente de Notariado y Registro
Aprobó: Mariana IsabelArteaga Mejía-DirectoraTalentoHum
Revisó: Sara BolagayZambrano-CoordinadoraGrupoVinculac7"el
Proyecto: ClaudiaJeannette Mongui Celeno/ProfesionalDTH.e
CfiL. Página 1 10 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/JuIJ2025 22 Julio de 2026 22 Julio de 2026 RES-2026-018440-6