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SNR - Resolución 019513 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 019513 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUCION NUMERO RES-2026-019513-6 30 de julio de 2026 Por la cual se decide una Actuación Administrativa.

Expediente: 300A.A.2025-133

EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante Auto N° AUT-2025-003366-5 del 20/10/2025 se dio inicio a la actuación administrativa 300-A.A.2025-133, en razón que la señora LUZ STELLA REY ALMEYDA - CC 63.291.243, solicita con Turno de Corrección N° 2025-300-3-1969 del 16/09/2025, se modifique la anotación número quince (15) del folio de matrícula 300-113715, respecto a la inscripción de la Escritura N° 5039 del 30/12/2022, de la Notaria Tercera de Bucaramanga, registrada con el Turno de Radicación 2023-300-6-1568 del 24/01/2023, contentiva del acto de Adjudicación en sucesión y liquidación de sociedad conyugal y/o sociedad patrimonial de hecho, DE: GARCÍA GONZÁLEZ MANUEL ARMANDO — CC 13830291 (causante) y su cónyuge REY ALMEIDA LUZ STELLA — CC 63291243, a favor de su cónyuge y cesionaria REY ALMEIDA LUZ STELLA, el 100% del derecho real

MANUEL ARMANDO — CC 13830291 (causante) y su cónyuge REY ALMEIDA LUZ STELLA — CC 63291243, a favor de su cónyuge y cesionaria REY ALMEIDA LUZ STELLA, el 100% del derecho real de dominio, en razón a que se inscribió como adjudicataria a GARCIA REY SILVIA JULIANACC 1098693256. De otra parte, se observa en la anotación que el nombre de REY ALMEYDA LUZ STELLA, se registró como REY ALMEIDA LUZ STELLA, debiéndose corregir, como lo indica el documento sujeto a registro. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las pruebas allegadas al mismo. PRUEBAS Mediante Auto número AUT-2026-000071-5 del 15/01/2026, se decretaron las siguientes pruebas: Pruebas aportadas: Y Copia simple de la cédula de ciudadanía de LUZ STELLA REY ALMEYDA. Y” Copia simple de la cédula de ciudadanía de SILVIA JULIANA GARCIA REY. Y Copia simple del certificado de libertad y tradición N° 300-113715. Página | 1 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025ae Superintendencia de Notariado y Registro Y” Copia simple de la Escritura número 5039 del 30/12/2022 de la Notaria Tercera Del Círculo de

Bucaramanga.

Fecha: 09/Jul./2025ae Superintendencia de Notariado y Registro Y” Copia simple de la Escritura número 5039 del 30/12/2022 de la Notaria Tercera Del Círculo de

Bucaramanga. Y” Formulario de Calificación del folio de matrícula 300-113715.

Pruebas de Oficio: Y Los documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes del folio de matrícula inmobiliaria N° 300-113715, que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos

Públicos de Bucaramanga. Y El Certificado de Tradición y Libertad del mismo folio de matrícula inmobiliaria. ARGUMENTOS DE LA SOLICITANTE Que, la señora LUZ STELLA REY ALMEYDA - CC 63.291.243, solicita con Turno de Corrección N° 2025-300-3-1969 del 16/09/2025, se modifique la anotación número quince (15) del folio de matrícula 300-113715, respecto a la inscripción de la Escritura N° 5039 del 30/12/2022, de la Notaria Tercera de Bucaramanga, registrada con el Turno de Radicación 2023-300-6-1568 del 24/01/2023, contentiva del acto de Adjudicación en sucesión y liquidación de sociedad conyugal y/o sociedad patrimonial de hecho, DE: GARCÍA GONZÁLEZ MANUEL ARMANDO — CC 13830291 (causante) y su cónyuge REY ALMEIDA LUZ STELLA — CC 63291243, a favor de su cónyuge y cesionaria REY ALMEIDA LUZ STELLA, el 100% del derecho real de dominio, en razón a que se inscribió como adjudicataria a

cónyuge REY ALMEIDA LUZ STELLA — CC 63291243, a favor de su cónyuge y cesionaria REY ALMEIDA LUZ STELLA, el 100% del derecho real de dominio, en razón a que se inscribió como adjudicataria a

GARCIA REY SILVIA JULIANACC 1098693256.

De otra parte, se observa en la anotación que el nombre de REY ALMEYDA LUZ STELLA, se registró como REY ALMEIDA LUZ STELLA, debiéndose corregir, como lo indica el documento mencionado. CONSIDERACIONES DEL REGISTRADOR Que, revisada la Escritura N° 5039 del 30/12/2022, de la Notaria Tercera de Bucaramanga, se observa que es contentiva del acto de adjudicación en sucesión y liquidación de la sociedad conyugal y/o sociedad patrimonial de hecho, del causante GARCÍA GONZÁLEZ MANUEL ARMANDO - CC 13830291 y su cónyuge y cesionaria REY ALMEYDA LUZ STELLA — CC 63291243, sobre el predio con matrícula inmobiliaria número 300-113715. Que, revisado el folio 300-113715, se aprecia en la anotación número quince, el registro de la Escritura 5039 del 30/12/2022, Notaría 3 Bucaramanga, el acto de adjudicación en sucesión, a favor de GARCIA REY SILVIA JULIANA — CC 1098693256, con turno de radicación 2023-300-6-1568 del 30/12/2022. Que, al momento de inscribir la anotación referenciada por parte del funcionario calificador, por

de GARCIA REY SILVIA JULIANA — CC 1098693256, con turno de radicación 2023-300-6-1568 del 30/12/2022. Que, al momento de inscribir la anotación referenciada por parte del funcionario calificador, por error involuntario, se adjudicó el inmueble a GARCÍA REY SILVIA JULIANA, sin tener en cuenta que la heredera transfirió a título de compraventa a favor de la cónyuge del causante LUZ STELLA REY Página | 2 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025E

E Superintendencia de Notariado y Registro — ALMEYDA, los derechos y acciones a título singular que le correspondían en la sucesión de su padre

GARCÍA GONZÁLEZ MANUEL ARMANDO - CC 13830291.

Igualmente, se observa en la referida anotación que el nombre de la cónyuge del causante quedó como REY ALMEIDA LUZ STELLA, siendo lo correcto tal y como figura en la Escritura 5039 del 30/12/2022, Notaría Tercera de Bucaramanga REY ALMEYDA LUZ STELLA — CC 1098693256. Así las cosas, es necesario realizar las correcciones del caso, para que el folio de matrícula refleje la real situación jurídica del inmueble. El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del

real situación jurídica del inmueble. El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del folio de matrícula inmobiliaria números 300113715, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárseles de la decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: CORREGIR la anotación número quince del folio de matrícula inmobiliaria número 300-113715, suprimiendo como adjudicataria a GARCIA REY SILVIA JULIANA — CC 1098693256 y en su lugar adjudicar la hijuela a la señora REY ALMEYDA LUZ STELLA — CC 63291243, marcándole la (X) de propietaria del 100% del inmueble, por las razones expuestas en la parte motiva dela presente resolución, ARTÍCULO SEGUNDO: CORREGIR la anotación número quince del folio de matrícula 300-113715, el nombre de la adjudicataria, siendo el correcto REY ALMEYDA LUZ STELLA, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente Decisión a:

en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente Decisión a:

v REY ALMEYDA LUZ STELLA - CC 63.291.243.

y” GARCIA REY SILVIA JULIANA — CC 1.098.693.256.

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Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Ae) Superintendencia de Notariado y Registro Advirtiéndoles que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) Días hábiles siguientes a la notificación.

(Artículo 74 y siguientes CPACA), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.

ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante la publicación de esta providencia e un diario de amplia circulación nacional o local y en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el folio de matrícula números 300113715.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

ARTÍCULO SEXTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el folio de matrícula números 300113715.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Página | 4

Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de Notariado y Registro a]

FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ

Registrador Principal 0191-20 ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia

Elaboró: LUZ PERLA SANCHEZ ORTIZ / ORIP89

Revisó: FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89

Aprobó: . FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89

Página | 5 Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

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