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SNR - Resolución 020073 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 020073 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-020073-6 5 de agosto de 2026 “Por medio de la cual se autoriza la suspensión de términos y la prestación del servicio público notarial en la Notaría Novena (9) del Círculo de Medellin-Antioquia”.

LA SUPERINTENDENTE DELEGADA PARA EL NOTARIADO DE LA

SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 2 del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, en concordancia con lo establecido en el artículo 158 del Decreto Ley 960 de 1970, y

CONSIDERANDO:

La Superintendencia Delegada para el Notariado tiene a su cargo, entre otras funciones, la orientación sobre la aplicación de las normas que rigen la actuación notarial, de conformidad con el numeral 7º del artículo 24 del Decreto 2723 de 2014, modificado por el artículo 6 del Decreto 1454 de 2022.

Que el artículo 365 de la Constitución Política establece que “[l]os servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado

eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios. (…)”.

Que el artículo 131 de la Constitución Política establece que “Compete a la ley la reglamentación del servicio público que prestan los notarios y registradores (...)”.

Que el artículo 2 de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado:

“(…) mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. (…)”.

Que por una parte el artículo 158 del Decreto Ley 960 de 1970 establece que “[l]os Notarios tendrán las horas de despacho público que sean necesarias para el buen servicio y que señale la vigilancia notarial”.

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________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Que la Superintendencia Delegada para el Notariado, en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control sobre el servicio público notarial, debe propugnar por

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Que la Superintendencia Delegada para el Notariado, en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control sobre el servicio público notarial, debe propugnar por garantizar la correcta prestación a los usuarios de dicho servicio, tomando las medidas concernientes para garantizar la eficacia y eficiencia de este.

Que mediante programación reportada en la pagina de la Alcaldía de Medelin se publicó el cronograma para la Feria de las Flores, a partir del 31 de julio al 09 de agosto de 2026.

Que mediante oficio por correo electrónicos del tres (03) del mes de agosto de 2026, con radicado SNR2026ER-220138-2 del 03 de agosto de 2026, y aclarado mediante oficio del 04 de agosto de 2026, el doctor José Manuel Maya Murillo, Notario Noveno (9) del Círculo de Medellin-Antioquia, solicitó autorización ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la suspensión del termino y la prestación del servicio público notarial para el día ocho (08) de agosto de 2026, informando lo siguiente:

“(…)De la manera más respetuosa le solicito se conceda la SUSPENSION DEL SERVICIO NOTARIAL en la NOTARÍA NOVENA (09) DEL CÍRCULO DE MEDELLIN EL DIA SABADO 08 DE AGOSTO 2026 en el horario de 09:00 a, a 1:00 pm.

Cierres viales por la Feria de las Flores 2026: La Notaría Novena se encuentra ubicada en el Centro Comercial Unicentro, sector estratégico de movilidad para la celebración de la festividad de feria de flores, el Municipio de Medellín a través de su programación de la

el Centro Comercial Unicentro, sector estratégico de movilidad para la celebración de la festividad de feria de flores, el Municipio de Medellín a través de su programación de la semana de flores informa que el costado oriental de la avenida Bolivariana, sobre la vía de servicio de la diagonal 66B, entre las transversales 34A y 34B, estará cerrado desde la 1:00 a. m. del martes 4 de agosto y hasta la medianoche del lunes 10 de agosto.

Frente a la anterior situación, en la semana de celebración de la feria de flores se perturba la movilidad en Medellin e impide garantizar el acceso oportuno y seguro tanto de los funcionarios como de los usuarios a la Notaría y más aun, se verá afectado el sábado ocho (08) de agosto del mes en curso.

Adecuaciones locativas: Hace pocos meses la Notaría trasladó su sede a un nuevo local dentro del Centro Comercial. Actualmente se están ejecutando obras de adecuación y mejoras locativas para optimizar la prestación del servicio. Las labores más urgentes corresponden a la instalación final y pruebas del sistema de aire acondicionado, turnero y equipos de computo. Dichas actividades no han podido culminarse de manera exitosa debido a la atención continua y permanente al público de lunes a sábado (…)”.

Que mediante comunicado la empresa Aires JT S.A.S Ingeniería y mantenimiento comunicó mediante oficio del 04 de agosto de 2026, lo siguiente:

“Por medio de la presente, nos dirigimos a ustedes para confirmar que la empresa Aires JT SAS llevará a cabo el mantenimiento programado del sistema central de aire acondicionado de sus instalaciones el próximo sábado 8 del mes en curso, iniciando a las 9:00 a. m.

SAS llevará a cabo el mantenimiento programado del sistema central de aire acondicionado de sus instalaciones el próximo sábado 8 del mes en curso, iniciando a las 9:00 a. m.

Como parte de este procedimiento técnico, se aplicará un producto químico desincrustante especializado para garantizar la limpieza profunda, la desinfección y el rendimiento óptimo del equipo.

Debido a los componentes del producto químico y por razones de seguridad e higiene ocupacional, se recomienda estrictamente que no permanezca personal RES-2026-020073-6 RES-2026-020073-6Página | 3

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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

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Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024 al interior de la sede durante un lapso de seis (6) horas contadas a partir del inicio de la aplicación”.

Que, en atención a las circunstancias expuestas y resaltando que en el círculo de Notarial de Medellin hay 30 despachos notariales al servicio activo, la Superintendencia Delegada para el Notariado, considera pertinente autorizar la suspensión de términos y la prestación del servicio público notarial, a la Notaría Novena (9) del Círculo de Medellin-Antioquia, para el día ocho (08) de agosto de 2026.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar la Suspensión de términos y la prestación del servicio

el día ocho (08) de agosto de 2026.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar la Suspensión de términos y la prestación del servicio público notarial, en la Notaría Novena (9) del Círculo de Medellin-Antioquia, para el día ocho (08) de agosto de 2026, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar la presente resolución al Doctor JOSE MANUEL MAYA MURILLO, Notario Noveno (9) del Círculo de Medellin-Antioquia

ARTÍCULO TERCERO. Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores al correo electrónico registro.firmas@cancilleria.gov.co para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución deberá ser exhibida en un lugar público para el debido conocimiento por parte de la ciudadanía y divulgada en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

ARTÍCULO QUINTO. Esta Resolución, rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE @Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1116777573

ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA

Superintendente Delegado para el Notariado Superintendencia Delegada para el Notariado

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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.

Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia NIDIA RODRIGUEZ

Elaboró: MICHELLE HERNANDEZ GARCIA / DAN

Revisó: . MICHELLE HERNANDEZ GARCIA / DAN

Aprobó: . ISABELLA ANDREA HERNANDEZ ARANDA / SDN

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