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SNR - Resolución 021036 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 021036 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

E x % Ny Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-021036-6 18 de agosto de 2026 Por la cual se decide una Actuación Administrativa.

Expediente: 300A.A.2025-119

EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS

DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA.

En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante AUTO N° AUTO-2025-002620-5 del 01/09/2025, se dio inicio a la Actuación Administrativa 300-A.A.2025-119, en razón que el señor JUAN VICENTE GARCIA HERNANDEZ - CC 13.924.132, solicitó con derecho de petición de fecha 08/08/2025, al que se le dio el Turno de Corrección N° 2025-300-3-1705 del 11/08/2025, se cierre el folio de matrícula número 300-176096, en razón a que mediante Escritura número 1569 del 23/06/1994, con turno registral 1994/29901 del 28/06/1994 y Escritura 130 del 18/01/1995, turno registral 1995-300-6-3256 del 25/01/1995, ambas de la Notaría Única de Girón, se inscribieron los actos de compraventa de dos lotes segregados del folio matriz citado, generándose las matrículas números 300-214573 y 300-222709. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las

generándose las matrículas números 300-214573 y 300-222709. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su Decisión, previa valoración de las Pruebas allegadas al mismo.

PRUEBAS: Mediante AUTO N° AUT-2026-000845-5 del 17/03/2026, se decretaron las siguientes

pruebas: Pruebas aportadas: . Copia del escrito del Derecho de Petición de JUAN VICENTE GARCÍA HERNANDEZ . Copia del documento de identidad de JUAN VICENTE GARCÍA HERNANDEZ Página | 1 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Ny Superintendencia de Notariado y Registro . Copia de la Escritura Pública N° 2436 del 12/06/1994 de la Notaría Quinta de Bucaramanga y sus anexos . Copia de la Escritura Pública N° 130 del 18/01/1995 de la Notaría Quinta de Bucaramanga y sus anexos.

Pruebas de Oficio: . Copia de la Escritura Pública N° 2436 del 12/06/1994 de la Notaría Quinta de Bucaramanga y sus anexos . Copia de la Escritura Pública N° 130 del 18/01/1995 de la Notaría Unica de Girón y sus anexos . Los documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes del Folio con Matrícula Inmobiliaria N° 300-176096, que reposan en la Oficina de Registro de

sus anexos . Los documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes del Folio con Matrícula Inmobiliaria N° 300-176096, que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga. . El Certificado de Tradición y Libertad del mismo folio de matrícula inmobiliaria. ARGUMENTOS DEL SOLICITANTE Que, el señor JUAN VICENTE GARCIA HERNANDEZ -— CC 13.924.132, solicitó con derecho de petición de fecha 08/08/2025, al que se le dio el Turno de Corrección N° 2025300-3-1705 del 11/08/2025, se cierre el folio de matrícula número 300-176096, en razón a que mediante Escritura número 1569 del 23/06/1994, con turno registral 1994/29901 del 28/06/1994 y Escritura 130 del 18/01/1995, turno registral 1995-300-6-3256 del 25/01/1995, ambas de la Notaría Única de Girón, se inscribieron los actos de compraventa de dos lotes segregados del folio matriz citado, generándose las matrículas números 300-214573 y 300222709. CONSIDERACIONES DEL REGISTRADOR Que, revisadas las Escrituras números 1569 del 23/06/1994 y 130 del 18/01/1995, ambas de la Notaría Única de Girón, se observa que son contentivas de los actos de compraventa de dos lotes segregados de la matrícula inmobiliaria 300-176096, siendo vendedor NIVIA

CANTE VICENTE y compradores MORENO GARCIA JULIO CESAR y GARCIA

HERNANDEZ JUAN VICENTE, respectivamente.

de dos lotes segregados de la matrícula inmobiliaria 300-176096, siendo vendedor NIVIA

CANTE VICENTE y compradores MORENO GARCIA JULIO CESAR y GARCIA

HERNANDEZ JUAN VICENTE, respectivamente. Que, revisado el folio de matrícula 300-176096, se observa en las anotaciones números dos (2) tres (3), las siguientes inscripciones: . Anotación número 2: Radicación 1994-29901 del 23/06/1994, Escritura 1569 del 23/06/1994, Notaría Unica de Girón, Compraventa (lote segregado), DE: NIVIA CANTE Página | 2 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de Notariado y Registro VICENTE — CC 32205637, A: MORENO GARCIA JULIO CESAR - CC 91175616, originándose la matrícula número 300-214573. . Anotación número 3: Radicación 1995-300-6-3256 del 25/01/1995, Escritura 130 del 18/01/1995, Notaría Única de Girón, Compraventa (lote segregado), DE: NIVIA CANTE VICENTE — CC 32205637, A: GARCIA HERNANDEZ JUAN VICENTE — CC 13924132, originándose la matrícula número 300-222709.

Que, revisados los documentos objeto de registro y los folios de matrícula inmobiliaria, tanto el matriz (300-176096), como los que dieron origen a los actos de compraventa parcial (300Que, revisados los documentos objeto de registro y los folios de matrícula inmobiliaria, tanto el matriz (300-176096), como los que dieron origen a los actos de compraventa parcial (300214573 y 300-222709), se constata que el folio matriz nació a la vida jurídica sin área, igual situación para los folios segregados. Que visto el folio de matrícula matriz 300-176096, se observa en las anotaciones números dos y tres, que a cada comprador de los lotes segregados, se les marcó la (X) de propietario, la cual debe suprimirse, porque ya los folios 300-214573 y 300-222709, asignados a cada comprador, reflejan ésta como titulares del derecho real de dominio. Que, el señor GARCIA HERNANDEZ JUAN VICENTE — CC 13924132, en su solicitud, requiere que el folio matriz 300-176096, sea CERRADO toda vez que se está viendo afectado tributariamente por aparecer como propietario. Que para realizar el cierre del folio referido (300-176096), es imprescindible presentar la solicitud y certificación de carencia de saldo alguno, sobre la matrícula, expedida por la autoridad catastral competente, en el área correspondiente de esta Oficina. Por lo anterior, es necesario corregir el folio de matrícula 300-176096, para que refleje su real situación jurídica. El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”. Como se ha solicitado y usado por terceros Certificados

ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”. Como se ha solicitado y usado por terceros Certificados de Tradición y Libertad respecto del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-176096, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la Decisión en la forma indicada Página | 3 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025E y) Superintendencia de Notariado y Registro por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,

RESUELVE.

ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR corregir el folio de matrícula 300-176096, en las anotaciones números dos y tres, referente a suprimir la (X) de propietario, a los compradores MORENO GARCIA JULIO CESAR - CC 91175616 y GARCIA HERNANDEZ JUAN VICENTE — CC 13924132, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: NEGAR la solicitud de corrección de CIERRE del folio de matrícula inmobiliaria N° 300-176096, al señor JUAN VICENTE GARCIA HERNANDEZ, identificado con la C.C. N° 13.924.132, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución.

matrícula inmobiliaria N° 300-176096, al señor JUAN VICENTE GARCIA HERNANDEZ, identificado con la C.C. N° 13.924.132, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución.

ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente Decisión a:

Y JUAN VICENTE GARCIA HERNANDEZ - CC 13.924.132.

vy JULIO CESAR MORENO GARCIA - CC 91.175.616.

Advirtiéndoles que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación (Artículo 74 y siguientes C.P.A.C.A.), que pueden ser ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.

ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad Página | 4

Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de Notariado y Registro con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de Notariado y Registro con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el Folio de Matrícula N°

300-176096.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. pei)

FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ

Registrador Principal 0191-20 ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central Página | 5 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Ge Superintendencia de

Notariado y Registro Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia

Elaboró: LUZ PERLA SANCHEZ ORTIZ / ORIP89

Revisó: FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89

Aprobó: . FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89

Página | 6 Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

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