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SNR - Resolución 021040 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 021040 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUCION NUMERO RES-2026-021040-6 18 de agosto de 2026 Por la cual se Decide una Actuación Administrativa Expediente: 300A.A.2026-4 EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante AUTO N° AUT-2026-000294-5 del 10/02/2026, se dio inicio a la Actuación Administrativa N° 300-A.A.2026-4, en razón que, JULIO PACHECO — CC 91.461.186, solicitó con Turno de Corrección N° 2025-300-3-2824 del 16/12/2025, se modifique el folio de matrícula inmobiliaria número 300-248417 (Anotación N° 5), en cuanto a la inscripción de la Escritura Pública N° 2132 del 22/04/2022, de la Notaría Séptima del Círculo de Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2022-300-6-19091 del 16/05/2022, contentiva del acto de Compraventa Derechos de Cuota, sobre el 32.20% del 100%, siendo vendedores los señores JULIO PACHECO — CC 91.461.186 y JOSE GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO - C.C. N° 5.725.890, a favor de la señora JUDITH CHACON - CC 37.876.061. Lo anterior en razón a que se registró un porcentaje del cien por ciento (100%) del predio,

VIVIESCAS PACHECO - C.C. N° 5.725.890, a favor de la señora JUDITH CHACON - CC 37.876.061. Lo anterior en razón a que se registró un porcentaje del cien por ciento (100%) del predio, a favor de JUDITH CHACÓN - CC 37.876.061, cuando realmente corresponde es al 32.20% del 100%. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las pruebas allegadas al mismo. PRUEBAS Mediante AUTO N° AUTO-2026-001486-5 del 28/04/2026, se decretaron las siguientes pruebas: Página | 1 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025A Superintendencia de

Notariado y Registro Pruebas aportadas: . Escrito de solicitud de corrección del señor JULIO PACHECO del 15/12/2025. » Copia simple de los documentos de identidad de los señores JULIO PACHECO y JOSÉ GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO. . Copia simple del Registro de Defunción de VIVIESCAS PACHECO JOSÉ GUSTAVO ° Copia simple de la Escritura Publica N° 2132 del 22/04/2022, de la Notaria Séptima del Circulo de Bucaramanga. . Copia del Formulario de Calificación del folio de matrícula 300-248417. . Certificado de Tradición y Libertad del folio de matrícula 300-248417.

del Circulo de Bucaramanga. . Copia del Formulario de Calificación del folio de matrícula 300-248417. . Certificado de Tradición y Libertad del folio de matrícula 300-248417.

Pruebas de Oficio: . Copia simple de la Escritura Pública N° 2132 del 22/04/2022, de la Notaría Séptima del Círculo de Bucaramanga. . Los documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes del folio de matrícula inmobiliaria 300-248417, que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga. . El Certificado de Tradición y Libertad del mismo folio de matrícula inmobiliaria.

ARGUMENTOS DE LA SOLICITANTE Que, el señor JULIO PACHECO - CC 91.461.186, solicitó con Turno de Corrección N° 2025-300-3-2824 del 16/12/2025, se modifique el folio de matrícula inmobiliaria número 300-248417 (Anotación N° 5), en cuanto a la inscripción de la Escritura Publica N° 2132 del 22/04/2022, de la Notaría Séptima del Círculo de Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2022-300-6-19091 del 16/05/2022, contentiva del acto de Compraventa Derechos de Cuota, sobre el 32.20% del 100%, siendo vendedores los señores JULIO PACHECO - CC 91.461.186 y JOSÉ GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO - C.C. N° 5.725.890, a favor de la señora JUDITH CHACÓN - CC 37.876.061. Página | 2

PACHECO - CC 91.461.186 y JOSÉ GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO - C.C. N° 5.725.890, a favor de la señora JUDITH CHACÓN - CC 37.876.061.

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W Superintendencia de Notariado y Registro Lo anterior en razón a que se registró un porcentaje del cien por ciento (100%) del predio, a favor de JUDITH CHACÓN - CC 37.876. 061, cuando realmente corresponde es al 32.20% del 100%. CONSIDERACIONES DEL REGISTRADOR Que, revisada la Escritura 2132 del 22/04/2022, Notaría Séptima de Bucaramanga, se constató que es contentiva del acto de compraventa de derechos de cuota, sobre un 32.20% del 100% del predio con matrícula inmobiliaria 300-248417, siendo vendedores los señores JULIO PACHECO - CC 91.461.186 y JOSE GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO - CC 5.725.890, transfiriendo cada uno de ellos el 14.41% y el 17.79%, respectivamente, para un total del 32.20% del 100%, a favor de la señora JUDITH CHACÓN - CC 37.876.061. Que, visto el folio de matrícula inmobiliaria 300-248417, en la anotación número cinco (5), se observa el registro de la Escritura 2132 del 22/04/2022, de la Notaría

Que, visto el folio de matrícula inmobiliaria 300-248417, en la anotación número cinco (5), se observa el registro de la Escritura 2132 del 22/04/2022, de la Notaría Séptima del Círculo de Bucaramanga, con turno registral 2022-300-6-19091 del 16/05/2022, del acto de compraventa, siendo vendedores los señores JULIO PACHECO - CC 91.461.186 y JOSÉ GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO - C.C. N° 5.725.890, a favor de la señora JUDITH CHACÓN — CC 37.876.061 del cien por ciento (100%) del inmueble. Que, revisada la calificación dada al documento sujeto a registro, en su inscripción por parte del funcionario de la anotación número cinco, del folio de matrícula 300-248417, se observa que por error involuntario se empleó el código registral 0125 compraventa siendo el correcto 0307 compraventa derechos de cuota, en un porcentaje no del cien por ciento (100%), sino del 32.20% del 100%, a favor de la compradora. Que, se hace necesario realizar la corrección en el folio de matrícula 300-248417, con el fin de que refleje la real situación jurídica del predio. El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la Matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta Ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 300-248417, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados

todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 300-248417, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la Decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Página | 3 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

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E Superintendencia de Notariado y Registro 4? Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR CORREGIR, la anotación numero cinco (5), del folio de matrícula número 300-248417, en el sentido de suprimir el código registral 0125 compraventa, y en su lugar incluir el 0307 compraventa derechos de cuota, y en la casilla COMENTARIO incluir “los vendedores transfieren cada uno y en su orden, es decir PACHECO JULIO (14.41%) y VIVIESCAS PACHECO JOSE GUSTAVO (17.79%), por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR CORREGIR, la anotación número cinco_(5), del folio de matrícula número 300-248417, suprimiendo el porcentaje del cien por ciento (100%), por 32.20% del 100%, a favor de la compradora CHACON JUDITH, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

ciento (100%), por 32.20% del 100%, a favor de la compradora CHACON JUDITH, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a: . JULIO PACHECO — CC 91461186 . JUDITH CHACON - CC 37876061 . RODOLFO ANDRES MORENO RODRÍGUEZ — CC 1098798948 . Herederos determinados e indeterminados del señor JOSÉ GUSTAVO VIVIESCAS PACHECO, quien en vida se identificó con la CC 5725890.

Advirtiéndoles que contra esta Decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de |.P. de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. Página | 4 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025A Vd) Superintendencia de

Notariado y Registro (Articulo 74 y siguientes C.P.A.C.A.), que pueden ser ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.

ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el

ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: ARCHIVAR copia de esta resolución en el folio de matrícula inmobiliaria N° 300-248417.

ARTICULO SEPTIMO: Esta resolucién rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.

NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ

Registrador Principal 0191-20 ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central Página | 5 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 20 No 34-01 Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de

Notariado y Registro Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia

Elaboró: LUZ PERLA SANCHEZ ORTIZ / ORIP89

Revisó: FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89

Aprobó: . FERNANDO BALLESTEROS GOMEZ / ORIP89

Pagina | 6

Cédigo: AC-FR-008

Version: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

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