SNR - Resolución 12759-20231120150009
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 12759-20231120150009
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
COLOMBIA SNRSUPERINTENDENCIA
POTENCIA DE LA DE NOTARIADO VIDA & REGISTRO I La guarda de la fe púbBco ¡l ■ 0^4^1 27 59 A • - ' ' rí ^ « Zí < ¿P WOV 2023 “Por la cual se efectúa un encargo en la Planta Tempo EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de las facultades legales, especialmente las que le fueron conferidas por la Ley 909 de 2004, la Ley 1960 de 2019 el Decreto 1083 de 2015, y en especial lo dispuesto en el numeral 23 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 1448 de 2011, mediante la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado, en el parágrafo primero del artículo 119 determinó que “[e]l Gobierno Nacional creará en la Superintendencia de Notariado y Registro y con carácter transitorio, la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras y los cargos de coordinadores regionales de tierras y demás personal, profesional, técnico y operativo que se requiera para atender las disposiciones judiciales y administrativas relacionadas con los trámites regístrales a que se refiere la presente le/. Que el artículo 10 de la Ley 2078 de 2021 prorrogó por diez años la vigencia de la Ley 1448 de 2011, puesto que el proceso de reparación consignado en la ley y en los decretos ley étnicos se ha demorado más de lo previsto y se debe garantizar la atención y reparación de las víctimas en el marco de una paz estable y duradera.
Que, a su vez, el artículo 2o de la citada Ley modificó el artículo 208 de la Ley 1448 de 2011, así. “Artículo 208. Vigencia y derogatorias. La presente ley rige a partir de su promulgación y tendrá una vigencia hasta el 10 de junio de 2031, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en particular los artículos 50, 51, 52 y 53 de la Ley 975 de 2005". Que mediante el Decreto 238 del 1o de febrero de 2012, el Gobierno Nacional modificó transitoriamente la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro, adicionándole la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras. Que igualmente, y de conformidad con lo señalado en el Decreto 238 de 2012, mediante el Decreto 239 de 2012, se crearon cuarenta y seis (46) empleos temporales requeridos para el funcionamiento de la nueva delegada, por el término establecido en el artículo 208 de la Ley 1448 de 2011. Que el numeral 3 del artículo 21 de la Ley 909 de 2004, establece que el ingreso a estos empleos se efectuará con base en las listas de elegibles vigentes para la provisión de empleos de carácter permanente, de no ser posible la utilización de las listas se realizará un proceso de evaluación de las capacidades y competencias de los candidatos. Página f 1 Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
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& REGISTRO POTENCIA DE LA Lo guarda de la le pública VIDA G dELLLc| 127 59 20 NOV 2023 “Por la cual se efectúa un encargo en la Planta Temporal" Que el artículo 2.2.5.3.5 del Decreto 1083 de 2015, señala que: “[p]ara la provisión de los empleos temporales de que trata la Ley 909 de 2004, los nominadores deberán solicitarlas listas de elegibles a la Comisión Nacional del Servicio Civil teniendo en cuenta las listas que hagan parte del Banco Nacional de Listas de Elegibles y que correspondan a un empleo de la misma denominación, código y asignación básica del empleo a proveer. En caso de ausencia de lista de elegibles, los empleos temporales se deberán proveer mediante la figura del encargo con empleados de carrera de la respectiva entidad que cumplan con los requisitos y competencias exigidos para su desempeño. Para tal fin, la entidad podrá adelantar un proceso de evaluación de las capacidades y competencia de los candidatos y otros factores directamente relacionados con la función a desarrollar . Que el artículo 2.2.5.5.46 del referido Decreto 1083 de 2015, señala que al vencimiento del encargo la persona que lo venía ejerciendo cesará automáticamente en el desempeño de las funciones de éste y asumirá las del empleo del cual es titular, en caso de no estarlos desempeñando simultáneamente. Que la Dirección de Administración de la Carrera Administrativa de la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Oficio 2022RS046658 de fecha 03 de junio de 2022, manifestó
que no existen listas de elegibles con las cuales se puedan proveer las vacantes de los empleos temporales de la Superintendencia de Notariado y Registro. Que el 28 de septiembre de 2023, el señor Superintendente de Notariado y Registro, señaló los lineamientos para la provisión de empleos vacantes en la Planta Temporal de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, mediante encargo con funcionarios de carrera administrativa. Que en cumplimiento de las disposiciones legales mencionadas, y con el fin de proveer la vacante del cargo de Profesional Especializado código 2028 grado 19, se procedió a revisar las hojas de vida de los servidores públicos de carrera administrativa de la Superintendencia de Notariado y Registro que cumplen con los requisitos para el empleo, con el fin de surtir el respectivo encargo. Que según lo establece la Resolución No. 0919 del 03 de febrero de 2012 “Porta cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos temporales de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras", los requisitos del empleo que corresponde a: Título profesional en Derecho. Título de postgrado en la modalidad de especialización en un área relacionada con las funciones del cargo y veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.
ALTERNATIVA: Título Profesional y 52 meses de experiencia profesional relacionada.
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& REGISTRO POTENCIA DE LA la guarda de la le púbfca VIDA o s r c r ñ . 112759 Mí q<¿ C l’ V RESOLUCION 20 NW 2023 “Por la cual se efectúa un encargo en la Planta Temporal’’ Que teniendo en cuenta los mencionados antecedentes, el 29 de septiembre de 2023, la Dirección de Talento Humano de la Superintendencia de Notariado y Registro, adelantó el procedimiento interno para la provisión de vacantes mediante la modalidad de encargo de acuerdo con los lineamientos establecidos el 28 de septiembre de 2023, tal como consta en la publicación efectuada el 29 de septiembre de 2023, identificando a los funcionarios/as de carrera administrativa que cumplen con el derecho preferencial a ser encargados, así como los requisitos del empleo que se encuentra vacante. Al efecto, se verificó que los funcionarios de carrera administrativa que se encuentren desempeñando el empleo inmediatamente inferior, en titularidad, cumplen con los requisitos de estudio y experiencia exigido para el empleo, no han sido sancionados disciplinariamente durante el año inmediatamente anterior y se encuentran en el nivel sobresaliente en la última evaluación del desempeño laboral, fueron relacionados en listados publicados a través de los canales internos de la SNR (INTRANET), para el otorgamiento del encargo, previa aplicación del procedimiento interno definido en los lineamientos, de la siguiente manera:
CARGO CODIGO Y CARGO UBICACION
SUPERINTENDENCIA DELEGADA
Tres (3) Profesional Especializado 2028-19 PARA LA PROTECCION, RESTITUCION
Y FORMALIZACION DE TIERRAS
FUNCIONARIO CARGO TITULAR UBICACION EDL-l-2023
DORY CONCEPCION HERNANDEZ Profesional Universitario 2044 10 Grupo de Gestión 99,24 RINCON Jurídica Registral Bucaramanga JUDITH REVEROL PAZ Profesional Universitario 2044 10 Riohacha 97 LUZ STELLA LIZARAZO ZARATE Técnico Administrativo 3124 18 Grupo de Gestión 99,66 Jurídica Registral Bucaramanga CLAUDIA ESPERANZA MONSALVE A. Técnico Administrativo 3124 16 Grupo de Gestión 97,85 Jurídica Registral Pereira WILLIAM ALVAREZ MONTILLA Técnico Administrativo 3124 16 Grupo de Gestión 99,24 Jurídica Registral Cali CLAUDIA CECILIA RUEDA VILLALBA Auxiliar Administrativo 4044 16 Grupo de Gestión 98,75 Jurídica Registral Bucaramanga ISNARDO BAUTISTA DURAN Auxiliar Administrativo 4044 18 San Vicente de Chucurl 96,83 SOFIA EDITH CARMONA MARIN Auxiliar Administrativo 4044 18 Palmira 95,73 JULIO CESAR ALEGRIA GIL Auxiliar Administrativo 4044 18 Grupo de Gestión 100 Jurídica Registral Bogotá Sur FRANCIA JANETH LOPERA GUTIERREZ Auxiliar Administrativo 4044 16 Grupo de Gestión 100 Jurídica Registral Medellín Sur JUAN CARLOS DIAZ ORTEGA Auxiliar Administrativo 4044 16 Grupo de Gestión 97
Jurídica Registral Bogotá Centro ____ Página | 3 Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
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DE NOTARIADO ,
& REGISTRO POTENCIA DE LA la guarda de la fe pública VIDA y 11 27 59 RESOLUCIÓN N “Por ¡a cual se efectúa un encargo en la Planta Temporal DIEGO TORRES CORREA Auxiliar Administrativo 4044 13 Yarumal 94,41 EDUIN ELIECER VALVERDE Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo de Gestión 94,3 BALMACEDA Jurídica Registral Cartagena NHORA ELVIA REMUELA CANACUE Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo Jurídico Registral, 100 Notarial y de Curadores Urbanos LIGIA MERCEDES MORA FERNANDEZ Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo de Gestión 95,75 Jurídica Registral Medellin Sur MARIA INES PENALOZA RODRIGUEZ Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo de Gestión 95,79 Jurídica Registral Bucaramanga MARIA YAMIRLE BECERRA Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo de Gestión 100 Jurídica Registral Cali YOLANDA TRUJILLO TOVAR Auxiliar Administrativo 4044 13 Grupo de Gestión 100 Jurídica Registral Cali
Que dentro de los servidores públicos de carrera administrativa que cumplen con el requisito del empleo objeto del encargo, se encuentra el señor Juan Carlos Díaz Ortega, identificado con cédula de ciudadanía 12.994.776, titular del cargo de Auxiliar Administrativo código 4044 grado 16, quien al momento de la publicación de la convocatoria se registra encargado en el empleo de Profesional Especializado código 2028 Grado 16, de la planta global de cargos de la Superintendencia de Notariado y Registro, de acuerdo con la Resolución 06190 del 07 de julio de 2021. Que el servidor antes referido fue incluido en el estudio de verificación de requisitos de que tratan los lineamientos para la provisión transitoria de empleos de carrera administrativa mediante encargo del 28 de septiembre de 2023, determinándose que siendo de carrera administrativa y con derecho preferencial, cumple con los requisitos para ser encargado en el empleo vacante de Profesional Especializado código 2028 grado 19, de la planta temporal de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Encargar al funcionario Juan Carlos Díaz Ortega, identificado con cédula de ciudadanía 12.994.776, titular del cargo de Auxiliar Administrativo código 4044 grado 16, en el empleo denominado Profesional Especializado código 2028 grado 19, ubicado en la planta temporal de la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, con una asignación básica mensual de $7.238.538
PARÁGRAFO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.3.4 del Decreto 1083
de 2015, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, el nominador podrá, mediante resolución motivada, dar por terminado el encargo, o mientras dura la situación administrativa del empleo del cual se encarga al servidor público. Página | 4 Superintendencia de Notariado y Registro Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
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Bogotá D.C., Colombia Fecha: 20 - 06 - 2023 4VJrcftimcnucii\iM COLOMBIA jUjUDE NOTARIADO in & REGISTRO _ POTENCIA DE LA la guarda de la fe pública VIDA 11 27 5 9 20NDV2023 RESOLUCIÓN No. “Por la cual se efectúa un encargo en la Planta Temporal” ARTICULO SEGUNDO: Comunicar el presente acto administrativo al funcionario Juan Carlos Díaz Ortega, a la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, a la Dirección Regional Centro, a la Oficina de Registro de Bogotá Zona Centro, y a la Dirección de Talento Humano para lo pertinente.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición
PÚBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Se firma en Bogotá D.C. a los
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VI RÍGUE2 RENGIFO
Sup^rinteáder^e\de Notando y Registro
Aprobó: Martha Páez Canencia - Directora Talento Humano
Jullhember Campo Gutiérrez - Asesor del Despacho «
Reviso: Félida del Carmen Rodriguez Fernández - Asesora ael Despacho
Sara Bolagay Zambrano - Grupo de Vinculación y AP Ss-:-
Proyectó: Nancy Ordóñez Cáceres - Profesional Especializado Página | 5
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