SNR - Resolución 17162 de 2025
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 17162 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2025
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2025-017162-6 12 de septiembre de 2025 Por la cual se ajusta el pago de unas acreencias laborales
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
En ejercicio de las facultades delegadas en los numerales 1 y 2, del artículo 6 de la Resolución No. 2025-004064-6 del 10 de abril de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el(la) exservidor(a) público(a) LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.580.141 estuvo vinculado(a) en la Superintendencia de Notariado y Registro desde el 28/06/2007, quedando separado(a) de la Entidad con fecha 30/04/2025, de acuerdo con la Resolución No. 003327-6 del 31/03/2025, por medio de la cual se acepta una renuncia al cargo de Secretario Ejecutivo 4210-19.
Identificación Nombres y Apellidos Cargo Titular Cargo Actual ORIP ó Dependencia
24.580.141 LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN Secretario
Ejecutivo 4210-19 Secretario Ejecutivo 4210-19 Grupo de Gestión Jurídica Registral Armenia
Dependencia
24.580.141 LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN Secretario
Ejecutivo 4210-19 Secretario Ejecutivo 4210-19 Grupo de Gestión Jurídica Registral Armenia
Que el(la) exservidor(a) público(a) en mención, a la fecha de su retiro tenía causadas las siguientes prestaciones económicas, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes sobre la materia, sus modificaciones y adiciones:
CONCEPTO FUNDAMENTO LEGAL INICIAL FINAL DÍAS
VACACIONES, PRIMA DE
VACACIONES Y BONIFICACION POR RECREACIÓN Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 8/9/2023 29/4/2025 591
PRIMA SERVICIOS
(Interrupcion -12 dias) Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 1/7/2024 29/4/2025 299 BONIFICACION SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 7/9/2024 29/4/2025 233 RES-2025-017162-6Página | 2
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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C. Colombia.
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
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Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
PRIMA DE ACTIVIDAD Decreto 1327 del 3 de octubre de 2020 1/3/2025 29/4/2025 59 PRIMA NAVIDAD Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto ley 1045 de 1978, Decreto 301 de 2024. 1/1/2025 29/4/2025 119 COMPENSACION VACACIONES INTERRUMPIDAS Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 9/9/2025 9/9/2025 0
Que mediante Resolución RES-2025-006831-6 del 20/05/2025 se reconoció y ordenó el pagó de las acreencias laborales del exservidor público LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN identificado(a) con cédula de ciudadanía número 24.580.141.
Que la base de liquidación correspondiente a los factores salariales del exfuncionario LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN identificado(a) con cédula de ciudadanía número 24.580.141, con base en el Decreto 0611 del 03 de junio de 2025 es la siguiente:
CONCEPTO FACTOR VALOR SUELDO BÁSICO 1 $2.674.838,00
ciudadanía número 24.580.141, con base en el Decreto 0611 del 03 de junio de 2025 es la siguiente:
CONCEPTO FACTOR VALOR SUELDO BÁSICO 1 $2.674.838,00
AUXILIO DE ALIMENTACION 1 $98.930,00
SUBSIDIO DE TRANSPORTE 1 $200.000,00
PRIMA ANTIGÜEDAD 1 $ ,00
PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1 $ ,00
PRIMA DE ACTIVIDAD 1/12 $3.666.444,00
BONIFICACION SERVICIOS 1/12 $1.406.165,00
PRIMA DE SERVICIOS 1/12 $1.517.174,00
PRIMA DE VACACIONES 1/12 $1.674.199,00
Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario ajustar el valor reconocido por el concepto de acreencias laborales pagadas al exservidor público LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN identificado(a) con cédula de ciudadanía número 24.580.141,
Que la Directora de Talento Humano y la Coordinadora del Grupo de Nómina y Compensaciones Laborales, revisan y aprueban los valores a reconocer, con base en la información contenida en el aplicativo de nómina, el formato de liquidación de prestaciones sociales de funcionarios retirados y mediante certificación SNR2025CT-010550-8 de fecha 03 de septiembre de 2025. RES-2025-017162-6Página | 3
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Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
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Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer y ordenar un pago a favor de LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.580.141 por un valor de UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.361.783,00) por concepto de ajuste a sus acreencias laborales:
VALORES DEVENGADOS
CONCEPTO DIAS
VALORES PAGADOS
RES. RES-2025-006831-6 del 20/05/2025
VALORES RELIQUIDADOS
DIFERENCIA POR
DECRETO 0611 DE
03/06/2025
SUELDO BÁSICO 119 $9.916.063,73 $10.610.190,00 $694.126,00
AUXILIO DE ALIMENTACIÓN 119 $366.750,07 $392.422,00 $25.672,00
SUBSIDIO DE TRANSPORTE 119 $793.333,33 $793.333,00 $ ,00
PRIMA ANTIGÜEDAD 0 $ ,00 $ ,00 $ ,00
PRIMA TÉCNICA 0 $ ,00 $ ,00 $ ,00
VACACIONES EN DINERO 591 $4.190.742,00 $4.418.325,00 $227.583,00
PRIMA VACACIONES 591 $2.742.778,00 $2.891.727,00 $148.949,00
VACACIONES EN DINERO 591 $4.190.742,00 $4.418.325,00 $227.583,00
PRIMA VACACIONES 591 $2.742.778,00 $2.891.727,00 $148.949,00
BONIFICACION RECREACION 591 $273.594,00 $292.746,00 $19.152,00
PRIMA DE SERVICIOS 287 $1.281.544,00 $1.353.877,00 $72.333,00
BONIFICACION SERVICIOS 233 $907.854,00 $964.482,00 $56.628,00
PRIMA DE ACTIVIDAD 59 $819.395,00 $876.753,00 $57.358,00
PRIMA DE NAVIDAD 119 $1.150.655,00 $1.210.637,00 $59.982,00
TOTAL DEVENGADO $22.442.709,13 $23.804.492,00 $1.361.783,00
ARTÍCULO SEGUNDO. Hacer efectivo el pago de la suma señalada en el artículo anterior de esta resolución, es decir, UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA Y TRES PESOS M/CTE ($1.361.783,00), en la nómina del mes de SEPTIEMBRE de 2025, con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal en curso de esta Superintendencia.
ARTÍCULO TERCERO. Consignar en el Fondo Nacional de Ahorro el ajuste del valor de las cesantías derivadas del pago de las prestaciones económicas efectuadas al exfuncionario público citado en la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. Notificar esta resolución al Señor(a) LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.580.141,
ARTÍCULO CUARTO. Notificar esta resolución al Señor(a) LUZ ADRIANA MENDEZ MARIN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 24.580.141, RES-2025-017162-6Página | 4
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Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024 conforme con lo establecido en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011.
PARÁGRAFO. La notificación dispuesta en el presente artículo se realizará por intermedio del Grupo de Notificaciones al correo: mendezmarinluza@gmail.com
ARTÍCULO QUINTO: RECURSO. Contra la presente decisión procede únicamente el recurso de reposición dentro del término previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). El cual podrá ser radicado en la dirección de correo electrónico
direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co.
ARTÍCULO SEXTO. Comunicar la presente resolución a la Dirección de Talento Humano, para lo de su competencia.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_16656408
WILLIAM PÉREZ CASTAÑEDA
Secretario General Secretaría General
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_16656408
WILLIAM PÉREZ CASTAÑEDA
Secretario General Secretaría General
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No
Copia SARA MORENO; ANA CARVAJAL
Elaboró: SARA SOFIA MORENO AMAYA / DTH
Revisó: . WILLIAM PÉREZ CASTAÑEDA / SG
Aprobó: . MARIANA ISABEL ARTEAGA MEJÍA / DTH
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