SNR - Resolución 20260211105558 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 20260211105558 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-000971-6 21 de enero de 2026 Por la cual se Decide una Actuación Administrativa.
Expediente: 300A.A.2025-6
EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA
En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante Auto N° 000007 de fecha 14-01-2025, se dio inicio a la Actuación Administrativa N° 300-A.A.2025-7, en razón que, MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868, solicitó con Derecho de Petición al que se le dio el Turno de Corrección N° 2024-300-3-2333 del 03-12-2024, se incluya en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos 300-165096, Anotación N° 27; 300-165152, Anotación N° 22 y 300-165153, Anotación N° 22, a los señores, IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358, MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR,
y 300-165153, Anotación N° 22, a los señores, IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358, MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868, ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C .N° 5.576.965, respecto del Acto de Permuta, (junto con otros inmuebles), por valor de $600.000.000, inscrita en dichos predios con la Escritura Pública N° 1380 del 27-06-2019 de la Notaria Sexta del Círculo de Bucaramanga, con el Turno de Radicación N° 2019-3006-25722 del 10-07-2019, Registrándose únicamente a favor de ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887, el 100% del derecho real de dominio. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su Decisión, previa valoración de las Pruebas allegadas al mismo.
PRUEBAS: Mediante Auto N° 000071 del 7-03--2025, se Decretaron las siguientes Pruebas: Pruebas aportadas: ✓ Copia de la Escritura Pública N° 1380 del 27-06-2019 de la Notaria Sexta del Círculo de Bucaramanga. ✓ Certificados de Tradición y Libertad de los Folios con Matrícula Nos. 300-165096,
300-165152, 300-165153.
de Bucaramanga. ✓ Certificados de Tradición y Libertad de los Folios con Matrícula Nos. 300-165096, 300-165152, 300-165153. ✓ Derecho de Petición aportado por MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR.
Pruebas de Oficio: Página | 2
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Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 ✓ Copia de la Escritura Pública N° 1380 del 27-06-2019 de la Notaria Sexto del Círculo de Bucaramanga. ✓ Así como los demás documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes de los Folios con Matrícula Inmobiliaria Nos. 300-297564, 300-297195 que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga. ✓ Los Certificados de Tradición y Libertad de los mismos Folios de Matrícula
Inmobiliaria. ARGUMENTOS DE LA SOLICITANTE Que, MARIA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868, solicito con Derecho de Petición al que se le dio el Turno de Corrección N° 2024-300-32333 del 03-12-2024, se incluya en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 300-165096, Anotación N° 27; 300-165152, Anotación N° 22 y 300-165153, Anotación N° 22, a los
señores, IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358, MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868, ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C .N° 5.576.965, respecto del Acto de Permuta, (junto con otros inmuebles), por valor de $600.000.000, inscrita en dichos predios con la Escritura Pública N° 1380 del 27-06-2019 de la Notaria Sexta del Círculo de Bucaramanga, con el Turno de Radicación N° 2019-300-6-25722 del 10-07-2019, Registrándose únicamente a favor de ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887, el 100% del derecho real de dominio. CONSIDERACIONES DEL REGISTRADOR Que revisada la Escritura Pública N° 1380 del 27-06-2019 de la Notaria Sexta del Círculo de Bucaramanga, se verifico que esta es Contentiva de Permuta, (junto con otros inmuebles), por valor de $600.000.000, de los siguientes bienes: Primero: Folio con Matrícula N° 300-165096, De GASTÓN RAMIRO ORTIZ MARTÍNEZ, identificado con C.C. N° 91.275.747, a favor de, • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868.
- IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. • ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965. • ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887
Segundo: Folio con Matrícula N° 300-165152, De GASTÓN RAMIRO ORTIZ MARTÍNEZ, identificado con C.C. N° 91.275.747, a favor de, • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. • ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965. • ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887
Tercero: Folio con Matrícula N° 300-165153, De GASTÓN RAMIRO ORTIZ MARTÍNEZ, identificado con C.C. N° 91.2757.47, a favor de,Página | 3
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Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358.
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. • ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965. • ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887
Que, revisada la calificación dada al instrumento en comento se tiene que al registrar la Escritura Pública N° 1380 del 27-06-2019 de la Notaria Sexta del Círculo de Bucaramanga, con el Turno de Radicación N° 2019-300-6-25722 del 10-07-2019, respecto de la Permuta, (junto con otros inmuebles), por valor de $600.000.000, se omitió incluir como
Permutantes a: IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, ALIRIO MORA CRUZ en los siguientes Folios, • Matrícula N° 300-165096, Anotación N° 27. • Matrícula N° 300-165152, Anotación N° 22. • Matrícula N° 300-165153, Anotación N° 22.
Razón por la cual se deberá ordenar se efectúen las correspondientes modificaciones a fin de que el Folio refleje su real situación Jurídica. De otra parte, se tiene que, al momento de registrar la Escritura en mención, se indicó como
Razón por la cual se deberá ordenar se efectúen las correspondientes modificaciones a fin de que el Folio refleje su real situación Jurídica. De otra parte, se tiene que, al momento de registrar la Escritura en mención, se indicó como valor a cada inmueble de $600.000.000, (Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 300165096 Anotación N° 27; 300-165152 Anotación N° 22 y 300-165153 Anotación N° 22), no siendo esto lo estipulado en la Escritura, ya que el valor indicado en este Acto es de $600.000.000 juntos con otros y no para cada inmueble, por lo tanto se debera incluir en el campo de comentario "junto con otros", a fin de que el Folio refleje su real situación jurídica. Asimismo,se tiene que se indicó, en la participación en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos 300-165096 Anotación N° 27; 300-165152 Anotación N° 22 y 300-165153 Anotación N° 22, a la permutante, ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887, el porcentaje del 100% del derecho real de dominio, el cual se deberá eliminar, con el fin de que el Folio refleje su real situación Jurídica. El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la Matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”. Como se ha solicitado y usado por terceros Certificados de Tradición y Libertad respecto de los Folios Nos. 300-165096, 300-165152, 300-165153,
estado jurídico del respectivo bien”. Como se ha solicitado y usado por terceros Certificados de Tradición y Libertad respecto de los Folios Nos. 300-165096, 300-165152, 300-165153, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,
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Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR modificar la inscripción de la Anotación N° 27 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-165096, en el sentido de incluir a: • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. • ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965.
Marcándosele la X como Titulares del Derecho Real de Dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR modificar la inscripción de la Anotación N° 22 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-165152, en el sentido de incluir a:
expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR modificar la inscripción de la Anotación N° 22 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-165152, en el sentido de incluir a: • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. • ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965.
Marcándosele la X como Titulares del Derecho Real de Dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: ORDENAR modificar la inscripción de la Anotación N° 22 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-165153, en el sentido de incluir a: • IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358. • MARÍA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. • ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965.
Marcándosele la X como Titulares del Derecho Real de Dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR modificar en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 300-165096 Anotación N°. 27; 300-165152 Anotación N°. 22 y 300-165153
Anotación N°. 22, en el sentido de suprimir el porcentaje del 100% a la permutante
Nos. 300-165096 Anotación N°. 27; 300-165152 Anotación N°. 22 y 300-165153 Anotación N°. 22, en el sentido de suprimir el porcentaje del 100% a la permutante ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887 por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: ORDENAR modificar en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 300-165096 Anotación N°. 27; 300-165152 Anotación N°. 22 y 300-165153
Anotación N°. 22, en el campo de comentario, la expresión "este y dos mas", y en su lugar incluir "junto con otros", por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO QUINTO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEXTO: NOTIFÍCAR la presente Decisión a: ✓ IAN ALEJANDRO GIORGI MORA, identificado con la T.I. N° 1.127.229.358.Página | 5
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Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 ✓ MARIA MARGARITA MORA BOLIVAR, identificada con la C.C. N° 63.547.868. ✓ ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965. ✓ ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887.
✓ ALIRIO MORA CRUZ, identificado con la C.C. N° 5.576.965. ✓ ALIX BOLIVAR GRIMALDOS, identificada con la C.C. N° 23.267.887. ✓ GASTON RAMIRO ORTIZ MARTÍNEZ, identificado con la C.C. N° 91.275.747. Advirtiéndoles que contra esta Decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 74 y siguientes C.P.A.C.A.), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO OCTAVO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en los Folios de Matrícula Inmobiliaria Nos. 300-165096, 300-165152, 300-165153.
ARTÍCULO NOVENO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1098662243
LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
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FlagSigned_1098662243
LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA
Registrador Principal (E) ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: NO