SNR - Resolución 2026021193649 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SNR - Resolución 2026021193649 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-000692-6 16 de enero de 2026 Por la cual se Decide una Actuación Administrativa.
Expediente: 300A.A.2024-105
EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS
DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA
En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante Auto N° 000239 de fecha 27/09/2024, se dio inicio a la Actuación Administrativa N° 300-A.A.2024-105, en razón que, GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131, solicitó con Turno de Corrección N° 2024-300-3-1709 del 27-08-2024, que se modifique la Anotación N° 31 del Folio con Matrícula Inmobiliaria N° 300-14847, toda vez que al momento de inscribir la Escritura Publica N° 1496 del 16-05-2022 de la Notaria Primera del Círculo de Floridablanca, inscrita con Turno de Radicación N° 2022-300-6-29810, Contentiva de Transferencia de Dominio a Titulo de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar De BANCO DE BOGOTÁ S.A.
con Turno de Radicación N° 2022-300-6-29810, Contentiva de Transferencia de Dominio a Titulo de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar De BANCO DE BOGOTÁ S.A. identificado con el Nit. 860.002.964-4 a favor de GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131, se Registró, como adquiriente a DIESE Y TURBOS LTDA., identificado con el Nit. 800.249.905-2, marcándosele la X de propietario, el cual actúa como Locatario, no siendo esto lo estipulado en dicho instrumento público. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las pruebas allegadas al mismo.
PRUEBAS: Mediante Auto N° 000282 de fecha 25-11-2025, se Decretaron las siguientes Pruebas: Pruebas aportadas: ✓ No se aportó ninguna prueba.
Pruebas de Oficio: ✓ Copia de la Escritura Pública N° 1496 del 16-05-2022, de la Notaria Primera del Círculo de Floridablanca. ✓ Así como los demás documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes del Folio con Matrícula Inmobiliaria Nº 300-14847, que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga. ✓ El Certificado de Tradición y Libertad del mismo Folio de Matrícula Inmobiliaria.Página | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
✓ El Certificado de Tradición y Libertad del mismo Folio de Matrícula Inmobiliaria.Página | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARGUMENTOS DEL SOLICITANTE Que, GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131, solicita con Turno de Corrección 2024-300-3-1709 del 27-08-2024, que se modifique la anotación N° 31 del Folio con Matrícula Inmobiliaria N° 300-14847, toda vez que al momento de inscribir la Escritura Publica N° 1496 del 16-05-2022 de la Notaria Primera del Círculo de Floridablanca, inscrita con Turno de Radicación N° 2022-300-6-29810, Contentiva de Transferencia de Dominio a Titulo de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar De BANCO DE BOGOTÁ S.A. identificado con el Nit. 860.002.964-4 a favor de GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131, se Registró, como adquiriente a DIESE Y TURBOS LTDA., identificado con el Nit. 800.249.905-2, marcándosele la X de propietario, el cual actúa como Locatario, no siendo esto lo estipulado en dicho instrumento público. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta
esto lo estipulado en dicho instrumento público. Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las pruebas allegadas al mismo. CONSIDERACIONES DEL REGISTRADOR Que, revisada la Escritura Publica N° 1496 del 16-05-2022 de la Notaria Primera del Círculo de Floridablanca, se constató que la misma es Contentiva de Transferencia de Dominio a Titulo de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar De BANCO BOGOTÁ S.A. identificado con el Nit. 860.002.964-4 a favor de GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131 respecto del inmueble identificado con el Folio de Matrícula N° 300-14847 figurando como Locatario DIESEL Y TURBOS LTDA, identificado con el Nit. 800.249.905-2. Que revisada la calificación dada al instrumento en comento se tiene que al registrar la Escritura Pública N° 1496 del 16-05-2022 de la Notaria Primera del Círculo de Floridablanca, con el Turno de Radicación 2022-300-6-29810 del 02-08-2022, en la Anotación N° 31 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-14847, respecto de la Transferencia de Dominio a Titulo de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar, se verifico que la transferencia se efectuo a DIESE Y TURBOS LTDA., identificado con el Nit. 800.249.905-2, el cual no corresponde con lo indicado en la escritura, toda vez que quien
que la transferencia se efectuo a DIESE Y TURBOS LTDA., identificado con el Nit. 800.249.905-2, el cual no corresponde con lo indicado en la escritura, toda vez que quien adquiere el inmueble es la señora GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE. Por lo anterior se deberá eliminar al Locatario DIESE Y TURBOS LTDA y en su lugar incluir a la Adquiriente GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131, a fin de que el Folio refleje su real situación Jurídica. Asimismo, en el proceso de revisión del Folio de Matrícula Inmobiliaria N.° 300-14847, se evidenció que el valor que debió inscribirse en dicho folio corresponde al de la oferta de compra, esto es, la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000), y no la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($250.000.000), como erróneamente quedó registrado.Página | 3
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la Matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta Ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 30014847, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente
estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 30014847, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la Decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR modificar la inscripción de la Anotación N° 31 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-14847, en el sentido de sustituir como Adquiriente a DIESE Y TURBOS LTDA, identificado con el Nit. 800.249.905-2 e incluir como tal a GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR modificar la inscripción de la Anotación N° 31 del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300-14847, en el sentido de sustituir el valor registrado por la suma de $250.000.000 y, en su lugar, indicar como valor del acto lo correspondiente a la oferta de compra, esto es, la suma de $2.000.000, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍCAR la presente Decisión a:
expuestas en la parte motiva de esta Resolución.
ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍCAR la presente Decisión a: ✓ GLORIA EDILMA RUEDA DE DUARTE, identificada con la C.C. N° 37.836.131. ✓ Representante Legal del BANCO DE BOGOTÁ, identificado con el NIT.860.002.964-4. ✓ Representante Legal de DIESEL Y TURBOS LTDA., identificada con el NIT.
800.249.905-2. Advirtiéndoles que contra esta Decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 74 y siguientes C.P.A.C.A.), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.
ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.Página | 4
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
de 2011.Página | 4
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 20 No 34-01
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARTÍCULO SEXTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el Folio de Matrícula
Inmobiliaria N° 300-14847.
ARTÍCULO SEPTIMO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1098662243
LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA
Registrador Principal (E) ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: NO