SNR - Resolución 20260216122503 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SNR - Resolución 20260216122503 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2025-027308-6 26 de diciembre de 2025
Por la cual se ordena la baja de bienes inservibles, obsoletos, no requeridos por la Oficina de Registro de Instrumentos públicos de Sabanalarga – Atlántico, para ofrecerlos a título gratuito a otras entidades públicas.
LA REGISTRADORA SECCIONAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL
CIRCULO DE SABANALARGA – ATLÁNTICO
En uso de las facultades legales consagradas en los artículos 1,2,5,6,71 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 del 2015 los numerales 2.5 y 12 del Decreto 2723 de 2014, el artículo 108 del Decreto 1510 de 2013, la Resolución 02790 de 2022 emitida por la Superintendencia de Notariado y Registro.
CONSIDERANDO: Que el artículo 1 de la Resolución N° 02790 del 14-3-2022, proferida por la Superintendencia de Notariado y Registro, autoriza a los directores regionales, para que coordinen y adelanten los trámites pertinentes con el propósito de dar de baja a los elementos obsoletos, inservibles o no requeridos. “Que justifiquen su retiro, previas las formalidades locales para ofrecerlos a título gratuito a otras entidades, donación o en destrucción con el fin de depurar y descongestionar el uso de espacio físico de las
los elementos obsoletos, inservibles o no requeridos. “Que justifiquen su retiro, previas las formalidades locales para ofrecerlos a título gratuito a otras entidades, donación o en destrucción con el fin de depurar y descongestionar el uso de espacio físico de las instalaciones de las bodegas o áreas destinadas para su almacenamiento y cuyo estado amerite adelantar un trámite de baja definitiva de los inventarios de la Entidad” Que, para dar continuidad a las actividades programadas con la administración de bienes muebles, se requiere retirar del servicio y dar de baja los bienes no utilizados, inservibles, obsoletos e innecesarios que por su antigüedad, características, desgastes, deterioro y obsolescencia no son útiles para el desarrollo de gestión institucional y generan gastos de arrendamiento, custodia y/o manejo. Que atendiendo a lo dispuesto en el artículo 108 del Decreto 1510 de 2013, (...) las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web. Que la Entidad Estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad que pretende satisfacer con el bien y las razones que justificanPágina | 2
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 su solicitud.
Que en cumplimento del procedimiento establecido en el mencionado artículo 108 del
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 su solicitud.
Que en cumplimento del procedimiento establecido en el mencionado artículo 108 del mencionado Decreto, la Superintendencia de Notariado y Registro, identifica los bienes susceptibles de ser dados de baja de los inventarios ofrecidos a título gratuito. Que los bienes ofimáticos que se darán de baja cuentan con concepto técnico diligenciado en el formato "F4 Concepto Técnico”, en el cual se determinan el estado de los bienes de cómputo de acuerdo con el artículo tercero "procedimiento para la baja de bienes inservibles" ART 3 numeral 2 "concepto técnico y artículos del procedimiento para la baja de bienes inservibles" de la Resolución 02790 de 14-032022. Que se realizó inspección ocular a los bienes muebles, enseres, maquinaria y equipo de oficina objeto de enajenación a título gratuito los cuales se viabilizan para dar de baja teniendo en cuenta el grado de desgaste, deterioro, obsolescencia y que no son útiles para el desarrollo de la gestión institucional. Quedando relacionados en el formato F13 Acta de Inspección Ocular – ORIP, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3 "Inspección y acta de bienes" de la Resolución 02790 del 14-03-2022. Que en cumplimiento de la normatividad vigente los Bienes Muebles y Enseres son objeto de donación a título gratuito a entidades sin ánimo de lucro pública o privada. Que en cumplimento de la normatividad ambiental vigente establecida por el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo SostenibleMADS; la SNR se integra a los
objeto de donación a título gratuito a entidades sin ánimo de lucro pública o privada. Que en cumplimento de la normatividad ambiental vigente establecida por el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo SostenibleMADS; la SNR se integra a los programas que se desarrollan a través del colectivo de empresas encargadas de la recolección de los Residuos Peligrosos y los RAEES (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos), como respuestas a la iniciativa de impulsar la responsabilidad social empresarial e institucional con una gestión adecuada de los residuos de Colombia. Que la Entidad, se acoge a lo establecido en el marco legal de la ley 1672 del 19 de julio 2013, el Decreto 1076 de 2015, el Titulo 6 art.2.2.6.1.3.6, 2,2.6.1.3.7, 2.2.6.1.3.8 y 2.2.6.1.4.3 y el articulo 22 del Decreto 4741 de 2005, la resolución No. 1512 del 5 de agosto 2010, realizado la entrega a los gestores autorizados 4741 de 2005, la resolución No. 1512 del 05 de agosto 2010, realizado la entrega a los gestores autorizados de residuos peligrosos y RAEES con el fin contribuir con una disposición final adecuada y sostenible de dichos residuos en especial los no aprovechables, en forma definitiva, en los lugares especialmente seleccionados y diseñados para evitar la contaminación, los danos y riesgos a la salud humana y al medio ambiente. Que la superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2, numeral 3 de la resolución 10899 de octubre de 2017 " por la cual se
la contaminación, los danos y riesgos a la salud humana y al medio ambiente. Que la superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2, numeral 3 de la resolución 10899 de octubre de 2017 " por la cual se adopta la Política Ambiental y el Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA", expidió la Circular No. 1369 del 9 marzo de 2018, para optimizar el desempeño ambiental en la disposición final de los Residuos Peligrosos - RAESS. Que, en mérito de lo expuesto,Página | 3
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO - Baja de Bienes Tecnológicos Devolutivos y de consumo controlado: Ordenar la baja de los siguientes bienes propiedad de la Superintendencia de Notariado y Registro, teniendo en cuenta su estado de obsolescencia, deterioro y utilidad con el fin de ser ofrecidos en enajenación a título gratuito a Entidades Públicas:
PANTALLAZO F15
ARTÍCULO SEGUNDO - Baja de bienes muebles y enseres de consumo controlado: Ordenar la baja de los siguientes bienes propiedad de la Superintendencia de Notariado y Registro, teniendo en cuenta su estado de obsolescencia, deterioro y utilidad con el fin de ser ofrecidos en enajenación a título gratuito a Entidades Públicas: PANTALLAZO F15Página | 4
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
PANTALLAZO F15Página | 4
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARTÍCULO TERCERO - Procedimiento Administrativo y Contable: Los bienes relacionados en los artículos primero y segundo del presente acto administrativo, deberán de acuerdo con la normatividad contable vigente, clasificarse en las cuentas de orden correspondientes y realizar la gestión por la HGFI (Herramienta de Gestión Financiera Integral) para que las transacciones definidas en este proceso (Reintegro, baja y baja definitiva) afecte directamente la base de datos de inventarios de propiedad, planta y equipo.
ARTÍCULO CUARTO - Publicación: Esta resolución se publicará por 30 días calendario, a través de la página Web institucional de la Superintendencia de Notariado y Registro, para lo que se creará el link especifico que permita identificar la oferta de bienes para enajenación a título gratuito a Entidades Públicas.
ARTÍCULO QUINTO - Inspección de bienes: Los bienes tecnológicos y bienes muebles aquí relacionados pueden ser inspeccionados y verificados en la dependencia de la ORIP Sabanalarga – Atlántico ubicada en la carrera 21 #21-47, barrio Centro del municipio de SabanalargaAtlántico, por las Entidades Públicas interesadas quienes se comunicarán con la líder de almacén e inventarios de esta dependencia. ARTÍCULO SEXTO - Manifestaciones de Interés: Las entidades interesadas en adquirir estos bienes a título gratuito deben manifestarlo dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de publicación de la presente resolución, en la carrera
dependencia. ARTÍCULO SEXTO - Manifestaciones de Interés: Las entidades interesadas en adquirir estos bienes a título gratuito deben manifestarlo dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de publicación de la presente resolución, en la carrera 21 #21-47, barrio Centro del municipio de SabanalargaAtlántico, en el cual se debe expresar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican dicha solicitud. Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia, la cual se corroborará con la radicación de correspondencia realizada en la ORIP Sabanalarga – Atlántico, ubicada en la carrera 21 #21-47, barrio Centro delPágina | 5
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 municipio de SabanalargaAtlántico.
Los representantes legales de las Empresas interesadas en recibirlos deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega. Sí pasados los 30 días de publicación del acto administrativo no se recibe manifestación por parte de ninguna entidad oficial para la enajenación a título gratuito, por tratarse de bienes, muebles, enseres y equipo de oficina; la ORIP Sabanalarga – Atlántico realizará ofrecimiento a 2 o más entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas.
por tratarse de bienes, muebles, enseres y equipo de oficina; la ORIP Sabanalarga – Atlántico realizará ofrecimiento a 2 o más entidades sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas.
ARTÍCULO SEPTIMO - Entrega de Bienes: Designada la Entidad a la cual se otorgarán los bienes relacionados en el Artículo 1 y 2 del presente acto administrativo. Estos se entregarán materialmente en la ORIP Sabanalarga – Atlántico ubicada en la carrera 21 #21-47, barrio Centro del municipio de SabanalargaAtlántico, en un término no mayor de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del formato F12 ACTA DE ENTREGA POR DONACIÓN DE BIENES INSERVIBLES. El costo del transporte estará a cargo de la Entidad receptora.
ARTÍCULO OCTAVO: Política manejo de información: Los discos duros de los equipos dados de baja en la presente resolución pueden contener información confidencial de la ORIP Sabanalarga – Atlántico.
Una vez se entreguen a la empresa que le practique la disposición final se informa que ninguna persona podrá usar, retener, imprimir, copiar, distribuir o hacer público su contenido, de hacerlo podría tener consecuencias legales como las contenidas en la Ley 1273 del 05 de enero de 2009 y todas las que le adicionen o modifiquen. En caso que por alguna razón o por error una persona ajena a la SNR reciba información relacionada con la entidad, por favor informar a seguridad.digital@supernotariado.gov.co, deberá borrarla, mantener la reserva y confidencialidad sobre el contenido de los datos e información.
ARTÍCULO NOVENO: Los equipos de cómputo de la ORIP Sabanalarga – Atlántico y
seguridad.digital@supernotariado.gov.co, deberá borrarla, mantener la reserva y confidencialidad sobre el contenido de los datos e información.
ARTÍCULO NOVENO: Los equipos de cómputo de la ORIP Sabanalarga – Atlántico y en lo referente a sus sistemas operativos, son adquiridos con licenciamiento tipo OEM, utilizados por los fabricantes de los mismos. Este tipo de licencias están vinculadas al equipo de cómputo donde se instaló por primera vez y para siempre. NO puede ser utilizada en otro PC, por lo tanto, la vida útil de ellas esta ligada a la vida útil de la máquina. La ORIP no adquiere por separado licencias de sistemas operativos.
Una vez que la ORIP a través del área encargada decide dar de baja un equipo de cómputo, también está dando de baja su sistema operativo.
ARTÍCULO DECIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.Página | 6
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 Con Carrera 27 Esquina
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_22510948
YERLIS MARGARITA MOLINA TEJERA
Registrador Seccional 0192-10 ORIP - Sabanalarga - Dirección Regional Caribe
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: Si Copia DIANA AGUILAR; YENNY CAROLINA CIFUENTES ORTIZ - DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERASUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO YENNY CAROLINA CIFUENTES ORTIZ - DIRECCION
Copia DIANA AGUILAR; YENNY CAROLINA CIFUENTES ORTIZ - DIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERASUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO YENNY CAROLINA CIFUENTES ORTIZ - DIRECCION
ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA - SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
Elaboró: ZURIA ESTHER JIMENEZ VILLA / ORIP70
Revisó: YERLIS MARGARITA MOLINA TEJERA / ORIP70
Aprobó: . YERLIS MARGARITA MOLINA TEJERA / ORIP70A. Mantenimiento Correctivo Incidente Solicitud Número Ticket:
B. Diagnostico en laboratorio Incidente Solicitud
C. Concepto (s) Técnico (s) Borrado seguro Si No
Copia de Respaldo Si No
D. Solicitud Servicio Especial Resumen de solicitud inicial: Fecha atención
24/12/2025
ITEM PLACA TIPO DE
ELEMENTO MARCA SERIAL PROCESADOR CONCEPTO TECNICO
(VER ÍTEM 5)
1 322052 MONITOR DELL CNOKW14V74261389
4EL N/A A
2 312705 CPU HP MXL3030342G N/A A
3 322059 MOUSE DELL CN09RRC748729397
0321 N/A A
4 312701 CPU HP MXL30304TZ N/A A
5 322073 TECLADO DELL USB
ESPAÑOL
CNOC639N71616388
03GG N/A A
6 322053 TECLADO DELL CNO639N716163880
3GC N/A A
7 322075 PARLANTES DELL CN042DJY7780138T0
00Z N/A A
8 322070 PARLANTES DELL CN042DJY7780138T0
07K N/A A
9 322064 MOUSE DELL CNO9RRC748729397
0310 N/A A 10 232855 TECLADO DELL CN-0T348F-71616 N/A A 11 322071 CPU DELL 6B5T8Z1 N/A A
12 313076 MONITOR HP CNC303QDJB N/A A
13 322047 MONITOR DELL CNOKW14V74261389
49GL N/A A
14 322049 MOUSE DELL CN09RRC748729396
00DY N/A A 15 201473 TECLADO IBM 2214419 N/A A 16 322066 CPU DELL 69YT8Z1K N/A A 17 232718 MONITOR DELL CN-04DDG1 N/A A 18 322056 CPU DELL 6CLS8Z1 N/A A
19 313077 MONITOR HP CNC303QMGH N/A A
20 322058 TECLADO DELL CNOC639N71616388
03G7 N/A A 21 335045 CPU HP 4CE63715R7 N/A A
22 322057 MONITOR DELL CNOKW14V74261389
49YL N/A A 23 322061 CPU DELL 6BWR8Z1 N/A A
24 335047 TECLADO HP BGBYV0A5Y381N8 N/A A
Análisis/pruebas:
Diagnóstico: Solución:
ITEM PLACA TIPO DE
ELEMENTO MARCA SERIAL PROCESADOR CONCEPTO TECNICO
(VER ÍTEM 5)
Análisis/pruebas:
Diagnóstico: Solución:
ITEM PLACA TIPO DE
ELEMENTO MARCA SERIAL PROCESADOR CONCEPTO TECNICO
ELEMENTO MARCA SERIAL PROCESADOR CONCEPTO TECNICO
(VER ÍTEM 5)
Análisis/pruebas:
Diagnóstico: Solución:
ITEM PLACA TIPO DE
ELEMENTO MARCA SERIAL PROCESADOR CONCEPTO TECNICO
(VER ÍTEM 5)
Análisis/pruebas:
Diagnóstico: Solución:
ITEM ELEMENTO CANT # DE PARTE CAPACIDAD
1 2 3
Nombre legible: Nombre legible: Diana Naranjo Suarez
N/A N/A
Firma a conformidad: N/A
N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A
280 G2 SFF
DELL P2214H22
DELL Optiplex 7010 LTNA N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A N/A DELL Optiplex 7010 20”LCD DELL Optiplex 7010
CPQ LA2002X20
DELL USB
ESPAÑOL
Optiplex 7010
CPQ LA2002X20
DELL P2214H22
DELL OPTICO USB
SK8825
USB ESPAÑOL
DELL AX210EXTER
DELL AX210EXTER
DELL OPTICO USB
SK-8175 P2214H22 Pgdas
COMPAQ ELITE
8300
DELL OPTICO USB
COMPAQ ELITE
8300
DELL USB
ESPAÑOL
PROCESO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA Código: GA-FR-004
PROCEDIMIENTO: ADMINISTRACIÓN Y CONTROL DE INVENTARIO Versión: 1
FORMATO: F4 ATENCIÓN SOPORTE TÉCNICO, MANTENIMIENTO
CORRECTIVO /LABORATORIO/ CONCEPTO TÉCNICO/ SERVICIO Fecha: 23/Sep./2025
MEMORIA RAM
(CAPACIDAD EN
6SOLICITUD DE REPUESTOS (Adjuntar fotografía de partes requeridas)
MARCA PARTE REQUERIDA
5TIPOS DE CONCEPTOS TÉCNICOS
MODELO
B. SE ENCUENTRA EN ESTADO INSERVIBLE PARA DAR DE BAJA.A. SE ENCUENTRA EN ESTADO DE OBSOLESCENCIA TECNOLÓGICA
PARA LA ENTIDAD.
C. SE ENCUENTRA EN ESTADO FUNCIONALMENTE BUENO SE SUGIERE LA PERMANENCIA DEL MISMO. D. SE ENCUENTRA AVERIADA DEBE SER REPARADO Y/O O ACTUALIZADO.
NOTA: Es de precisar que los equipos de cómputo de la SNR y en lo referente a sus sistemas operativos, son adquiridos con licenciamientos tipo OEM que son los utilizados por los fabricantes de los mismos. Este tipo de licencias están vinculadas al equipo de cómputo donde se instaló por primera vez y para siempre. No puede ser utilizada en otro PC, por la 1 - TIPO DE SOPORTE (Seleccione según el caso)
Calle 26 No. 13-49 Int 2011.129.523.230Cédula: Dirección ORIP: Empresa Zuria Esther Jimenez Villa Teléfono / Ext:Cargo:
3 - DATOS DEL FUNCIONARIO QUE SOLICITÓ EL SERVICIO
NIVEL CENTRALORIP/Área:Nombre: 1.033.771.867 Auxiliar Administrativo 4044-13 Instalación de repuesto(s) y solución
Teléfono / Ext:Cargo:
3 - DATOS DEL FUNCIONARIO QUE SOLICITÓ EL SERVICIO
NIVEL CENTRALORIP/Área:Nombre: 1.033.771.867 Auxiliar Administrativo 4044-13 Instalación de repuesto(s) y solución Entrega de elemento(s) Técnico que atendió el servicio Funcionario SNR / Oficina Registro Soporte Técnico Atención y solución Atención y escalamiento Zuria Esther Jimenez Villa
7 - FIRMAS POR CONFORMIDAD DEL SERVICIO PRESTADO 2 - DATOS PERSONALES TÉCNICO PRESTADOR DEL SERVICIO solicitud concepto tecnico
diana naranjo suarezNombre: 708397
Cédula:
MEMORIA RAM
(CAPACIDAD EN MODELO Nota: Si necesita generar más de 3 conceptos técnicos puede adicionar los ítems que requiera. Sin Tener en cuenta que en mismo formato no se deben incluir diferentes convenciones
MEMORIA RAM
(CAPACIDAD EN
4 - DATOS DE ELEMENTOS TECNOLÓGICOS MANTENIMIENTO CORRECTIVO/CONCEPTO TÉCNICO MODELO Concepto técnico Se procede a realizar concepto tecnico de cada uno de los elementos indicados. Se realizan las validaciones correspondientes y se evidencia que los equipos no se encuentran optimos por desgaste por uso y antigüedad, afectando su correcto funcionamiento. Se confirma que los elementos se encuentran en estado de obsolescencia tecnológica para la entidad, motivo por el cual no es viable su recuperación ni su uso operativo 2
MODELO
3