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SNR - Resolución 20260324164156 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 20260324164156 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Superintendenciade

Notariado y Registro RES®LUCIÓN No. DE, : POR LA CUAL SÉ EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE`DA POR

TERMINADO UN EÑGARGO.Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMÍENTO

.'.`. PROVISIONAL EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En usode lasfacultadeslegales,especialmentelasque lefueron conferidaspor¡elnumeral 23 del artículo13 del Decreto 2723 de 2014, y CONSIDERANDO: Que elartículo125 de laConstitución Políticade Colombia establece que losempleos en las Entidades del Estado sonde carrera,salvo algunas excepciones yqueelingrésoaestoscargos,asícomo elascensóen losmismos seefectuaráprevio cumplimiento de I s requisitos y condicionesque fijalaleypara determinarlos méritosy calidadesde losaspira tes. Que la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC, mediantéAcuerdo60del13dejuliode2023, convocó y estableciólas reglas del proceso de selección,en las modalidades de Ascenso y Abiertopara .proveerlosempleos en vacancia definitivade laplantade personal pertenecientealSistemaEspecíficodeCarreraAdministrativade lasSuperintendenciasde la Administración Pública 'Nacional - Proceso de Selección No. 2502 de 2023SUPERINTEÑDENCIA ICE NOTARIADO Y REGISTRO. Que,agotadaslasetapasdelcitadoprocesode selección,laComisión Nacional del Servicio CivilCNSC expidiólaResolución 3907 de 03 de abrilde 2025, por medio e la cual se

conformó la listade elegiblespara proveer el empleo de TÉCNICO ADMIN STRATIVO, Código3124,Grado 18,de carreraadministrativade laPlantaGlobalde Pe sonalde la Entidad,ófertadocon laOt'EC No. 203037 en lamodalidadde abierto. Que lacitadaResolución.quedó en firmeeldía 12 de mayo de 2025, de acuerdo con eloficio 2025RS065097 de 16 de rayo delmismo año, suscritoporeldoctorMauricioLiévanoBernal,Comisionado de la CNSC. Que elartículo25 delDecreto Ley 775 de 2005,señalaque: "Como resultado dei proceso de selecciónse conformará la listade elegibles,de acuerdocon lareglamentaciónque parae/efectoestablezcaelGobiernoAlacional.Losempleosobfefq`delaconvocatoriaseránprovistosa partirde quien oc pe elprimer puestodelalistay enestrictoordendescendente" Que el04 de marzo de 2Ó26,laDireccióndeAdministraciónde Carrera Administrativade la CNSC, una vez efectuadoelrespectivoanálisisde viabilidaddeusodelistadéelegiblesyconforme eloficioNo. 2Ó25RS174891 del22 de octubrede 2025,laDirectoraTécnicade la,1 Página 1 Superintendenciade Notariadoy Registro Código:MP -CNEA-FO -02-FR-07Dirección:Calle 26 N° 13-49 Interior201 Versión: 05 Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 02-07 -2024i

RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026Superintendenciade Notariadoy Registró '.

RESOLUCIÓN No. DE PÓR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIOIQ DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE,UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL

Dirección de Administración de Carrera Administrativa delaComisiónNacionaldelServicio Civil,Edna PatriciaOrtega Cordero,establece: "La Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC en cumplimiento a loestablecidoen elliteral (f)delarticulo11 de laLey 909 de 2004 y elartículo13 delAcuerdo CNSC 019 de 2024, realizóelrespectivoEstudioTécnico de procedenciacon elfinde proveer mediante eluso de listasde elegibleslavacante de losempleos ofertadospor laSUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO en el Proceso de Selección No. 2502 de 202 3Superintendencias cuyo concurso fue declarado desierto.Acorde con el resultadodel EstudioTécnico y previoagotamientode lostres(3)primerosórdenes de provisiónde que tratael artículo2.2.5.3.2del Decreto 1083 de 2015, es posible autorizarel uso de listade elegiblesen lossiguientestérminos:" Ítem 1 OPEC• P%cián LE 1 Elegible 1 .Númerodeidentificación JENNIFERSOFÍAQUINTERO '`s` 1 203037 16

LOPEZ 1140860488

Que laseñoraJENNIFER SOFÍA QUINTERO LÓPEZ, identificadacon cédula de ciudadanía No. 1140860488, cumple con los requisitosy competencias labórales para desempeñar e! cargode TÉCNICO ADMINISTRATIVO, Código,3124,Grado 18,de laPlantaGlobalde Personal de laEntidad,como consta en lacertificaciónexpedidaporlaDirectoradeTalento Humano el 19 de marzo de 2026. Que, de conformidad con lalistade elegibles,laentidad procederá a nombrar en periodode pruebaalelegiblelaseñoraJENNIFER SOFIA QUINTERO LÓPEZ,identificadaconcédula de ciudadanía No. 1140860488, quien ocupa lugarelegibleen;i :lista. Que a la fecha el empleo a proveerse en periodo de prueba;;medianteelpresenteacto administrativose encuentra provistode manera temporal medianteencargoporResolución No 530 del 22 de enero de 2015, con la señora CLAUDIA IIRARIADE LOS ANGELES CASTAÑEDA CARDENAS, identificadacon cédulade ciudadaníanúmero 51730539, titular delcargoAUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 4044,Gradó,16, de la plantaglobalde personal. PáginaJ2 Superintendenciade Notariadoy Registro Código: MP -CNEA - P0 -02 - FR -07

Dirección: Calle 26 N 13-49 Interior201 Versión: 05

Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 02-07-2024

'J RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026Superintendenciade

Notariado y Registro RESÓLUCEÓN No. DE POR LA CUAL SÉ EFECTÚA.UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAM PROVISIONAL Que a.suvezenelempleó"titularde lacitadaservidorapúblicaCLAUDIA MAI ANGELES CASTAÑEDA CARDENAS, estoes,en elempleoAUXILIAR ADMINI Código 4044, Grado 16, se encuentra nombrado en provisionalidaden la plan personalde laEntidad mediante laResolución 8004 de 12 de juliode 2022, elsi TOVAR LOPEZ, identificadocon cédulade ciudadaníanúmero 79664754.

DA POR

DE LOS RATIVO, global de r EDWIN Que elDecreto 1083 de 2015 modificado y adicionadopor elDecreto 648 de 201 en su artículo2.2.5.3:4`;Terminaciónde encargo y nombramientoprovision cumplirseeltérminode drraciónde encargo,de prórrogao de/nombramiento p nominado,rpor resoluciónmotivada,podrá darlospor terminádos.° contempla Antes de visional,el Que laJurisprudencia constitucionalha indicadoque: ?...)que los actosen que se decidela desvinculaciónde los SE pmvisionalidaddebe` contenerlasrazonesdelserviciopor las cuales si

cargoalfuncionario.(...)Por eso,losmotivosde interéspúblicoque fun desvinculacióndetir.serexplicitadosparagarantizarelderechoaldebido fapersonadesvindjida.Así,ladiscrecio►ialidaddel nominador solo puec razones de interésgeneral atinentesal servicioprestado por el funcioi cuenta de sus responsabilidadesen la entidad,dentro de los cuales mencionado las razones disciplinarias,la caliifcacióninsatisfactoriau especificaatinenteal senricíoque está prestando y debería prestar e concreto.Por supuesto,larazón principalconsisteen que elcargo va a ser un funcionarioque ha participadoen un concurso de méritosy ocupado dichoconcursoqú& lohace merecedordelcargo."Sent..C-297-Ó7M..Pr CapadaEspinoza.'(Subrayadofueradetexto). visores en separa del 'amentan la proceso de e atender a ario habida a Corte ha otra razón funcionario rcupado por un lugar en lanuel José PalacioQue igualmente, la Corte Constitucionalmediante SU-917 de 2010, M.P. Jorge sobreeltema de retirode 1osprovisionales,refiere:J='tt; "En suma, eldeber'iJmotivaciónde losactosadministrativosque (por re tiene la administración,hace efectivala cláusula de Estado de Derecho, democrático,elprincipiodepublicidadenlasactuacionesde laadministracli

quepermitea losa'sdciadoscontarcon elementosdejuiciosuifcientespai derechode contradiccióny defensaa finde acudirante las instanciasgu autoridadesjudicialespara controlarlosabusos en elejerciciodelpoder. D. a laAdministracióncorresponde motivas losactos,esto es, hacer expresas !lageneral) elprincipio ,altiempo ejercersu ernativasy esta forma as razones Página 13 SuperintendenciadeNotariadoy Registro

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Notariadoy Registro RESOLUCIÓN No. DE POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTÉ UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL de su decisión,mientrasque a lajurisdiccióncompete deifnirsi esas razones son justificadasconstitucionaly legalmente. Estos movimientos pueden ser,por ejemplo,aquellosqueksefundanenlarealizaciónde losprincipiosque orientanlafunciónadministrativao derivadosde/incumplimiento de lasfuncionespropiasdelcargo,lascuales,en todocaso,deben serconstatables

empíricamente,es deci,rcon soportefáctico,porque de/o contrariose incurriráen causalde nulidadpor falsamotivación."(...) . "En ese orden de ideas,solo es constitucionalmenteadmisibleunamotivacióndondela insubsistenciainvoque argumentos puntualescomo lap•.rpvisióndefinitivadelcargopor haberse realizadoel concurso de méritosrespectivo;lp imposición de sanciones disciplinarias,la calificacióninsatisfactoriau otrarazón`especfca atinentealservicio que estáprestando y deberá prestare!funcionarioconcreto" Que el Consejo de Estado en sentencia del 7 de diciembre de 2016 radicado 73-001-23-33000-2013-00149-01, señaló: "Respecto a la discrecionalidadde lacualgozaba laFiscalíaGeneral de laNación para definiren elmarco de laplantaglobal,loscargos especíifcosque seríanprovistoscon el registrode elegiblesy la protecciónespecialde laspersona en situaciónde discapacidad,las madres, padres cabeza de familiay,!pspre-pensionados,laCorte Constitucionalindicóque laúnica limitaciónque tenialaFiscalíaGeneralde laNación erareemplazarlospQr una personaque hubiereganado elconcursoy ocupado un lugar que lepermitieraaccedera una de lasplazasofertádas.' Señaló que en este caso, losprovisionalesno podían áÍegarvulneraciónde derecho alguno,alser desvinculados de laentidadtoda vez queláfueronparaserreemplazados

por alguien que gano elconcurso, porque laestabilidadrélativaque se laha reconocido a quienes estén vinculadosbajoestamodalidad,cede frentéa!mejorderecho que tienen laspersonas que ganaron elconcurso públicode méritos". Que la Corte Constitucional mediante sentencia T 096 de 2018 M.P LUIS GUILLERMO GUERRERO PERE2, señaló que la estabilidadlaboral relativade los servidores en provisionalidadcede frenteal derecho que le asistea una persona que superó todas las etapas del concurso de méritos para acceder a un cargo público,así: "En síntesis,a los servidores públicos nombrados en provisionalidaden cargos de carrerano les asisteel derecho a la estabilidadpropio de quienaccedea lafunción Página (4 Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N°13-49 Interior201

Bogotá D.C.,Colombia ádlgo: MP -CNEA -PO -02 -FR -O7 ' Versión: 05 ' Fecha: 02-07-2024 RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026tJ. r` Superintendenciade Notariadoy Registro RESOLUCIÓN No. DE POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA,SE DA PORTERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL públicapormedio de ún concursode méritos.Sinembargo,sigozan de uná estabilidad

laboralrelativao intérmedia,conforme a lacual,suretirosoloprocederáporrazones objetivasprevistasen laConstituciónyen laley,o paraproveerlasvacantesque ocupan con unapersonaque hayasuperadosatisfactoriamentelasetapasde un procesode seleccióne integre,elregistrode elegibles,dada laprevalenciadel méritocomo presupuestoineludlÍéparaélacceso y permanencia enlacarreraadminis¶ratWa.(...) (...)Recuérdeseqüé'laterminacióndelvínculolaboraldeunempleadoqreocupaenprovisionalidadun caigo de camera porque laplaza respectivadebe serprovistacon la persona que superó todas las etapas del concurso de méritos,no desconocesus derechos fundamentales, pues la estabilidadrelativao intermediaquese leha reconocido a esta categoría de servidorescede frenteal mejor derecho que tienen aquellosque pa►ticipronen un concursopúblicoe integraronlalistade elegibles" Que así mismo, laCorte Constitucionalen pronunciamiento del8 de octubrede 2019,reiteró que la estabilidadlaboralrelativaque le asistea algunosservidoresenprovisiónalidadno puede considerarse de manera indefinida: "Asilascosas,lajurisprudenciaconstitucionalha sostenidoquelaestabilidádlaboralde la que gozan todos los funcionariospúblicosque se encuentranen provisionalidades una estabilidadla3:& relativao reforzada,en lamedidaenquenotienenderechoa

permanecerde rráY&a •indefinidaen elcargo,pueseste debe proveerse a travésde concursodeméritós,Porsuparte,aquellosfuncionariospúblicosque se encuentranen provisionalidady qué:'sonsujetosde especialprotecciónconstitucionalgozandeunaestabilidadlaboralreforzada,pero pueden llegara serdesvinculadocon elpropósitode proveer elcargo que ocupan con una persona que ha ganado elconcursode méritos, pues se entiendeqúe elderecho de laspersonas que seencuentranenpróvisionalidadcede frentealmejor derecho que tienenaquellosque participanenunconcúrsopúblico" Que para los casos que aplique,cuando se evidencieque se termina un provisionala un servidorpúblico que goza de fuero sindical,en los términos Código SustantivodelTrabajo,es importanteprecisarque elartículo24 delC de 2005 estableceque: Ds en el Ley 760 ARTICULO 24.No seránecesarialaautorizaciónjudicialpara retirardel empleados amparadós con fuerosindicalen lossiguientescasos: 24.1.Cuandonosurirrenélperíododeprueba. a los Página 1 5 -02-FR-07 05

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Superintendenciade Notariadoy Registro Código:MP -CNEADirección: Calle 26 N° 13-49 Interior201 Versii Bogotá D.C.,Colombia' Fecha: 02RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026Superintendenciade '

Notariadoy Registro ü RESOLUCIÓN No. DE POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL 24.2.Cuando losempleos provistosen pmvisiona/idadsean convocados a concurso y elempleado que loocupa no participeen él. 24.3.Cuando losempleos provistosen provisionalidadsean convocados a concurso y elempleado no ocupare lospuestos que permitansu ngipbramientoen estrictoordende mérito' Que laCorteConstitucionalen SentenciaC1119 de 20Q5;declaróexequibleelartículo 24 delDecretoLey 760 de 2005,alconsiderarque: ,.; Y r "Enefecto,se tratade situacionesobjetivaspreviament stablecidasporlaleycomo causal de retirodelempleo lasque dan lugara ello;De ahique no sea necesariala autorizaciónjudicialque se echa de menos por losdemándantes,puesno setratade verificarlaexistenciao no de justascausas deldespidodetrabajadoresamparadosconfuero como una medida tuitivadel derecho de asociáción sindical, sino de dar cumplimientoa losprocesos de selecciónpara elingresoa.lafunciónpública,fundados en elméritoy laigualdadde oportunidadesde todos losaspirantes" Que en sentidosimilar,elMinisteriode Trabajo,en concepto118047 de 2014,concluyó: "...paraproceder al retirodel serviciode un empleado público nombrado en

provisionalidada efectode cumplircon eldebidonombramientoen propiedad de acuerdo con la listade elegiblesresultantesdel ncurso Público de Méritos correspondiente,no es necesarioagotarelproceso espé&alde levantamientode fuero sindical ante el Juez Laboral de conformidad con lo establéc/doen elartículo24 delDecreto 760 de 2005." Que, de acuerdo con lo anterior,se deberá efectuar elnombramiento en periodode prueba, dar por terminado elencargo y declararinsubsistenteelnombramientoen provisionalidaden elcargo a suplirpor listade elegibles,para dar cumplimientoal'mandatoconstitucionalde la carrera administrativay las disposicioneslegalesque regula:Iamateriay en todocaso garantizarlaprestacióndel servicio.

En méritode loexpuesto: RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Nombramientoen períodode prueba.Nombrar en período de prueba dentro de lacarrera administrativaa laseñora JENNIFER SOFIA QUINTERO LOPEZ, identificadacon cédula de ciudadanía No. 1140860488, én el cargo de TÉCNICO

+=•~'. Páginaj6 Superintendenciade Notariadoy Registro Código:MP -CNEA - PO.02 - FR -07

Dirección: Calle26 N° 13-49 Interior201 Versión: 05

Bogotá D.C.,Colombia "'` Fecha: 02-072024 RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026Superintendenciade

Notariadoy Registro RESOLUCIÓN No. DE POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA PORTERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL ADMINISTRATIVO, Código 3124, Grado 18, de laPlantaGlobalde Personalde la Entidad,con una asignaciónmensualde $ (4.476.171)pesos.

PARÁGRAFO: Durantela•vigenciadelperíodode prueba,alservidorpúblicono se lepodrá efectuarningún movimientó dentrode la plantade personalque impliqueel ejerciciode funcionesdistintasa lashç1icadasen laConvocatoria2502de2023,quesirviódebaseparasu nombramiento, en virtud.delodispuesto en elarticulo2.2.6.29delDecreto 103 de 2015.

ARTICULO SEGUNDO: Períodode Prueba:Elperiodode prueba de que trataelpresente artículotendráuna duraciónde cuatro(4)meses contados a partirde lafechade posesión,al finalde los cuales será evaluado el desempeño laboralpor elsuperiorinmediato,en los términosdispuestosen láResolución7060 del6 de juniode 2019.

ARTICULO TERCERO: Terminación de un encargo y reintegroalempleolelcualestitula.rComo consecuencia del nombramiento en periodo de prueba efectuadoen elarticulo primerode lapresente:;tesolución,se da porterminadoelencargorealizadomediantelaResoluciónNo 530 del .,2'de enero de 2015, con la señoraCLAUDIAMARA DE LOSANGELES CASTAÑEDA ,CARDENAS, identificadacon cédulade ciudadaníanúmero

51730539,en e!empleo:fTECNICOADMINISTRATIVO, Código 3124,Grado18,quien deberá asumirelempleó de AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código4044,Grados16,delcuales titular,una vez la señora JENNIFER SOFIA QUINTERO LÓPEZ,tomepósesiándelempleo para elcualfue noftibradoen periodode prueba,delocualseleinformaráatravésde laDirecciónde Talento4umano.

ARTÍCULO CUARTO: . 'Declaratoria de Insubsistencia. Como consec encia del nombramientoen periodode pruebay terminacióndelencargo efectuadosen losartículos precedentes de esta resolución,se declarainsubsistenteelnombramientoen provisiona(idaddel señor EDWIN TOVAR LOPEZ, identificadocon cédula de ciudadanía número 79664754, en elcargode AUXILIAR ADMINISTRATIVO, Código 4044, Grado 16,de lapla taglobalde laSuperintendencia de Notariado y Registroefectuado mediante la Resolución 8004 de 12 de juliode 2022.La insubsistenciadeclaradaen estaResoluciónse hará efectivauna vez la señoraJENNIFER SOFIA QUINTERO LOPEZ, tome posesión,circunstanciaque leserá informada por laDirección,de Talento Humano.

ARTÍCULO QUINTO: Recurso.En virtudde locontempladoen elartículo75 de laLey 1437 de 2011 contralapresenteresoluciónno procederecursoalguno por tratarsede un acto

administrativode ejecución: ARTÍCULO SEXTO: Publtción. Elpresenteactoadministrativose publicaráen laintranet y páginaweb de laentidá';por eltérminode diez(10)días hábiles,en cumplimientodel Página 17 Superintendenciade Notáriadoy Registro Código:MP -CNEA -IDO-02-FR -07

Dirección: Calle28N`13-49Intérior201 Versi4n:05Bogotá D.C.,Colombia _ _' Fecha: 02-07 -2024

RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026Superintendenciade

Notariadoy Registro RESOLUCIÓN No. DE POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIOD,o:DEPRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENtE'UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL Acuerdo No. 0370 del 22 de Diciembre de 2020 de la Comisión;NacionaldelServicioCivilCNSC, en concordanciacon lodispuestoen elartículo5°delDécreto760de2005.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicación,Comunicarlapresenteresolucióna JENNIFER SOFÍA QUINTERO LÓPEZ, CLAUDIA MARTA DE LOS ANGELES CASTAÑEDA CARDENAS, EDWIN TOVAR LOPEZ y a laDirecciónde TalentoHumano para lopertinente ARTÍCULO OCTAVO: La presenteresoluciónrigea partirde lafecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C.,a los

RICARDO AGUDELO SEDANO Superintendentede Notariadoy Registro Aprobó: Mariana IsabelArteaga Mejia - DirectoraTalento HuRevisó:Nancy MaribelOrdóñez Cáceres - ProfesionalEsp H Proyectó; Yury AlejandraNieves Rojas - Grupo Vinculacióny A Qy 1 at.. Página j8 Superintendenciade Notariadoy Registro Código: MP -CNEA - PO.02 -FR -07

Dirección: Calle 26 N° 13-40 Interior201 Versión: 05

Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 02-07 -2024 RES-2026-007141-6 24 de Marzo de 2026

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