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SNR - Resolución 20260407105314 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 20260407105314 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-006619-6 18 de marzo de 2026 Por la cual se decide una Actuación Administrativa.

Expediente: 300A.A.2025-80

LA REGISTRADORA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS

DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA (E)

En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa, ANTECEDENTES Que, mediante AUTO N° AUT-2025-001575-5 del 03-07-2025, se dio inicio a la Actuación Administrativa N° 300-A.A.2025-80, en razón que, GUSTAVO DIAZ OTERO, identificado con la C.C. N° 5.795.162, solicito con Turno de Corrección N° 2025-300-3-1026 del 14-052025, se modifique la Anotación N° 11 del Folio con Matrícula N° 300-107869, en cuanto a la inscripción de la Sentencia del 06-09-2023, del Juzgado Segundo Civil del

Circuito de Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38739 del 1311-2024, Contentiva de DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO - ESCRITURAS PUBLICAS Nos. 4392 del 31-07-1992; 4499 DEL 25-06-1993 y 7838 DEL 03-11-1195 de la Notaria Tercera de Bucaramanga, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, A BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, la cual no corresponde con lo indicado en el instrumento en comento, ya que se indicó en la participación con A, GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE y BARBOSA GAMBOA LUIS ALBERTO, ya que se adjudica es a

BARBOSA LUIS ALBERTO.

De otra parte, en la Anotación N° 12 del Folio con Matrícula N° 300-107869 se inscribió la Sentencia del 09-10-2024, ordenado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38740 del 13-11-2024, Contentiva de ACLARACIÓN – SENTENCIA DEL 06-09-2023, proferida por el Juzgado

Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38740 del 13-11-2024, Contentiva de ACLARACIÓN – SENTENCIA DEL 06-09-2023, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO ESCRITURAS PUBLICAS NOS. 4392 DEL 31-07-1992; 4499 DEL 25-061993 Y 7838 DEL 03-11-1195 DE LA NOTARIA TERCERA DE BUCARAMANGA RAD: 2009-00107-00 EN CUANTO A LA ADICIÓN DE UN NUMERAL, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, a favor de BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, la cual no corresponde con lo indicado en el instrumento en comento, ya que se adjudica es a BARBOSA LUIS ALBERTO.Página | 2

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Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su decisión, previa valoración de las pruebas allegadas al mismo.

PRUEBAS: Mediante AUTO N° AUT-2025-004125-5 del 1-12-2025, se Decretaron las siguientes

Pruebas: Pruebas aportadas:  Derecho de Petición de fecha 10-02-2025 de GUSTAVO DIAZ OTERO.  Poder conferido por MARTHA CECILIA GUERRERO ACEVEDO a YINA MARCELA MAYORGA CHAPARRO Y GUSTAVO DIAZ OTERO.  Copia Simple Certificado de Tradición y Libertad del Folio de Matrícula Inmobiliaria N° 300107869.  Formulario de Calificación de folio N° 300-107869  Oficio N° 3081 del 29 de octubre de 2024 del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga.  Acta Audiencia de Instrucción y Juzgamiento del 06 de septiembre de 2023, Juzgado

Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga.

Pruebas de Oficio:  Sentencia del 06-09-2023, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga  Así como los demás documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes delm Folio con Matrícula Inmobiliaria N° 300-107869 que reposan en la Oficina de Registro de

Instrumentos Públicos de Bucaramanga.

 Así como los demás documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes delm Folio con Matrícula Inmobiliaria N° 300-107869 que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga.  Los Certificados de Tradición y Libertad del mismo Folio de Matrícula Inmobiliaria. ARGUMENTOS DEL SOLICITANTE Que, GUSTAVO DIAZ OTERO, identificado con la C.C. N° 5.795.162, solicitó con Turno de Corrección N° 2025-300-3-1026 del 14-05-2025, se modifique la Anotación N° 11 del Folio con Matrícula N° 300-107869, en cuanto a la inscripción de la Sentencia del 06-092023, del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38739 del 13-11-2024, Contentiva de DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO - ESCRITURAS PUBLICAS Nos. 4392 DEL 31-07-1992; 4499 DEL 25-06-1993 y 7838 DEL 03-11-1195 de la Notaria Tercera de Bucaramanga, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, A BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N°

identificada con la C.C. N° 37.791.806, A BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, la cual no corresponde con lo indicado en el instrumento en comento, ya que se indicó enPágina | 3

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Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025 la participación con A, GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE y BARBOSA GAMBOA LUIS ALBERTO, ya que se adjudica es a BARBOSA LUIS ALBERTO.

De otra parte, en la Anotación N° 12 del Folio con Matrícula N° 300-107869 se inscribió la Sentencia del 09-10-2024, ordenado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga, inscrita con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38740 del 13-11-2024, Contentiva de ACLARACIÓN – SENTENCIA DEL 06-09-2023, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO ESCRITURAS PUBLICAS NOS. 4392 DEL 31-07-1992; 4499 DEL 25-061993 Y 7838 DEL 03-11-1195 DE LA NOTARIA TERCERA DE BUCARAMANGA RAD: 2009-00107-00 EN CUANTO A LA ADICIÓN DE UN NUMERAL, De BARBOSA JOSÉ

1993 Y 7838 DEL 03-11-1195 DE LA NOTARIA TERCERA DE BUCARAMANGA RAD: 2009-00107-00 EN CUANTO A LA ADICIÓN DE UN NUMERAL, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, a favor de BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, la cual no corresponde con lo indicado en el instrumento en comento, ya que se adjudica es a BARBOSA LUIS

ALBERTO.

CONSIDERACIONES DE LA REGISTRADORA

1Que, revisada la Sentencia del 06-09-2023, del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga, se Constató que esta es Contentiva de DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO - ESCRITURAS PUBLICAS Nos. 4392 del 31-07-1992, 4499 del 25-06-1993 y 7838 DEL 03-11-1195 de la Notaria Tercera de Bucaramanga, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado

con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, A BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, registrada en la Anotación N° 11 sobre el Folio de Matrícula N° 300-107869.

2A tener en cuenta que la Sentencia del 09-10-2024, ordenado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga, Contentiva de ACLARACIÓN – SENTENCIA DEL 06-092023, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga

DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO ESCRITURAS PUBLICAS NOS. 4392

DEL 31-07-1992; 4499 DEL 25-06-1993 Y 7838 DEL 03-11-1195 DE LA NOTARIA TERCERA DE BUCARAMANGA RAD: 2009-00107-00 EN CUANTO A LA ADICIÓN DE UN NUMERAL, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, a favor de BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861 registrada en la Anotación N° 12 sobre el Folio de Matrícula

ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861 registrada en la Anotación N° 12 sobre el Folio de Matrícula N° 300-107869. Que, revisada la calificación dada al instrumento en comento, se tiene que al registrar está, en el Folio de Matrícula N° 300-107869,Página | 4

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Código: AC-FR-008

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Fecha: 09/Jul./2025  Anotación N° 11, con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38739 del 13-11-2024 se adjudicó a favor de A BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, no siendo esto lo conforme a lo estipulado en la Sentencia del 09-10-2024, ordenado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga ya que quien retoma la Titularidad del predio es el señor LUIS ALBERTO BARBOSA identificado en vida con la C.C. N° 13.839.129, sobre el 50% del Derecho Real de Dominio del inmueble.

 Anotación 12, con el Turno de Radicación N° 2024-300-6-38740 del 13-11-2024 se

adjudicó a favor de A BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, no siendo esto lo conforme a lo estipulado en la Sentencia del 09-10-2024, ordenado por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bucaramanga ya que quien quien retoma la Titularidad del predio es el señor LUIS ALBERTO BARBOSA identificado en vida con la C.C. N° 13.839.129, sobre el 50% del Derecho Real de Dominio del inmueble. Por lo anterior se deberá sustituir a los señores, BARBOSA LUIS ALBERTO y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE en el sentido de incluir como tal a LUIS ALBERTO BARBOSA identificado en vida con la C.C. N° 13.839.129, marcándosele la X como Titular de Derecho Real de Dominio, a fin de que el Folio refleje su real situación jurídica. El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la Matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del Folio con Matrícula N° 300-107869, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la Decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,

RESUELVE:

Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la Decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR modificar la Anotación N° 11 del Folio de Matrícula N° 300-107869, en el sentido de suprimir como adquirientes a BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, e incluir en su lugar a LUIS ALBERTO BARBOSA identificado en vida con la C.C. N° 13.839.129, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR modificar la Anotación N° 12 del Folio de Matrícula N° 300-107869, en el sentido de suprimir como adjudicatarios a BARBOSA LUIS ALBERTO, con C.C. N° 13.872.772, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861, e incluir en su lugar a LUIS ALBERTO BARBOSA identificado en vida con la C.C. N° 13.839.129, por las razones expuestas en la parte motiva de esta ResoluciónPágina | 5

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Código: AC-FR-008

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Fecha: 09/Jul./2025

ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

ARTÍCULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFÍCAR la presente Decisión a:  GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861.  HEREDEROS DETERMINADOS INDETERMINADOS DE LUIS ALBERTO BARBOSA, con la C.C. N° 13.839.129.

Advirtiéndoles que contra esta Decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 74 y siguientes C.P.A.C.A.), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón.

ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR COMUNICAR el contenido el presente Auto de Apertura al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, para ser tenido en

ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR COMUNICAR el contenido el presente Auto de Apertura al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, para ser tenido en cuenta en el Proceso DECLARATORIA SIMULACIÓN DE CONTRATO ESCRITURAS PUBLICAS NOS. 4392 DEL 31-07-1992; 4499 DEL 25-06-1993 Y 7838 DEL 03-11-1195

DE LA NOTARIA TERCERA DE BUCARAMANGA RAD: 2009-00107-00 EN CUANTO A LA ADICIÓN DE UN NUMERAL, De BARBOSA JOSÉ YALIL, identificado con la C.C. N° 91.541.595, BARBOSA GOMBOA CAMILO, identificado con la C.C. N° 1.098.698.936, TORRES DE PEREZ MARÍA LUDY, identificada con la C.C. N° 37.791.806, a favor de BARBOSA LUIS ALBERTO, quien en vida se identificaba con la C.C. N° 13.839.129, y GAMBOA DE BARBOSA SOLANGE, identificada con la C.C. N° 37.817.861

ARTÍCULO SÉPTIMO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el Folio de Matrícula

Inmobiliaria N° 300-107869.

ARTÍCULO OCTAVO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEPágina | 6

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Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

@Documento_preparado_para_firma

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Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

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Fecha: 09/Jul./2025

@Documento_preparado_para_firma

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LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA

Registrador Principal (E) ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia

Elaboró: LUZ PERLA SANCHEZ ORTIZ / ORIP89

Revisó: LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA / ORIP89

Aprobó: . LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA / ORIP89

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