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SNR - Resolución 20260421183456 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 20260421183456 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

z Superintendencia de

Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO

PROVISIONAL EL SUP INTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de lasfacultades:lÉgales,especialmentelasque lefueronconferidaspor elnumeral 23 delartículo13 delDecreto2723 de 2014,y

CONSIDERANDO:

Que elartículo125 de laConstituciónPolíticade ColombiaestablecequelosempleosenlasEntidades del Estado son de carrera,salvo algunas excepciones y que el ingresoa estos cargos,asícomo elascenso en losmismos se efectuarápreviocumplimientode losrequisitos y condiciones que fijalaleypara determinar losméritosy calidadesde losaspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC, mediante Acuerdo 60 del 13 de juliode 2023, convocó y estableció las reglas del proceso de selección,en las modalidades de Ascenso y Abiertoparaprpveerlosempleos en vacanciadefinitivadelaplantadepersonalpertenecientealSistema E pecíficode CarreraAdministrativade lasSuperintendenciasde la Administración Pública Nacional - Proceso de Selección No. 2502 de 2023SUPERINTENDENCIA DE NOTÁRIADO Y REGISTRO. Que, agotadaslasetapas; lcitadoprocesode selección,laComisión Nacionaldel Servicio

CivilCNSC expidió laRe olución5546 de 23 de mayo de 2025, por medio de la cual se conformó lalistade elegiLiiespara proveerelempleo de AuxiliarAdministrativo, Código 4044, Grado 16, de carrera administrativade la Planta Globalde Personalde laEntidad,ofertado con la OPEC No. 203138 en la modalidad de abierto. Que lacitadaResolución quedó en firmeeldía 10 de juniode2025,deacuero coneloficio2025RS077787 del 11 de junio del mismo año, suscritopor eldoctorMiguel Fernando Ardila Leal,Comisionado (E) de la,CNSC. Que elartículo25 del Decreto Ley 775 de 2005, señala que: "Como resultadodeiproceso de selecciónse conformarála listade elegibles,de acuerdoconlareglaxtentaciónqueparaelefectoestablezca el Gobierno Nacional. Los empleos objetóredlaconvocatoriaseránprovistosapartirdequienocupeelprimer puesto de lalistay n estrictoorden descendente". Que el 18 de febrero de 20.6, la Dirección de Administración de CarreraAdministrativade laCNSC, una vez efectuadalrespectivoanálisisde viabilidadde uso de listade elegibles, previoagotamientode lóstres(3)primerosórdenes de provisiónde quetrataelartículo 2.2.5.3.2delDecreto 1083 de 2015y haciendo uso delMódulodereportedenovedadesdel Página 11 Superintendenciade Notariadoy Registro

Dirección: Calle 26 N° 13-49 Interior201

Bogotá D.C.,Colombia

Código: Fecha: 21 de abril del 2026

RES-2026-009167-6Superintendencia de

Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIObÓ DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL G t Banco Nacional de Listasde ElegiblesBNLE del PortalSIMÓ 4.0autorizóelusodelalista de elegiblespara elelegiblemencionado a continuación:„''-_ Ítem OPEC n Elegible humero dé identificacion 9 203138 146 ELIZABETH GONZÁLEZ 1053840209SANTA Que el día 19 de marzo de 2026, con el acompañamiento de laOficinade Control Interno de Gestión, en cumplimiento de loestablecidopor laCNSC, en.elartículo31 del acuerdo 60 del 13 de juliode 2023, se realizóAudiencia virtualpara laesc,ogenciade plazas vacantes para laOPEC 203138, según laposiciónen lalistade elegibles„atendiendolosaspectos y lineamientos establecidos en los artículos4 y 5 del Acuerdo No. 16 de 2025 de laCNSC, previaa laautorizaciónrecibida. Que la señora Elizabeth Gonzalez Santa, identificadacon éédula de ciudadaníaNo. 1.053.840.209,cumple con los requisitosy competencias la óralespara desempeñar el

cargo de AuxiliarAdministrativo,Código 4044, Grado 16,dé,(PlantaGlobaldePersonalde la Entidad,como consta en lacertificaciónexpedida porlabirectoradeTalentoHumanoel 16 de abril de 2026. "-- Que, de conformidad con lalistade elegibles,laentidad procederáa nombrarenperíodode prueba a la señora Elizabeth Gonzalez Santa, identificadacón cédula de ciudadaníaNo. 1.053.840.209, quien ocupa lugarelegibleen lalista. Que a la fecha el empleo a proveerse en periodo de prueba mediante el presente acto administrativose encuentra provistode manera temporal mediante encargo por Resolución No. 530 del 22 de enero de 2015, con la señora LiliaAlvarez Blandon, identificadacon cédula de ciudadanía número 24.726.329, en carrera administrativaen elempleo Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 16, de laplantaglobalde personal. Que a su vez en el empleo titularde lacitadaservidora púbiicaLiliaAlvarezBlandon,esto es,en elcargo AuxiliarAdministrativo, Código 4044, Grado 13, se encuentra nombrado en provisionalidaden laplantaglobalde personal de laEntidad mediante laResolución 554 de 22 de enero de 2015, el señor Juan Carlos Quintero: Hen. c identificadocon cédula de ciudadanía número 15.387.903. r -r Página 12 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Jul./2025 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6Superintendencia de Notariado y Registro

• RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL 7 contempla

l. Antes de rovisional,el Que elDecreto 1083 de 2015 modificadoy adicionadopor elDecreto 648 de 20 en su artículo2.2.5.3.4 "Terminación de encargo y nombramiento provisior cumplirseeltérmino de duración de encargo, de prórroga o delnombramiento nominador, por resoluciónrnotivada,podrá darlospor terminados." Que laJurisprudenciaco'riitucio.nalha indicadoque: "(...)que los actosen que se decidela desvinculaciónde los s provisionalidaddebe.i contener las razones del serviciopor las cuales cargoalfuncionario.(...)Poreso,losmotivosdeinteréspúblicoque fui desvinculacióndeben ser explicitadospara garantizarelderecho aldebic lapersona desvinculada:Así, la discrecionalidaddel nominador solo puE iiaores en separa del amentan la o proceso de de atender a nario habida la Corte ha i otra razón 'l funcionario 'ocupado por run lugar en Manuel José

razones de interés•general atinentesal servicioprestado por el funci cuenta de sus responsabilidades en la entidad, dentro de los cuales mencionado las razones disciplinarias,la calificacióninsatisfactoria especificaatinente al servicioque está prestando y debería prestar concreto.Por supuesto, larazón principalconsisteen que elcargo va a se un funcionarioque ha participadoen un concurso de méritos y ocupad dicho concurso qué lo hace merecedor del cargo."Sent. C-297-07 M..P Cepeda Espinoza.(St'brayadofuerade texto). Que igualmente,laCort&donstitúcionalmedianteSU-917de 2010, M .JorgE sobreeltema de retirodÉ=_losprovisionales,refiere: "En suma, eldeber'&3 motivaciónde losactos administrativosque (por tienela administración,hace efectivala cláusulade Estado de Derech democrático,elprincipiode publicidaden lasactuacionesde laadministra que permitea losasociadoscontarcon elementosde juiciosuficientesp derechode contradiccióny defensaa finde acudirante las instancias autoridadesjudicialespara controlarlosabusos en elejerciciodelpoder. a laAdministracióncorrespondemotivaslosactos,esto es,hacer exprese de su decisión,mientras que a la jurisdiccióncompete definirsi esas justificadasconstitucionaly legalmente. Estosmovimientosp»ledenser,porejemplo,aquellosque se fundanende los principiosqu nentan la función administrativao derivados del i

delasfuncionespt,biasdelcargo,lascuales,en todocaso,debensei Iván Palacio gla general) el principio ón, altiempo ra ejercersu ibernativasy ►e esta forma s las razones razones son la realización cumplimiento constatables Página 13 Superintendenciade Not indoy Registro

Dirección: Calle 26 N° 13'49 Interior201

Bogotá D.C., Colombia Código: C-FR-008 ión: 1 Jul./2025Fecha: 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6Superintendencia de

Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTEÑT UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL empíricamente, es deci,rcon soporte fáctico,porque dé locontrariose incurriráen causal de nulidad por falsamotivación."(...) "En ese orden de ideas, solo es constitucionalmente admisibleuna motivacióndonde la insubsistenciainvoque argumentos puntuales como lapróvisióndefinitivadel cargo por haberse realizado el concurso de méritos respectivo,.la imposición de sanciones disciplinarias,la calificacióninsatisfactoriau otra razón.específica atinente al servicio que está prestando y deberá prestarelfuncionarioconcreto" Que el Consejo de Estado en sentencia del 7 de diciembre de 2016 radicado73-001-23-33000-2013-00149-01, señaló: "Respecto a ladiscrecionalidadde lacualgozaba laFiscliaGeneralde laNaciónpara definiren elmarco de laplanta global,loscargos especxcos que seríanprovistoscon el registrode elegiblesy la protección especial.de "'láspersona en situaciónde discapacidad,lasmadres,padrescabeza de familiay,1/q pre-pensionados, la Corte Constitucionalindicóque la única limitaciónque teníalá lscalíaGeneral de laNación erareemplazarlosporunapersonaquehubiereganadoélconcursoy ocupadoun lugar que lepermitieraacceder a una de lasplazas ofertadas..:: Señaló que en este caso, los provisionalesno podían alegar vulneraciónde derecho alguno,alser desvinculados de laentidadtoda vez que lofueronpara serreemplazados por alguienque gano elconcurso,porque laestabilidadrelativaque se laha reconocido a quienes están vinculadosbajo estamodalidad,cede frentea/mejor que tienen laspersonasque ganaronelconcursopúblicode méritos". Que la Corte Constitucional mediante sentencia T 096 de 2018 M.P LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ, señaló que la estabilidadlaboralrelativade los servidores en provisionalidadcede frente al derecho que le asistea una persona que superó todas las etapas delconcurso de méritospara acceder a un cargo públicoasí: r "En síntesis,a los servidorespúblicosnombrados en''pro visionalidaden cargos de

carrerano les asisteel derecho a la estabilidadpropiódé quien accede a la función públicapormedio de un concursode méritos.Sinembargo, sigozan de una estabilidad laboral relativao intermedia, conforme a la cual, su retirósolo procederá por razones objetivasprevistasen laConstitucióny en laley,o paraproveerlasvacantesque ocupan con una persona que haya superado satisfactoriamentelas etapas de un proceso de Página 14 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Calle 26 N° 13 - 49 Interior201 .: Versión: 1

Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Jul./2025 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6Á w Superintendencia de Notariado y Registro

RESOLUCIÓN NÚMERO L ) POR LA CUAL SE EFECTÚA"UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL selección e integre el registrode elegibles,dada laprevalenciadelméritocomopresupuesto ineludiblepara elacceso y permanencia en lacarreraadministrativa.(...) (...)Recuérdese que la terminación del vínculolaboraldeunempleadocueocupaenprovisionalidadun cargo de carreraporque laplaza respectivadebe serprovistacon la persona que superó todas las etapas del concurso de méritos,no désconocesus

derechos fundamentales, pues la estabilidadrelativao intermediaqueseleha reconocido a esta categoría de servidores cede frentealmejorderechoquetienen aquellos que participaronen un concurso público e integraronlalistadeelegibles" Que asímismo,laCorte.Cpnstitucionalen pronunciamientodel8 de octubrede 2019,reiteró que la estabilidadlaborasrelativaque le asistea algunosservidoresenprovisionalidadno puedeconsiderarseden1a+éraindefinida: "Asílascosas,lajutfsprudenciaconstitucionalha sostenidoque laestabilidadlaboralde laque gozan todos Posfuncionariospúblicosque se encuentranenprovisionalidades una estabilidad labóral relativao reforzada, en la medidaenquenotienenderechoa permanecer de manera indefinidaen el cargo, pues este debeproveersea travésde concurso de méritos.;Por su parte,aquellosfuncionariospúblicosqueseencuentranen provisionalidady qué son sujetosde especialprotecciónconstitucionalgozan de una estabilidadlaboralreforzada,peropueden llegara ser desvinculado con elpropósitode proveer el cargo que ocupan con una persona que ha ganadoelconcursodeméritos, pues se entiendeque elderechode laspersonasque seencuentranenprovisionalidad cede frentealmejorderechoque tienenaquellosque participanenunconcursopúblico" Que para los casos que aplique,cuando se evidencieque se termina un nombramiento

provisionala un servidor`p tilicoque goza de fuerosindical,enlostérminosprevistosenel Código SustantivodelTr b o,°es importanteprecisarqueelartículo24delDecretoLey760 de 2005 estableceque: "ARTICULO24.Nc s ránecesarialaautorizaciónjudicialpara retirardel servicioa los empleadosamparadósconfuerosindicalen lossiguientescasos: 24.1.Cuando no superen elperíodo de prueba. 24.2.Cuando losempleosprovistosen provisionalidadsean convocados a concurso y elempleado que loocupa no participeen él. Página 15 SuperintendenciadeNotariadoy Registro Código:AC-FR-008

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BogotáD.C.,ColombiaY Fecha:c91Jul./2025 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6Í Superintendencia de Notariado y Registro •

RESOLUCIÓN NÚMERO .'". •1i POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIQ ;DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTEí UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL 24.3. Cuando los empleos provistosen provisionalidadsean convocados a concurso y el empleado no ocupare lospuestos que permitan su nombramiento en estrictoorden de mérito". Que la Corte Constitucional en Sentencia C-1119 de 2005, declaró exequible elartículo

24 del Decreto Ley 760 de 2005, alconsiderarque: "En efecto,se tratade situacionesobjetivaspreviamente establecidaspor la ley como causal de retirodel empleo las que dan lugara ello,De áhí que no sea necesaria la autorizaciónjudicialque se echa de menos por los de► ,pdantes,pues no se tratade verificarlaexistenciao no de justascausas de/despido c rabajadores amparados con fuero como una medida tuitivadel derecho de asCr ación sindical, sino de dar cumplimientoalosprocesosdeselecciónparaelingreso: lafunciónpública,fundados en elméritoy laigualdadde oportunidadesde todóslbs$espirantes" Que en sentido similar,elMinisteriode Trabajo,en concepto118047 de 2014,concluyó: "...paraprocederal retirodel serviciode un empleado público nombrado en provisionalidada efecto de cumplircon el debido nombramiento en propiedad de acuerdo con la listade elegiblesresultantesdel Concurso Público de Méritos correspondiente,no es necesario agotar elproceso especia/de levantamientode fuero sindical ante el Juez Laboral de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 760 de 2005." Que, de acuerdo con lo anterior,se deberá efectuar elnombramientoen períodode prueba, dar por terminado elencargo y declararinsubsistenteelnombramientoenprovisionalidaden elcargo a suplirpor listade elegibles,para dar cumplimientoalmandato constitucionalde la carrera administrativay las disposiciones legales que regul,rila materiay en todo caso

garantizarlaprestacióndel servicio.

En méritode loexpuesto: 1sWl' RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Nombramiento en período de prueba. Nombrar en período de prueba dentrode lacarreraadministrativaa laseñora ElizabethGonzalezSanta,identificada

con cédula de ciudadanía No. 1.053.840.209, en elcargo de AuxiliarAdministrativo, Código Página 16 Superintendencia de Notariadoy Registro Código: AC-FR-008

Dirección: Calle26 N° 13 -49 Interior201 :'-x, Versión: 1

BogotáD.C.,Colombia ,';; Fecha:09/Ju1./2025W; 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6.,fuesSuperintendencia de Notariado y Registroct= , _ RESOLUCIÓN NÚMERO f t I•i .ser, POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR TERMINADO UN EN.4RGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAIVÍIENTO{ PROVISIONAL 4044, Grado 16, de la Planta Global de Personal de laEntidad,con una asignaciónmensual de $(2.666.265)pesos.

PARÁGRAFO: Durantela.vigenciadelperíodode prueba,alservidorpúblicono se lepodrá efectuar ningún movimiento dentro de la planta de personal que implique el ejerciciode funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2502 de 2023,que sirviótlebase para

su nombramiento,en virtudde lodispuestoen elartículo2.2.6.29delDecreto 1083 de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: Péríodode Prueba:Elperíodode pruebade que tratóelpresente artículotendrá una duración de cuatro (4)meses contados a partirdelafechadéposesión,al finalde loscualesseráevaluadoeldesempeño laboralporelsuperiorinmediato,enlostérminosdispuestosen laResolución7060 del6 de juniode 2019.

ARTÍCULO TERCERO: Vminaciónde un encargo y reintegroal empleo del cual es titular:Como consecuencr`delnombramientoen periodode prueba efectuado en elartículo primerode lapresenteré'blución,se da porterminadoel encargo realizadomediante la Resolución No. 530 del 22 de enero de 2015, con la señora LiliaAlvarez Blandon, identificada con cédula de ciudadanía número 24.726.329, en el empleo Auxiliar Administrativo, Código :4044, Grado 16 quien deberá asumir el empleo de Auxiliar Administrativo,Código 4Ó44,Grado 13 delcuales titular,una vez la señora Elizabeth Gonzalez Santa,tome posesióndelempleo paraelcualfue nombrada en período de prueba, de lo cual se le informará a través de la Dirección de Talento Humano.

ARTÍCULO CUARTO: Declaratoria de Insubsistencia: Como consecuencia del nombramiento en periodo de prueba y terminación del encargoefectuadoseenlosartículos precedentes de esta resolución,se declara insubsistenteelnombramientoenpovisionalidaddel señor Juan Carlos Quintero Henao, identificadocon cédulade ciudadaníanúmero

15.387.903,en el cargo dt AuxiliarAdministrativo, Código 4044, Grado 13 de la planta globalde laSuperintend&iadé NotariadoyRegistroefectuadomediantelaResolución554de 22 de enero de 2015.'íL insubsistenciadeclarada en esta Resolución se hará efectiva una vez laseñoraElizabethG&iiííalezSanta,tome posesión,circunstanciaqueleseráinformada porlaDirecciónde Talent'Humano.

ARTÍCULO QUINTO: Recurso.En virtudde locontempladoenelartículo75delaLey1437de 2011 contra la presente resoluciónno procede recurso alguno por tratarsede un acto administrativode ejecución..

ARTÍCULO SEXTO: Publicación.Elpresenteactoadministrativose publicaráen laintranet y páginaweb de laentidad,por eltérminode diez(10) días hábiles,en cumplimiento del

Página 17 Superintendencia de Notariadoy Registro Código: AC-FR-008

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BogotáD.C.,Colombia,; .. Fecha:091Jul./2025 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6Superintendencia de ,

Notariadoy Registro zy RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA, SE DA POR

TERMINADO UN ENCARGO Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL Acuerdo No. 0370 del 22 de Diciembre de 2020 de la Comisióñ Nacional del Servicio CivilCNSC, en concordancia con lodispuesto en elartículo5° del Decreto 760 de 2005.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicación. Comunicar la preúnte resolución a Elizabeth Gonzalez Santa, LiliaAlvarez Blandon, Juan Carlos Quintro Henao y a la Direcciónde Talento Humano para lopertinente ARTÍCULO OCTAVO: La presenteresoluciónrigea partirde echa de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los

RICARDO AGUDELO SEDANO

Superintendente de Notariado y Registro

Aprobó: Mariana IsabelArteaga Mejía - DirectoraTalento Human

Revisó: Yury AlejandraNieves Rojas - ProfesionalGrupo VinculaciTÇyAP

Proyectó: Jeimy Lorena RodríguezDaza - Grupo VinculaciónyAP '/ ..

Página 1 Superintendencia de Notariado y Registro ,_5 Código: AC-FR-008

Dirección: Calle 26 N° 13-49 Interior201 Versión: 1

Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Ju1./2025 21 de abril del 2026 21 de abril del 2026 RES-2026-009167-6

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