SNR - Resolución 20260423215335 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 20260423215335 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
IISuperintendencia de Notariado y Registro dIt RESOLUCIÓN NÚMERO . L ) POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y S E DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de lasfacultadeslegales,especialmente lasque lefueron conferid s por el numeral 23 del artículo13 del Decreto 2723 de 2014, y CONSIDERANDO: Que el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia establece que los mpleos en lasEntidades del Estado son de carrera,salvo algunas excepciones y que eling eso a estos cargos, así como el ascenso en los mismos se efectuará previo cumplimi nto de los requisitosy condiciones ;que fijala ley para determinar los méritos y calid des de los aspirantes. Que laComisiónNacionaldelServicioCivilCNSC, mediante Acuerdo 60 del 13 de julio de2023,convocóy establµciólasreglasdelprocesodeselección,enlasmodálidadesdeAscenso y Abiertopara proveerlosempleos en vacanciadefinitivade laplanta Je personal pertenecientealSistema Específicode Carrera Administrativade lasSuperinte dencias de la Administración Pública Nacional - Proceso de Selección No. 2502 ie 2023SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO. Que, agotadaslasetapasdelcitadoprocesode selección,laComisiónNacional4lelServicio CivilCNSC expidióla Resolución 4648 del 23 de abrilde 2025, por medio dé lacualse
conformó lalistade elegiblespara proveer elempleo dePROFESIONALUNIVERSITARIO,Código 2044, Grado 10, de carrera administrativade la Planta Global de Per onal de la Entidad, ofertado con la OPEC No. 207305 en la modalidad de abierto. Que lacitadaResolución.dquiriófirmezaindividualel 05 de mayo de 202 , para las posiciones1 a 35,segun,atcio2025RS057590del08 de mayo de 2025, suscritopor el doctor Mauricio Liévano vernal,Comisionado de laCNSC. Que paraelcaso de laposición35 a 39,lalistaadquiriófirmeza individuale día 22 de octubrede2025,yapartJdelaposición40adquiriófirmezaindividualel19dienerode2026 de acuerdo con elretro de novedad efectuado por laComisión Nacional elServicio Civilen elBanco Nacional'deListasde Elegibles Que elartículo25 del Decreto Ley 775 de 2005, señala que: "Como resultado del proceso de selección se conformará la listade el gibles,de acuerdocon lareglamentaciónque paraelefectoestablezcael Gobierno lacional. Página 1 1 Superintendencia de Notariado y Registro Código: ACR-008
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RES-2026-009536-6Superintendencia de ='`I.y-. Notariado y Registro
RESOLUCIÓN NÚMERO
( ) POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL Los empleos objeto de la convocatoria serán provistos a partirde quienocupe el primer puesto de lalistay en estrictoorden descendente".,. Que el 09 de febrero de 2026, la Dirección de Administración tl CarreraAdministrativade laCNSC, una vez efectuado elrespectivoanálisisde viabilidad`:déusode listade elegibles, previo agotamiento de los tres (3) primeros órdenes de provsipn de que tratael artículo 2.2.5.3.2del Decreto 1083 de 2015 y haciendo uso del Módúlº.dereportede novedades del Banco Nacional de Listasde ElegiblesBNLE del PortalSII:MO4.0 autorizóelusode lalistade elegiblespara elelegiblemencionado a continuación: Ítem OPEC LE Elegible, identificáción 1 207305 40 DIANA CAROLINA 52918485AVELLA CEPEDA Que el día 19 de marzo de 2026, con el acompañamiento de la,Oficinade Control Interno de Gestión, en cumplimiento de loestablecidopor laCNSC, en élartículo31 delacuerdo 60 del 13 de juliode 2023, se realizóAudiencia virtualpara la escogencia de plazas vacantes para laOPEC 207305, según laposiciónen lalistade,elegibles,atendiendo los aspectos y lineamientosestablecidosen los artículos4 y 5 del.AcuerdoNo. 16 de 2025
de laCNSC, previa a laautorizaciónrecibida. Que laseñoraDiana CarolinaAvellaCepeda, identificadacon cédulade ciudadaníaNo. 52.918.485, cumple con los requisitosy competencias labórles para desempeñar el cargo de Profesional Universitario,Código 2044, Grado 'ID;de la Planta Global de Personal de la Entidad, como consta en la certiifcaciónexpédida por la Directorade Talento Humano el 17 de abril de 2026. Que, de conformidad con la listade elegibles,laentidad procedérá a nombrar en período de prueba a la señora Diana Carolina Avella Cepeda, identificadacon cédula dé ciudadanía No. 52.918.485, quien ocupa lugarelegibleen lalista. Que a la fecha el empleo a proveerse en periodo de prueba -mediante el presente acto administrativose encuentra provistocon un servidorpúbliconombrado en provisionalidad, el señor Cesar Rolando Gómez Chaparro, identificadocon cédula de ciudadanía No. 74.372.364 mediante la Resolución No. 554 de 22 de enero de 2015. Página 12 Superintendencia de Notariado y Registro ' Código: ,4C-FR-008
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RESOLUCIÓN NÚMERO
( )
POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y S
INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL DECLARA abe darse sesione el no afectar Que, como consecuencia;d:elpresente nombramiento en período de prueba, porterminadoun nombrám.iéntoprovisional,a partirdel momento en que se K elegiblenombrado en períodode prueba medianteestaresolución,con elfind laprestacióndelserviciopúblico. Que laJurisprudencia constitucionalha indicado que: "(...)que los actos en que se decide la desvinculación de los servidc provisionalidaddebén contener las razones del serviciopor las cuy separa del cargo alfuncionario.(...)Por eso, los motivos de interéspúbli fundamentan la desvinculacióndeben ser explicitadospara garant derecho aldebido proceso de /apersona desvinculada.Así,ladiscrecioi del nominador solo puede atender a razones de interésgeneral atine servicioprestado por elfuncionariohabida cuenta de sus responsabilida la entidad, dentr'o de los cuales la Corte ha mencionado las n disciplinarias,lacalificacióninsatisfactoriau otrarazón especificaatin servicioque está.prestandoy deberíaprestarel funcionarioconcre supuesto,larazónprincipalconsisteen que elcargo va a ser ocupado funcionarioque heji&tidipado en un concurso de méritos y ocupado u. en dicho concursbV'úe lo hace merecedor del cargo."Sent. C-297-0 Manuel José Cep di Espinoza.(Subrayado fuerade texto).
Que igualmente, laCorte Constitucionalmediante SU-917 de 2010, M.P. Jorge 1 sobre eltema de retirode los provisionales,refiere: en se que r el al en ite al Por or un lugar M.P. Palacio "En suma, el debe.r:demotivación de los actos administrativosque (por general)tienela administración,hace efectivala cláusula de Esta Derecho, elprincipiodemocrático, elprincipiode publicidaden las actuac de la administración,al tiempo que permite a los asociados conta elementos de juiciósuficientespara ejercer su derecho de contradice defensaa finde acúdirantelasinstanciasgubernativasy autoridadesjudi para controlarlos abusos en el ejerciciodel poder. De esta forma Administración corresponde motivas los actos, esto es, hacer exprese razonesde su decis%ón,mientrasque a lajurisdiccióncompete definirsF r razones son justificadasconstitucionaly legalmente. (..) Estosmovimientos;'puedense,rporejemplo,aquellosque se fundan realizaciónde losprincipiosque orientanla funciónadministrativao deni delincumplimientodelasfuncionespropiasdelcargo,las cuales,en todo regla o de con 'n y ala s las esas 'n la idos aso, Página 13 Superintendenciade Notariadoy Registro
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Código: Fecha: 23 de abril del 2026
RES-2026-009536-6Superintendenciade Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL deben ser constatablesempíricamente,es deci,rcon soportefáctico,porquede locontrariose incurriráen causal de nulidadpor falsamgtivación."(...) "En ese orden de ideas,soloes constitucionalmenteadmisibleunamotivación donde lainsubsistenciainvoqueargumentospuntualéscomo la provisión definitivadel cargo por haberse realizadoel concurso de méritosrespectivo, laimposiciónde sancionesdisciplinarias,lacalificación'insatisfactoríau otra razón específicaatinenteal servicioque está prestando y deberá prestar el funcionario concreto" Que el Consejo de Estado en sentencia del 7 de diciembre de 2016 radicado 73-001-2333-000-2013-00149-01, señaló: j. "Respecto a la discrecionalidadde la cual gozaba la FiscalíaGeneral de la Nación para definiren elmarco de laplantaglobal,loscargos específicosque serían provistoscon el registrode elegiblesy la protección especial de las persona en situaciónde discapacidad,las madres, padres cabeza de familia y, los pre-pensionados, la Corte Constitucionalindicó que laúnicalimitación que teníalaFiscalíaGeneralde laNación erareemplazáriospor una persona
a una de las plazas ofertadas. Señaló que en este caso, los provisionales no podían alegarvulneraciónde derecho alguno, al ser desvinculados de la entidad toda vez que lo fueron para ser reemplazados por alguien que gano el concurso, porque la estabilidadrelativaque se la ha reconocido a quienes están vinculadosbajo esta modalidad, cede frente al mejor derecho que tienen las personas que _ganaron el concurso público de méritos". Que la Corte Constitucional mediante sentencia T 096 de 2018 M.P LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ, señaló que la estabilidadlaboral relativade los servidores en provisionalidadcede frenteal derecho que le asistea una persona que superó todas las etapas del concurso de méritos para acceder a un cargo público,así: "En síntesis,a losservidorespúblicosnombradosSn provisionalidaden cargos de carrerano les asisteel derecho a la estabilidadpropio de quien accede a la funciónpúblicapor medio de un ,concúrsode méritos. Sin embargo,sigozan de una estabilidadlaboralrelativao':`intermedia,conforme a lacual,su retirosoloprocederáporrazonesobjétvasprevistasen la Página 14 Superintendencia de Notariadoy Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Jul./2025 23 de abril del 2026
RES-2026-009536-6Superintendencia de Notariado y Registro
RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA. UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y S DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL Constitucióny en la ley,o para proveer las vacantes que ocupan cc persona que haya superado satisfactoriamentelas etapas de un proc selección e integre.elregistrode elegibles,dada la prevalenciadel como presupuesto ,ineludiblepara el acceso y permanencia en la c administrativa.(..) , (...)Recuérdeseque laterminacióndelvínculolaboralde un emplea ocupa en provisionalidadun cargo de carreraporque laplaza respecti ser provistacon lá,persona que superó todas lasetapas del conc méritos,no desconoce sus derechos fundamentales,pues la este relativao intermediaque se le ha reconocido a esta categoríade ser cede frenteal mejor derecho que tienen aquellos que participaron concurso públicoe integraronlalistade elegibles" Que así mismo, laCorte Constitucionalen pronunciamiento del8 de octubrede que laestabilidadlaboralrelativaque le asistea algunos servidoresen provi: puede considerarse de manera indefinida: una de que debe ;o de un 19, reiteró calidad no "Asílas cosas, lajurisprudenciaconstitucionalha sostenidoque laestab laboralde la que gozan todos los funcionariospúblicos que se encuentre provísionalidades üna estabilidadlaboralrelativao reforzada,en lamedie queno tienenderechoa permanecerdemaneraindefinidaen elcargo, este debe proveerse a través de concurso de méritos.Por su parte,aqc
funcionariospúbligosque se encuentranen provisionalidady que son sc de especialprotcrión constitucionalgozan de una estabilidadla reforzada,peropoéden llegara serdesvinculadocon elpropósitode pro elcargo que ocupan:'conuna persona que ha ganado el concurso de mÉ pues se entiende'°'que.el derecho de las personas que se encuentra pro visionalidad cede frente al mejor derecho que tienen aquellos participanen un concurso público" dad i en a en ues en que Que para loscasos que aplique,cuando se evidencieque se termina un n provisionala un servidorpúblicoque goza de fuero sindical,en lostérminos p Código SustantivodelTrabajo,es importanteprecisar: bramiento istos en el Que elartículo24 del Decreto Ley 760 de 2005 estableceque: Página 15 Superintendencia de Nota. do y,Registro Código: AC-f
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Ju 23 de abril del 2026
RES-2026-009536-6Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO ®E PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL "ARTICULO24.No seránecesarialaautorizaciónjudicialpara retirardel servicioa losempleados amparados con fuerosindíál en los siguientes casos:
24.1. Cuando no superen elperíodo de prueba. 24.2.Cuando losempleosprovistosen provisionalidadsean convocados a concurso y el empleado que lo ocupa no participeen él: 24.3. Cuando los empleos provistosen provisionalidadsean convocados a concurso y el empleado no ocupare los puestás que permitansu nombramiento en estricto orden de mérito". Que la Corte Constitucional en Sentencia C-1119 de 2005, declaróexequibleelartículo24 delDecretoLey760de2005,alconsiderarque: ro' "En efecto,se tratade situacionesobjetivaspreviaménre establecidasporlaley como causal de retirodel empleo las que dan lugar a efo, De ahí que no sea necesariala autorizaciónjudicialque se echa de menó`por los demandantes, pues no se tratade verificarlaexistenciao no de justas;causas deldespidode trabajadores amparados con fuero como una medida tuitivadel derecho de asociación sindical,sino de dar cumplimiento a los procésos de selección para el ingreso a la función pública, fundados en el mérito y la igualdad de oportunidades de todos los aspirantes" Que, en sentido similar,el Ministeriode Trabajo,en concepto 148047 de 2014, concluyó: "para proceder al retirodel serviciode un empleadó: público nombrado en provisionalidada efectode cumplircon eldebidonombramientoen propiedad de acuerdo con lalistade elegiblesresultantesdel Concurso Público de Méritos correspondiente, no es necesario agotar elproceso especialde levantamientode fuero sindical ante el Juez Laboral de conformidad ,o n lo establecido en el
artículo 24 del Decreto 760 de 2005." Que, de acuerdo con loanterior,se deberá efectuarelnombramientoen períodode prueba y declararseinsubsistenteelnombramientoen provisionalidad3'n elcargoa suplirporlista de elegibles,para dar cumplimiento al mandato constitucionaltce la carrera administrativa Página 6 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 09/Jul./2025 23 de abril del 2026
RES-2026-009536-6i - Superintendenciade 'Notariado y Registro
RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y
INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL DECLARA y lasdisposicioneslegalesque regulanlamateriay en todo caso garantizarl prestación del servicio.
En méritode loexpuesto: .} RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Nombramiento en Período de Prueba. Nombrar en período de a Cepeda, rofesional ntidad,con prueba dentrode lacarreraadministrativaa laseñora Diana Carolina Avel identificadacon cédula de ciudadanía No. 52.918.485, en el cargo de 1
Universitario,Código 2044,Grado 10,de laPlantaGlobalde Personal de laE una asignaciónbásicamensual de ($4,935,489).
PARÁGRAFO: Durantelavigenciadelperíodode prueba,alservidorpúblicono se lepodrá
efectuarningúnmovimientodentrode laplantade personalque impliqueeléjerciciode funciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2502 de 2023, que sirvióde base para su nombramiento, en virtudde lodispuesto en elartículo2.2.6.29delDecrto1083de2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Períodode Prueba:Elperíodode pruebadequetratadpresenteartículotendrá una duración de cuatro (4)meses contados a partirde lafecha d posesión, alfinalde loscuales será évaluado eldesempeño laboralpor elsuperiorinmed ato,en los términosdispuestosen laResolución7060 del6 de juniode 2019.
ARTÍCULO TERCERO: -teclaratoria de Insubsistencia: Como consecuencia del nombramiento en periodór'deprueba establecidoen el artículoprimerode lápresenteresolución,se declara insubsistente el nombramiento en provisionalidaddel s ñor Cesar Rolando Gómez Chaparro, identificadocon cédula de ciudadanía No. 74.372 364, en el cargo de Profesional Universitario, Código 2044, Grado 10 de la planta g obal de la Superintendencia de Notariado y Registro efectuado mediante laResolución No. 554 de 22 de enero de 2015. La insubsistenciadeclarada en esta Resolución se hará e ectivauna vez la señora Diana Carolina Avella Cepeda, tome posesión, circunstanciacue leserá informadaporlaDirecciónde TalentoHumano.
ARTÍCULO CUARTO: Recurso.En virtudde locontempladoen elartículo75 de laLey 1437 de 2011, contra la presente resoluciónno procede recurso alguno por tratrse de un acto administrativode ejecución.
.14.... Página17 Superintendenciade Notari¢ªdoy Registro Código:ACR-008
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Bogotá D.C.,Colombia ... Fecha: 09/Jul./2025 23 de abril del 2026
RES-2026-009536-6'USuperintendencia de Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO d 1 ( ) : ,4 POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO'J)E PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL ARTÍCULO QUINTO: Publicación.El presenteactoadministrativose publicará en la intranety página web de laentidad,por eltérminode diez(10)días hábiles,en cumplimiento del Acuerdo No. 0370 del 22 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC, en concordancia con lodispuesto en elArtículo5° del Decreto 760 de 2005.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicación.Comunicarlapresentea Diana Carolina Avella Cepeda, Cesar Rolando Gómez Chaparro y a la Dirección de Talento Humano para lo pertinente.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La presenteresoluciónrigea partirde'Iafechade su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
RICARDO AGUDELO SEDANO
Superintendente de Notariado y Registro
Aprobó: Mariana IsabelArteaga Mejia - DirectoraTalento Human
Revisó: Yury Alejandra Nieves Rojas - Grupo Vinculación y AP
Proyectó: Jeimy Lorena Rodriguez Daza - Grupo VinculaciónyA 7/
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BogotáD .,Colombia :'`y': Fecha:09/Jul./2025 . Y 23 de abril del 2026
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