SNR - Resolución 20260424155057 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 20260424155057 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Superintendencia de l Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO l ) POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y
INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL
DECLARA EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de lasfacultadeslegales,especialmentelasque lefueronconferidásporel numeral 23 delartículo13 delDecreto2723 de 2014, y CONSIDERANDO: Que el artículo125 de la QonstitüciónPolíticade Colombia establece que losempleos en lasEntidadesdel Estado sin de carrera,salvoalgunas excepciones y que elingresoa estos cargos,así como el ascenso en losmismos se efectuarápreviocumplimiéntodelosrequisitosy condicionesqúe fijala ley para determinarlos méritos y calidadesde los aspirantes. Que la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC, mediante Acuerdo 60 dl 13 de julio de 2023,convocó y estableciólasreglasdelprocesode selección,en lasmodalidades de Ascenso y Abierto para proveer losempleos en vacancia definitivade laplantade personal pertenecientealSistema Específicode Carrera Administrativade lasSuperintendenciasde la Administración Pública: Nacional - Proceso de Selección No. 2502 de 2023SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO. Que, agotadas lasetapas delcitadoproceso de selección,laComisión NacionaldelServicio CivilCNSC expidiólaResolución 4648 del 23 de abrilde2025,pormediodelacualse
conformó lalistade elegiblespara proveerelempleo de PROFESIONAL UNIVERSITARIO, Código 2044, Grado 10y de cárrera administrativade laPlantaGlobalde Personalde la Entidad,ofertadocon laQPEC No. 207305 en lamodalidad de abierto. Que lacitadaResoluciórnjdquiriófirmezaindividualel 05 de mayo de 205, para las posiciones1 a 35,segúnt.Qficio2025RS057590del08 de mayo de 2025,suscritoporel doctorMauricioLiévanoBernal,Comisionadode laCNSC. Que para el caso de la posición35 a 39, la listaadquiriófirmezaindividualdeldía22 deoctubrede 2025,y a partir,de la.posición40 adquiriófirmezaindividualel_19 de enero de 2026de acuerdoconelregistrode novedadefectuadopor laComisión NacionaldelServicio Civilen elBanco Nacionalde Listasde Elegibles. Que elartículo25 delDecretoLey 775 de 2005,señalaque: "Como resultado del proceso de selecciónse conformará la listade elegibles,de acuerdo con lareglamentación que para elefectoestablezca elGobiernoNacional. Página 1 1
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Fecha: 09/Jul./2025 24 de abril del 2026
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RESOLUCIÓN NÚMERO
( ) a. POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODODE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL Los empleos objeto de la convocatoriaserán provistosa partirde quien ocupe el primerpuesto de lalistayen estrictoorden descendente". Que el 26 de febrero de 2026, la Dirección de Administración dé CarreraAdministrativade laCNSC, una vez efectuado elrespectivoanálisisde viabilidadde usode listade elegibles, previoagotamiento de los tres(3)primeros órdenes de provisiónde que tratael artículo 2.2.5.3.2del Decreto 1083 de 2015 y haciendo uso del Módulo de reporte de novedades del Banco Nacional de Listasde ElegiblesBNLE del Portal$(MO 4.0autorizóelusodelalistade elegiblespara elelegiblemencionado a continuación.; Ítem OPEC P/ción Elegible Número' dé ,LE identificación° 3 207305 46 ANDRES FRANCISCO . . 72049092DONADO MUÑOZ Que eldía 19 de marzo de 2026, con elacompañamiento de Ia'Oifcinade Control Interno de Gestión,en cumplimiento de loestablecidopor laCNSC, en el artículo31 del acuerdo 60 del 13 de juliode 2023, se realizóAudiencia virtualpara la escogencia de plazas vacantes para laOPEC 207305, según laposiciónen lalistade elegibles,atendiendo los aspectos y lineamientosestablecidosen los artículos4 y 5 deÍAcuerdo No. 16 de 2025
de laCNSC, previaa laautorizaciónrecibida. Que el señor Andres Francisco Donado Muñoz, identificadocon cédula de ciudadanía No. 72.049.092,cumple con losrequisitosy competencias laboralespara desempeñar el cargo de Profesional Universitario,Código 2044, Grado 10,.de la Planta Global de Personal de la Entidad, como consta en la certificaciónexpedida por la Directora de Talento Humano el 17 de abril de 2026. Que, de conformidadcon lalistade elegibles,laentidad`procederáa nombrar en período de prueba al señor Andres Francisco Donado Muñoz, identificadocon cédula de ciudadanía No. 72.049.092 quien ocupa lugarelegibleen lalistó. Que a la fecha el empleo a proveerse en periodode prueba mediante el presente acto administrativose encuentra provistocon un servidorpúbliconombrado en provisionalidad, laseñora Beatriz Elena Cubillos Trespalacios, identificadacon cédula de ciudadanía No. 49.732.348 efectuado mediante la Resolución No. 554 de 22 de enero de 2015. Página 2 Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008
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RESOLUCIÓN NÚMERO
;Y.
POR LA CUAL SE EFECTUA: UN.NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL Que, como consecuencia del presentenombramiento en períodode prueba,debe darse por terminado un nombramiento provisional,a partirdelmomentoenquesepo1sesioneel elegiblenombrado en período de prueba mediante esta resolución,con elfinde no afectar laprestacióndelserviciopúblico.
Que laJurisprudenciaconstitucionalha indicadoque: "(...)que los actos en que se decide la desvinculaciónde los servidoresen provisionalidaddeben contener las razones del servicioporlascualessesepara del cargo alfuncionario.(...)Por eso, losmotivosdeinteréspúblicoquefundamentan la desvinculación deben ser explicitadospara garantizar el derecho aldebido proceso de lapersona desvinculada.Así,ladiscrecionalidad del nominador soló uede atender a razones de interésgeneralatinertesalservicioprestadopiarelfuncionariohabidacuentade susresponsabilidadesen laentidad,dente&,.eleloscualeslaCorteha mencionadolasrazonesdisciplinarias,lacéificacióninsatisfactoriau otrarazónespecificaatingntealservicioque está,prestandoy deberíaprestarel funcionarioconcreto.Por supuesto, la razón principalconsisteen que el cargo va a ser ocupado or un funcionarioque ha participadoen un concurso de méritosy ocupado un lugar en dicho concurso que lo hace merecedor del cargo." Sent. C-297-07 M.P.
Manuel José Cepeds Espinoza.(Subrayadofuerade texto). Que igualmente,laCorte Constitucionalmediante SU-917 de 2010, M.P.Jorge IvánPalacio sobreeltema de retirode losprovisionales,refiere: "En suma, el deber de motivación de los actos administrativosque(pcrreglageneral)tienela administración,hace efectivala cláusula de Estado de Derecho,elprincipiodemocrático,elprincipiode publicidadenlasactuaciones de la administración,al tiempo que permite a los asociados contar con elementos de juicio.suficientespara ejercersu derecho de contradiccióny defensaa finde'aótoirantelasinstanciasgubernativasyautoridadesjudiciales para controlarlosn'búsos en el ejerciciodelpoder.De estaforraia a la Administracióncorrespondemotivaslosactos,estoes,hacerexpresaslasrazonesde su deckíón,mientrasquea lajurisdiccióncompete definirsiesas razones son justificadas constitucionaly legalmente. Estos movimientos.puedense,rpor ejemplo,aquellosque se fundenen larealizaciónde losprincipiosque orientanlafunciónadministrativao derivados Página 13 Superintendencia de Notariado y Registro
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RESOLUCIÓN NÚMERO
( Í POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL de/incumplimientode lasfuncionespropiasdelcargo,láscuales,en todocaso, deben ser constatablesempíricamente,es decir,con soportefáctico,porquede locontrariose incurriráen causalde nulidadpor falsamotivación."(...) "En ese orden de ideas,solo es constitucionalmenteadmisibleuna motivación donde lainsubsistenciainvoqueargumentospuntuales`como la provisión definitivadel cargo por haberse realizadoel concurso rl4{méritosrespectivo,la imposiciónde sanciones disciplinarias,la calificáoiorrinsatisfactoriau otra razónespecíficaatinentealservicioque estáprestandoy deberáprestarelfuncionario concreto" Que el Consejo de Estado en sentencia del 7 de diciembre de 2016 radicado 73-001-2333-000-2013-00149-01, señaló: "Respecto a la discrecionalidadde la cual gozaba la Fiscalía General de la Nación para definiren elmarco de laplantaglobal,los cargos específicosque serían provistoscon el registrode elegiblesy la protección especial de las persona en situaciónde discapacidad,lasmadres, padres cabeza de familia y,los pre-pensionados, la Corte Constitucionalindicóque•la única limitación que teníala FiscalíaGeneral de laNación era reemplazarlos por una persona _que hubiere ganado el concurso v ocupado un lugar que le permitiera acceder
a una de las plazas ofertadas. Señaló que en este caso, losprovisionalesno podían;alegar vulneración de derecho alguno, al ser desvinculados de la entidad tóda vez que lo fueron para ser reemplazados por alguienque ganó .elconcurso,porque la estabilidadrelativaque se la ha reconocido a quienes estánvinculadosbajo esta modalidad, cede frenteal mejor derecho que tienenlas personas que ganaron el concurso público de méritos". Que la Corte Constitucional mediante sentencia T 096 de 2018 M.P LUIS GUILLERMO GUERRERO PEREZ, señaló que la estabilidadlaboral relativade los servidores en provisionalidadcede frenteal derecho que leasistea una persona que superó todas las etapas delconcurso de méritospara acceder a un cargo público,así: "En síntesis,a los servidorespúblicosnombrados en provisionalidad en cargos de carrera no les asiste el derecho a la estabilidadpropio de quien accede a la función pública por medio de un concurso de méritos. Sin embargo, sigozan de una estabilidadlaboralrelativao_:intermedia,conforme Página 14 Superintendencia de Notariado y Registro
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Código: AC-FR-008 • Versión: 1 "'~- Fecha:09/Jul./2025 24 de abril del 2026
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Notariado y Registro RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA
INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL a la cual,su retirósolo procederá por razones objetivasprevistasen la Constitucióny en:!;aley,o para proveerlasvacantesque ocupan con una persona que haya stiperádosatisfactoriamentelasetapasde un proceso de selección e integ(-bgelregistrode elegibles,dada laprevalenciadelmérito como presupuestó `ine/udiblepara el acceso y permanencia enlacarera administrativa.(...);(. (...)Recuérdese que la terminacióndel vínculolaboralde un emplead ocupa en provisionalidadun cargo de carreraporque laplazarespectiva ser provistacon la persona que superó todas las etapas del concur méritos, no desconoce sus derechos fundamentales, pues la estat relativao intermedia que se le ha reconocido a esta categoríade servi cede frente al mejor derecho que tienen aquellos que participarone concurso públicoe integraronlalistade elegibles" que cebe o de lidad !ores n un 119,reiteró nalidad no Que asímismo, laCorte Constitucionalen pronunciamiento del8 de octubrede: que laestabilidadlaboralrelativaque leasistea algunos servidoresen provis puede considerarsede manera indefinida: "Asílascosas,lajun prudenciaconstitucionalha sostenido que laesta laboralde la que cr:ántodos los funcionariospúblicosque se encueni provisionalidadesstfraestabilidadlaboralrelativao reforzada,en lamec que no tienenderóchoa permanecer de manera indefinidaen el cargc
estedebe proveersea travésde concursode méritos.Por su parte,ac funcionariospúblicosque se encuentran en provisionalidady que son de especial protección constitucionalgozan de una estabilidad reforzada,pero pueden llegara ser desvinculadocon e/propósitode p elcargo que ocupan con una persona que ha ganado elconcurso de n pues se entiende que el derecho de las personas que se encuent provisionalidadcede frente al mejor derecho que tienen aquello participanen un concursopúblico" n en la en pues éritos, an en s que Que para los casos que aplique,cuando se evidencie que se termina un provisionala un servidorpúblicoque goza de fuerosindical,en lostérminos CódigoSustantivodelTrabéjo,es importanteprecisar: bramiento istos en el Que elartículo24 del Decreto Ley 760 de 2005 estableceque: 4}t Página 15
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RES-2026-009623-6VI Superintendencia de Notariado y Registró RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL "ARTICULO 24. No será necesariala autorizaciónjudicialpara retirardel servicioa losempleados amparados con fuerosindk& en los siguientes
casos: ' F¡ 24.1.Cuando no superen elperíodode prueba. 24.2. Cuando los empleos provistosen provisionalidaci.sean convocados a concurso ye! empleado que loocupa no participeen él. 24.3.Cuando los empleos provistosen provisionalidádsean convocados a concurso y el empleado no ocupare los puestos que permitan su nombramiento en estricto orden de mérito". ". Que la Corte Constitucional en Sentencia C-1119 de 2005, declaró exequible elartículo24 delDecreto Ley 760 de 2005, alconsiderarque: "En efecto,se tratade situacionesobjetivaspreviamente establecidaspor laley como causal de retirodel empleo lasque dan lugara él/b,De ahí que no sea necesarialaautorizaciónjudicialque se echade menos íporlos demandantes, pues no se tratade verificarla existenciao no de justascausas deldespidode trabajadoresamparadoscon fuerocomo una medida tyitivadel derecho de asociación sindicalsino de dar cumplimiento a losprocesosde selecciónpara el ingreso a la función pública,fundados eh el mérito,y la igualdad de oportunidades de todos los aspirantes" Que, en sentidosimilar,elMinisteriode Trabajo,en concepto 118047 de 2014, concluyó: "para proceder al retirodel serviciode un empleado público nombrado en provisionalidada efecto de cumplir con el debido nombramiento en propiedad de acuerdo con lalistade elegiblesresultantesdel Concurso Público de Méritos correspondiente,no es necesario agotar elproceso especialde levantamiento
de fuero sindical ante el Juez Laboral de conformidad con lo establecidoen el artículo 24 del Decreto 760 de 2005." Que, de acuerdo con loanterior,se deberá efectuarel nom y declararseinsubsistenteelnombramiento en provisionali de elegibles,para dar cumplimiento al mandato constituci nto en período de prueba elcargo a suplirpor lista la carrera administrativa Página 16 Superintendencia de Notariado y Registro
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RESOLUCIÓN NÚMERO ( ) POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO DE PRUEBA Y SE
INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PROVISIONAL LARA y lasdisposicioneslegaleue regulan del servicio. lamateriay en todo caso garantizarlaprestación En méritode loexpuesto:°,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Nombramiento en Período de Prueba. Nombrar en i
prueba dentro de la carrera administrativaal señor Andres Francisco Donac identificadocon cédula dé ciudadanía No. 72.049.092, en el cargo de P Universitario,Código 2044, Grado 10, de laPlanta Global de Personal de la Er
una asignaciónbásica mensual de ($ 4,935,489). lodo de Muñoz, esional ad, con 7
PARÁGRAFO: Durantelavigenciadelperíodode prueba,alservidorpúbliconoeselepodrá efectuarningún movimiento dentro de la plantade personal queimpliqueelejerciciodefunciones distintas a las indicadas en la Convocatoria 2502de2023,quesirúiódebasepara su nombramiento, en virtudde lodispuestoen elartículo2.2.6.29del Decreto 1083 de
2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: P íodode Prueba:Elperíodode pruebade que trataelpresente artículotendráuna duración.'de cuatro(4)meses contadosa partirde lafechade posesión,alfinalde loscualesseráevaluadoeldesempeño laboralpor el superiorinmediato,en los términos dispuestos en la Résolución 7060 del 6 de junio de 2019.
ARTÍCULO TERCERO: Declaratoria de Insubsistencia:Como consecuenciadel nombramiento en periodo de prueba establecido en el artículoprimero de la presente resolución, se declara insubsistente el nombramiento en provisionalidadde la señora Beatriz Elena Cubillos Trespalacios, identiifcadacon cédulade ciudadaníaNo. 49.732.348, en el cargo de Profesional Universitario,Código 2044, Grado 10, de la planta global de la Superintendenciade Notariado y RegistroefectuadomediantelaResolución No. 554 de 22 de enero de 2015. La insubsistencia declaradaen esta
Resolución se hará efectiva una vez el señor Andres FranciscoDonado Muñoz,tome posesión,circunstanciaqué leserá informadapor laDireccióndeTalentoHunano.
ARTÍCULO CUARTO: Recurso.En virtudde locontempladoen elartículo75 de laLey 1437de 2011,contralapresenteresoluciónno procederecursoalgunoportratarsedeun actoadministrativode ejeóiibiór.
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Superintendencia de Notariado y Registrom a RESOLUCIÓN NÚMERO POR LA CUAL SE EFECTÚA UN NOMBRAMIENTO EN PERIODO :DEPRUEBA Y SE DECLARA INSUBSISTENTE UN NOMBRAMIENTO PRO Vk ZONAL .i ARTÍCULO QUINTO: Publicación.El presenteactoadministrativose publicará en la intranety páginaweb de laentidad,poreltérminode diez(10)días hábiles,en cumplimiento del Acuerdo No. 0370 del 22 de diciembre de 2020 de la Comisión Nacional del Servicio CivilCNSC, en concordancia con lodispuestoen elArtículo5° del Decreto 760 de 2005.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicación.Comunicarlapresentea Andres FranciscoDonado Muñoz, BeatrizElena CubillosTrespalacios y a laDirecciónde Talento Humano para lo
pertinente.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La presenteresoluciónrigea partirde lafechade su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
RICARDO AGUDELO SEDANO °,Y
Superintendente de Notariadoy Registro
Aprobó: Mariana IsabelArteaga Mejía - DirectoraTalentoHuman Revisó:Yury AlejandraNieves Rojas - ProfesionalGrupo VinculaAP 'Proyectó:JeimyLorenaRodriguezDaza-GrupoVinculaciónyAP //
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