SNR - Resolución 20260430101321 de 2026
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 20260430101321 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2026
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-010212-6 29 de abril de 2026
"Por la cual se ordena la devolución de dinero"
EL REGISTRADOR PRINCIPAL (E) DE INSTRUMENTOS
PUBLICOS DE FLORENCIA
En ejercicio de sus funciones, otorgadas en los artículos 92 y 93 de la Ley 1579 de 2012 “por la cual se expide el Estatuto de Registro de Instrumentos Públicos y se dictan otras disposiciones; el artículo 22 del Decreto número 2723 del 29 de diciembre de 2014,”por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Notariado y Registro” y la resolución reglamentaria 13525 07 diciembre de 2016 expedida por la Superintendencia de Notariado y Registro, “Por la cual se reglamenta el procedimiento para la devolución de dineros por no procedencia del registro o no expedición de certificados, pagos en excesos y/o pago de lo no debido por concepto de la función registral en la Superintendencia de Notariado y Registro y se dictan otras disposiciones.” La resolución que la modifique y demás normas concordantes,
CONSIDERANDO QUE: La señora, ELENA PEREZ RUBIO, identificada, con Cédula de ciudadanía número 40.784.130 de Florencia actuando como apoderada por la sra. TATYANA
ALEXANDRA CARDONA HERRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía N°
40.784.130 de Florencia actuando como apoderada por la sra. TATYANA ALEXANDRA CARDONA HERRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 1.037.571.175 de Envigado, en su condición de Compradora, a través de escrito con fecha del 27/10/2025, radicado en el sistema de gestión documental de la ORIP el 14/04/2026 con número consecutivo SNR2026ER-098150-2, solicita la devolución de los dineros, y radicado en el sistema misional de la Orip con turno de devolución N° 2025420-4-12, cancelados por concepto de la no inscripción de la Escritura N° 3517 de fecha 13/08/2025 de la Notaria Sexta (6) del circulo de Medellín, que vincula la matrícula inmobiliaria número 420-9723, mediante pago a través de WOMPI con referencia de pago 16122353259, el día 19/08/2025.
Generándose nota devolutiva impresa el día 27/08/2025, notificada al usuario el día: 05/09/2025 debidamente ejecutoriada el día 19/09/2025 y que fueron radicadas así;Página | 2
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Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
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Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Documento / Certificado Turno de Radicación Recibo de caja Fecha de Recibo de caja Valor Escritura No. 3517 del 13/08/2025 2025-420-68767 12000795 19-08-2025 $ 156.100
Radicación Recibo de caja Fecha de Recibo de caja Valor Escritura No. 3517 del 13/08/2025 2025-420-68767 12000795 19-08-2025 $ 156.100 Certificado de Tradición y Libertad 2025-420-132090
12000796
19-08-2025 $ 23.200 Más conservación Documental $ 3.100 Valor adicional $ 0.00 Total, recaudo $ 182.400 Resumen Derechos de registro $ 156.100 Certificado de Tradición y Libertad $ 23.200 Valor adicional $ 0.00 Total a devolver $ 179.300
En el proceso de registro el documento precitado fue radicado con número de turno 2025-420-6-8767 el 19/08/2025, el cual fue devuelto sin registrar como consta en la nota devolutiva impresa el 27/08/2025, siendo notificada de manera personal el 05/09/2025, según las siguientes razones y fundamentos de derecho: “Señor usuario no procede el registro de la presente escritura pública, en razón a que no se aporta la autenticación biométrica de los comparecientes en el acto”.
Acervo probatorio
Lo conforman:
1. Escrito de solicitud de devolución de dinero radicado en el sistema misional de la ORIP con número consecutivo 2025-420-4-12 del 27/10/2025, suscrito por la señora ELENA PEREZ RUBIO, identificada con Cédula de Ciudadanía número 40.784.130 de Florencia,Página | 3
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PEREZ RUBIO, identificada con Cédula de Ciudadanía número 40.784.130 de Florencia,Página | 3
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Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 en su condición de apoderada, por la Sra. TATYANA ALEXANDRA CARDONA HERRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 1.037.571.175 de Envigado.
2. Copia de la Escritura No. 3517 de fecha 13/08/2025 de la Notaria Sexta (6) del círculo de Medellín.
3. Nota Devolutiva impresa el 27/08/2025, notificada el día 05/09/2025 y ejecutoriada el día
19/09/2025
4. Recibo original de Caja 12000795 y 12000796.
Fundamentos de Hecho y de Derecho
Analizados los argumentos del peticionario y examinados los elementos probatorios fácticos y jurídicos, se establece que la solicitud se ajusta a derecho y se enmarca dentro de los presupuestos legales previstos en la Resolución 179 de 10 de enero de 2025, “Por la cual se actualizan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral y se dictan otras disposiciones”, vigentes, y la que la modifique o subrogue, la Resolución 13525 de 07 diciembre de 2016, reglamentaria del procedimiento para la devolución de dineros cobrados en exceso, o que se debe devolver por no haberse registrado el documento, o que la modifique expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro.
13525 de 07 diciembre de 2016, reglamentaria del procedimiento para la devolución de dineros cobrados en exceso, o que se debe devolver por no haberse registrado el documento, o que la modifique expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro. La devolución de dineros deberá ser tramitada, únicamente por el valor del acto(s) susceptible(s) de registro sin incluir la tarifa del 2% cobrada del valor total de la liquidación del documento por concepto de sistematización y conservación documento, acorde con lo ordenado en el oficio según GT332 SNR2018EE043182 del 12/09/2018. Así, solo procede devolver el valor cobrado de los derechos de registro, sin incluir el cobro de los derechos liquidados por el concepto de sistematización y conservación documental, es decir, la suma de Ciento setenta y nueve mil trescientos pesos m/cte. ($179.300). En consecuencia, de lo anterior, es procedente efectuar la devolución del dinero solicitada, por cuanto el título o documento culminó el proceso de registro de manera negativa, es decir que, por no cumplir con los presupuestos legales para su inscripción, se ha generado la correspondiente nota devolutiva en la que se señalan los hechos y fundamentos de derecho que dieron origen a la devolución y cuyo contenido fue transcrito en la primera parte de este acto administrativo.
En virtud de lo antes expuesto, este Despacho:Página | 4
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Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
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Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESUELVE:
Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar devolver a la Señora TATYANA ALEXANDRA CARDONA HERRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 1.037.571.175 de Envigado actuando como COMPRADORA, por concepto de Devolución por derechos de registro la suma de Ciento setenta y nueve mil trescientos pesos m/cte. ($179.300), de acuerdo con la parte motiva de la presente resolución. Consignar en la cuenta bancaria tipo Ahorros Número 41880103782 de Bancolombia.
ARTICULO SEGUNDO: Solicitar a la Dirección Administrativa y Financiera de la Superintendencia de Notariado y Registro la asignación de los recursos para el pago ordenado en esta providencia, y envíesele copia de la presente resolución acorde con lo previsto la Resolución 13525 07 de diciembre de 2016.
ARTICULO TERCERO: Notificar esta Resolución a la señora ELENA PEREZ RUBIO, identificada con Cédula de Ciudadanía número 40.784.130 de Florencia, en su condición de apoderada, la cual aceptó ser notificada a través del correo electrónico
yelaj30@gmail.com aportado en la solicitud; y a la Sra. TATYANA ALEXANDRA CARDONA HERRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 1.037.571.175 de Envigado a través del correo electrónico tatianacardona21@hotmail.com; indicándole que dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación proceden los recursos de
CARDONA HERRERA, identificada con Cédula de Ciudadanía N° 1.037.571.175 de Envigado a través del correo electrónico tatianacardona21@hotmail.com; indicándole que dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación proceden los recursos de reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos de ésta Oficina, y el de apelación ante el Subdirector de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, (Arts. 74 al 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).
ARTÍCULO CUARTO: Ordenar al área administrativa y tecnológica de esta Oficina ingresar en el sistema misional, el correspondiente comentario a los turnos de solicitud de registro de Documentos No. 2025-420-6-8767 y Solicitud de Expedición de Certificado de Tradición y Libertad N°2025-420-1-32090, para lo cual se le envía copia de la presente resolución.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.Página | 5
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Dirección: Carrera 11 No. 19 - 10 Barrio La
Inmaculada
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
Dada en Florencia, Caquetá a los veintinueve (29) días del mes de abril del 2026.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_79995449
DIEGO FERNANDO NOVOA CASTILLO
Registrador Principal 0191-20 ORIP - Florencia - Dirección Regional Orinoquia
Documento Firmado Electrónicamente
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_79995449
DIEGO FERNANDO NOVOA CASTILLO
Registrador Principal 0191-20 ORIP - Florencia - Dirección Regional Orinoquia
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No