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SNR - Resolución 20260519134036 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 20260519134036 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-011641-6 14 de mayo de 2026

Por la cual se Decide una Actuación Administrativa.

Expediente: 300A.A.2025-98

LA REGISTRADORA DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS

DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA (E)

En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a Decidir la presente Actuación Administrativa,

ANTECEDENTES Que mediante Auto N° AUT-2025-002001-5 del 28/07/2025 se dio inicio a la actuación administrativa 300-A.A.2025-98, en razón que, ANDRES RODRIGO SANCHEZ RODRIGUEZ, identificado con la C.C. N° 80.087.712, como representante Legal del BANCO DAVIVIENDA S.A. identificado con el Nit. 860.034.313-7, solicita con Turno de Corrección N° 2025-300-3-1373 del 26/06/2025, se modifiquen los Folios de matrícula números 300-400927 y 300-400913, respecto a la anotación número seis (6), en cuanto a la inscripción de la Escritura N° 341 del 27/02/2025 de la Notaría Décima de Bucaramanga, registrada con el Turno de radicación 2025-300-6-8622 del 17/03/2025, del

a la inscripción de la Escritura N° 341 del 27/02/2025 de la Notaría Décima de Bucaramanga, registrada con el Turno de radicación 2025-300-6-8622 del 17/03/2025, del acto de Transferencia de Dominio a Título de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar, DE: BANCO DAVIVIENDA S.A. - NIT. 860034313-7 a favor de DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139, el 100% del derecho real de dominio, en razón a que se incluyó también como adquirente a CAICEDO MARTINEZ CARMEN AMALFI – CC 36.538.753, quien debe suprimirse en las citadas anotaciones.

Conforme a los anexos que obran en el expediente, se tiene que, se han efectuado las notificaciones y publicaciones del caso, llegando así el momento oportuno para que esta Oficina profiera su Decisión, previa valoración de las Pruebas allegadas al mismo.

PRUEBAS:

Mediante Auto N° AUT-2026-000063-5 DEL 14/01/2026, se Decretaron las siguientes Pruebas:Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Pruebas aportadas:  Copia simple de la cedula de Ciudadanía de ANDRES RODRIGO SANCHEZ RODRGUEZ.  Copia simple del Certificado de Tradición y Libertad del Folio N° 300-341093.

Pruebas aportadas:  Copia simple de la cedula de Ciudadanía de ANDRES RODRIGO SANCHEZ RODRGUEZ.  Copia simple del Certificado de Tradición y Libertad del Folio N° 300-341093.  Copia simple Escritura Pública No. 6444 del 31/03/2022 de la Notaría Veintinueve Del Circulo De Bogotá.  Copia simple Escritura Pública No. 0341 del 27-02-2025 de la Notaria Decima Del Círculo

De Bucaramanga.

Pruebas de Oficio:  Formulario de Calificación de los folios Nos° 300-400913 y 300-400927  Los documentos inscritos que conforman la carpeta de antecedentes de los Folios con Matrícula Inmobiliaria N° 300-400913 y 300-400927, que reposan en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga.  El Certificado de Tradición y Libertad del mismo Folio de Matrícula Inmobiliaria.

ARGUMENTOS DEL SOLICITANTE

Que, el señor ANDRES RODRIGO SANCHEZ RODRIGUEZ, identificado con la C.C. N° 80.087.712, como representante Legal del BANCO DAVIVIENDA S.A. - NIT 860.034.313-7, solicita con Turno de Corrección N° 2025-300-3-1373 del 26/06/2025, se modifiquen los Folios de matrícula números 300-400913 y 300-400927, respecto a la anotación número seis (6), en cuanto a la inscripción de la Escritura N° 341 del 27/02/2025

modifiquen los Folios de matrícula números 300-400913 y 300-400927, respecto a la anotación número seis (6), en cuanto a la inscripción de la Escritura N° 341 del 27/02/2025 de la Notaría Décima de Bucaramanga, registrada con el Turno de radicación 2025-300-68622 del 17/03/2025, del acto de Transferencia de Dominio a Título de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar, DE: BANCO DAVIVIENDA S.A. - NIT. 860034313-7 a favor de DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139, el 100% del derecho real de dominio, en razón a que se incluyó también como adquirente a CAICEDO MARTINEZ CARMEN AMALFI – CC 36.538.753, quien debe suprimirse en las citadas anotaciones.

CONSIDERACIONES DE LA REGISTRADORA (E) Que, revisado los folios de matrícula inmobiliaria números 300-400913 y 300-400927, se observa en la anotación número 6, el registro de la Escritura 341 del 27/02/2025, Notaría Décima de Bucaramanga, contentiva del acto de Transferencia de Dominio a Título de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar, a favor de DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139 y CAICEDO MARTINEZ CARMEN AMALFI – CC 36.538.753.Página | 3

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Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Que verificado el documento sujeto a registro, esto es, la escritura ya mencionada, se aprecia el acto de Transferencia de Dominio a Título de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar, siendo el enajenante BANCO DAVIVIENDA S.A. – NIT. 860034313-7, a favor de DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139, siendo ella la única adquirente.

Por lo anterior, se ordenará realizar las respectivas correcciones, en los folios de matrícula números 300-400913 y 300-400927, para que reflejen la real situación jurídica de cada uno de los predios.

El Artículo 49 de la Ley 1579 de 2012 ordena que “El modo de abrir y llevar la Matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien”, de Tradición y Libertad respecto del Folio N° 300478612, es necesario tener a los peticionarios y usuarios de dichos certificados, como Terceros Indeterminados que pueden verse afectados con lo resuelto en la presente Actuación Administrativa, debe también notificárselos de la decisión en la forma indicada por el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR CORREGIR la anotación número 6 en cada uno de

Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR CORREGIR la anotación número 6 en cada uno de los folios de matrícula inmobiliaria números 300-400913 y 300-400927, referente al acto de Transferencia de Dominio a Título de Leasing Habitacional de Vivienda Familiar, siendo el enajenante BANCO DAVIVIENDA S.A. – NIT. 860034313-7, en el sentido de suprimir a CARMEN AMALFI CAICEDO MARTÍNEZ – CC 36.538.753, toda vez que la transferencia es a favor de DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139, marcándose la (X) de titular del derecho de dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente Resolución.

ARTÍCULO TERCERO: NOTIFÍCAR la presente Decisión a:Página | 4

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Fecha: 09/Jul./2025  ANDRES RODRIGO SANCHEZ RODRIGUEZ – CC 80.087.712, como representante

Legal del BANCO DAVIVIENDA S.A. – NIT 860.034.313-7.

 DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139.

 CAICEDO MARTINEZ CARMEN AMALFI - CC 36.538.753.

 DOMINGUEZ CAICEDO DIANA BEATRIZ – CC 63.529.139.

 CAICEDO MARTINEZ CARMEN AMALFI - CC 36.538.753.

Advirtiéndoles que contra esta Decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de RegistroSubdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la Notificación. (Artículo 74 y siguientes C.P.A.C.A.).

ARTÍCULO CUARTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la Página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el Artículo 73 de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO QUINTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en los Folios de Matrícula Inmobiliaria números 300-400913 y 300-400927.

ARTÍCULO SEXTO: Esta Resolución rige a partir de la fecha de su Ejecutoria.

NOTIFIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

@Documento_preparado_para_firma

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LAURA LISSETH SANDOVAL MEZAPágina | 5

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Dirección: Carrera 20 No 34-01

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

LAURA LISSETH SANDOVAL MEZAPágina | 5

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Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Registrador Principal (E) ORIP - Bucaramanga - Dirección Regional Central

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia

Elaboró: LUZ PERLA SANCHEZ ORTIZ / ORIP89

Revisó: LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA / ORIP89

Aprobó: . LAURA LISSETH SANDOVAL MEZA / ORIP89

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