SNR - Resolución 20260603153340
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 20260603153340
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- —
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08
Versión: 05
Fecha: 02 – 07 - 2024
Bogotá D.C., 03 de junio de 2026
Señor(a):
JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA
jhoangiraldo815815@yahoo.com
Asunto: Notificación por aviso – Resolución No. RES-2026-012100-6 del 19 de mayo de
2026
Respetado(a) señor(a): De conformidad con lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011, y una vez agotado el trámite de citación para la notificación personal sin que esta se surtiera dentro del término legal establecido, se procede a efectuar la notificación por aviso de la Resolución No. RES-2026-012100-6 del 19 de mayo de 2026 , “Por la cual se ajusta el pago de unas acreencias laborales ”, proferida por la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro. El presente aviso se expide en ejercicio de las funciones asignadas al Grupo de Notificaciones de la Secretaría General y se acompaña de copia íntegra del acto administrativo objeto de notificación. Frente a este acto administrativo, se informa que procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se entienda surtida la presente notificación, mediante escrito enviado al correo electrónico direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co.
deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se entienda surtida la presente notificación, mediante escrito enviado al correo electrónico direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co. Se deja constancia de que el presente aviso fue publicado en la página web institucional de la Superintendencia de Notariado y Registro el día 03 de junio de 2026 , por el término de cinco (5) días hábiles, y será retirado el 10 de junio de 2026. La notific ación se entenderá surtida al finalizar el día hábil siguiente al retiro del aviso, conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. Cordialmente,
ROGELIO ALBARRACIN DUARTE
Coordinador Grupo Notificaciones
Proyecto: Adriana Hernandez - Grupo de NotificacionesPágina | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.
Colombia.
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-012100-6 19 de mayo de 2026
Por la cual se ajusta el pago de unas acreencias laborales
LA SECRETARIA GENERAL
DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
En ejercicio de las facultades delegadas en los numerales 1 y 2, del artículo 6 de la Resolución No. 2025-004064-6 del 10 de abril de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el(la) exservidor(a) público(a) JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA,
la Resolución No. 2025-004064-6 del 10 de abril de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el(la) exservidor(a) público(a) JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 88.270.073 estuvo vinculado(a) en la Superintendencia de Notariado y Registro desde el 02/08/2012 hasta el 04/01/2026, de acuerdo con la Resolución No. RES-2025-011542-6 de fecha 14/07/2025, por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se declara insubsistente un nombramiento provisional al cargo de Técnico Administrativo 3124-16.
Identificación Nombres y Apellidos Cargo Titular Cargo Actual ORIP ó Dependencia
88.270.073 JOHAN ANDRES GIRALDO
UREÑA Técnico Administrativo 3124-16 Técnico Administrativo 3124-16 Grupo de Gestión Jurídica Registral Cúcuta
Que el(la) exservidor(a) público(a) en mención, a la fecha de su retiro tenía causadas las siguientes prestaciones económicas, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes sobre la materia, sus modificaciones y adiciones:
Concepto Fundamento Legal Fecha Inicial Fecha Final Interrupcion es Laborales Total Días
VACACIONES, PRIMA DE
VACACIONES Y BONIFICACION POR RECREACIÓN Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083
POR RECREACIÓN Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 02/08/2025 04/01/2026 0 153 PRIMA SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 01/07/2025 04/01/2026 0 184 BONIFICACION SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 08/02/2025 04/01/2026 0 153 PRIMA DE ACTIVIDAD Decreto 1327 del 3 de octubre de 2020 09/01/2025 04/01/2026 0 124Página | 2
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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.
Colombia.
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
PRIMA NAVIDAD Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto ley 1045 de 1978, Decreto 301 de 2024. 01/01/2026 04/01/2026 0 4
PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL Decreto 0835 de 22/07/2025 0 0
COMPENSACION VACACIONES INTERRUMPIDAS Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995
COMPENSACION VACACIONES INTERRUMPIDAS Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 0 0 DOTACIÓN Ley 70 de 1998 Concepto 067801 de 2022 de DAFP N/A N/A N/A N/A
Que mediante Resolución RES-2026-002856-6 se reconoció y ordenó el pagó de las acreencias laborales de el(la) exservidor(a) público(a) JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA identificado(a) con cédula de ciudadanía número 88.270.073.
Que con base en el Decreto 0312 del 25 de marzo de 2026 “Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones”, la base de liquidación correspondiente a los factores salariales del(la) exfuncionario(a) JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 88.270.073, es la siguiente:
CONCEPTO FACTOR VALOR SUELDO BÁSICO 1 4.071.270
AUXILIO DE ALIMENTACION 1
SUBSIDIO DE TRANSPORTE 1
PRIMA ANTIGÜEDAD 1
PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1
PRIMA DE ACTIVIDAD 1/12 475.616
AUXILIO DE ALIMENTACION 1
SUBSIDIO DE TRANSPORTE 1
PRIMA ANTIGÜEDAD 1
PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1
PRIMA DE ACTIVIDAD 1/12 475.616
PRIMA DE VACACIONES 1/12 190.265
PRIMA DE SERVICIOS 1/12 182.318
BONIFICACIÓN POR SERVICIOS 1/12 124.244
PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL 1/12
Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario ajustar el valor reconocido por el concepto de acreencias laborales pagadas a el(la) exservidor(a) público(a) JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA identificado(a) con cédula de ciudadanía número 88.270.073, Que la Directora de Talento Humano y la Coordinadora del Grupo de Nómina y Compensaciones Laborales, revisan y aprueban los valores a reconocer, con basePágina | 3
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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.
Colombia.
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 en la información contenida en el aplicativo de nómina, el formato de liquidación de prestaciones sociales de funcionarios retirados y mediante certificación SNR2026CT-010022-8 de 07/05/2026.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer y ordenar un pago a favor de JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 88.270.073 por un valor definitivo de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS
GIRALDO UREÑA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 88.270.073 por un valor definitivo de CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE ($491.804) distribuidos de la siguiente manera:
VALORES DEVENGADOS
CONCEPTO
BASE DIAS
VALORES
DEVENGADOS
VALOR
PAGADO EN
ÚLTIMA
NÓMINA
DEVENGADO NETO SUELDO BÁSICO 4 542.836 507.323 35.513
AUXILIO DE ALIMENTACIÓN
SUBSIDIO DE TRANSPORTE
PRIMA DE COORDINACIÓN
PRIMA ANTIGÜEDAD PRIMA TÉCNICA VACACIONES EN DINERO 4.853.447 10,38 1.678.484 1.586.373 92.111
PRIMA VACACIONES 4.853.447 6,38 1.031.358 974.759 56.599
BONIFICACION RECREACION 4.071.270 1,27 173.029 107.806 65.223
PRIMA DE SERVICIOS 4.671.129 184 1.193.733 1.125.667 68.066
BONIFICACION SERVICIOS 4.546.885 153 734.322 636.730 97.592
PRIMA DE ACTIVIDAD 4.071.270 124 1.402.326 1.310.585 91.741
PRIMA DE NAVIDAD 5.043.712 4 56.041 53.082 2.959
PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL TOTAL DEVENGADOS 6.812.129 6.302.325 509.804
VALORES DEDUCIDOS
PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL TOTAL DEVENGADOS 6.812.129 6.302.325 509.804
VALORES DEDUCIDOS CONCEPTO VALORPágina | 4
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Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
APORTE SALUD 9.000
APORTE PENSIÓN 9.000
FONDO SOLIDARIDAD PENSIONAL
APORTE SUBSISTENCIA
EMBARGOS
RETENCIÓN EN LA FUENTE
LIBRANZA BANCOS
TOTAL DEDUCCIONES 18.000
TOTAL A PAGAR 491.804
ARTÍCULO SEGUNDO. Hacer efectivo el pago de la suma señalada en el artículo anterior de esta resolución, es decir, CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUATRO PESOS M/CTE ($491.804), en la nómina del mes de MAYO de 2026, con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal en curso de esta Superintendencia.
ARTÍCULO TERCERO. Consignar en el Fondo Nacional de Ahorro las cesantías derivadas del pago de las prestaciones económicas pagadas al exfuncionario público citado en la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO. Notificar el contenido del siguiente acto administrativo a JOHAN ANDRES GIRALDO UREÑA, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 88.270.073, conforme con lo establecido en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011.
88.270.073, conforme con lo establecido en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011. PARÁGRAFO. La citación para la notificación se realizará al correo: jhoangiraldo815815@yahoo.com
ARTÍCULO QUINTO: RECURSO. Contra la presente decisión procede únicamente el recurso de reposición dentro del término previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). El cual podrá ser radicado en la dirección de correo electrónico
direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co.Página | 5
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Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
ARTÍCULO SEXTO. Comunicar la presente resolución a la Dirección de Talento Humano, para lo de su competencia.
NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_1015408882
ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO
Secretaria General, Jefe Oficina de Control Interno Disciplinario (E) Secretaría General
Documento Firmado Electrónicamente
Anexo: No